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Acuerdo 019 de 2023 Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - ATENEA - Consejo Directivo

Fecha de Expedición:
31/05/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/06/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7734 del 06 de junio de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 019 DE 2023

 

(Mayor 31)

 

Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, para la Vigencia Fiscal de 2023

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA”

 

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que confiere el numeral 4 del artículo 10 del Decreto Distrital 273 de 2020, y el Decreto Distrital 714 de 1996, artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 1 del Decreto Distrital 273 de 2020, estableció que la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, es una entidad pública de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y presupuestal y patrimonio propio, adscrita al sector administrativo de coordinación de Educación.

 

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto Distrital No. 273 de 2020, la Dirección de la Agencia Distrital para La Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, estará a cargo del Consejo Directivo y del Director General.

 

Que acorde con en el numeral 4 del artículo 10 del Decreto Distrital No. 273 de 2020, es función del Consejo Directivo: “Aprobar el proyecto de presupuesto anual de la Agencia, así como sus modificaciones”.

 

Que el numeral 5 del artículo 7 del Acuerdo 02 de 2021, del Consejo Directivo, reitera la misma competencia en cabeza de este órgano.

 

Que el Decreto Distrital 714 de 1996, “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital” en el artículo 63, dispone que: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones (…)”

 

Que mediante el Decreto Distrital 612 del 29 de diciembre de 2022, se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Decreto 571 del 2022, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá, Distrito Capital.

 

Que el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” establece que:

 

“Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación” (negrillas fuera de texto)

 

Que el proyecto 7916 “Consolidación del Modelo de Fortalecimiento de la Ciencia, Tecnología e Innovación en Bogotá D.C.”, tiene como objetivo “Consolidar del Modelo de Fortalecimiento de Ciencia, Tecnología e Innovación de Bogotá D.C. que contribuya a posicionar a Bogotá como un hub de innovación y conocimiento”.

 

Que el proyecto 7913 “Implementación del Sistema de Educación Posmedia para Bogotá D.C.”., tiene como objetivo “Implementar un modelo de educación posmedia inclusivo, eficiente, pertinente y de bajo costo, que facilite el acceso y la permanencia, principalmente a la población vulnerable, así como las posibilidades profesionales y/o laborales para los y las jóvenes de Bogotá D.C.”

 

Que mediante el documento justificación de traslado presupuesto de inversión, las Gerencias de Ciencia Tecnología e Innovación y de Educación Posmedia de la Agencia, expusieron la necesidad de realizar una modificación presupuestal de gastos de inversión, contracreditando desde el proyecto 7916 “Consolidación del Modelo de Fortalecimiento de la Ciencia, Tecnología e Innovación en Bogotá D.C.” al Proyecto 7913 “Implementación del sistema de educación Posmedia para Bogotá D.C.”

 

Que los recursos se acreditarán al proyecto 7913 “Implementación del sistema de educación Posmedia para Bogotá D.C.” por un valor de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS MONEDA CORRIENTE ($18.485.233.335).

 

Que estos proyectos que se enmarcan en el Plan de Desarrollo “Un Nuevo Contrato Social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, se encuentran viabilizados técnica y financieramente y permiten cumplir con los compromisos allí establecidos, así como el objeto misional de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, y con el fin de ejecutarlo, se hace necesario efectuar modificaciones en el presupuesto de gasto de Inversión, previo concepto favorable de las Secretarías Distritales de Planeación y de Hacienda.

 

Que mediante comunicación No. 2-2023-47667 del 9 de mayo de 2023, la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación.


Que mediante comunicación No. 2023EE140141O1 del 24 de mayo de 2023, la Dirección Distrital de presupuesto, emitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación.

 

Que en sesión del 31 de mayo de 2023 el Consejo Directivo de la Agencia, sesionó de manera asincrónica con el objetivo de emitir concepto favorable a la modificación presupuestal propuesta.

 

Que, por lo anterior, el Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, aprueba unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, para la Vigencia Fiscal de 2023.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. Emitir concepto favorable para efectuar el siguiente traslado en el Presupuesto de Gasto de Inversión de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea” para la vigencia fiscal 2023, por valor de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS MONEDA CORRIENTE ($18.485.233.335), de la fuente de recursos “3-100- I001 VA-Administrados de destinación especifico” así:

 

 

Artículo 2. Remitir copia del siguiente Acuerdo a la Subgerencia Financiera de la Agencia para que proceda a preparar la solicitud formal y demás documentación requerida por la Secretaría Distrital de Hacienda y siguiendo los procedimientos correspondientes, además de los trámites conducentes al registro en el sistema de información presupuestal.

 

Artículo 3. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de mayo del año 2023.

 

EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ

 

Presidenta Consejo Directivo

 

JOSÉ MARÍA ROLDÁN RESTREPO

 

Secretario Técnico Consejo Directivo