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Acuerdo 902 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/06/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/06/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7750 del 29 de junio de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 902 DE 2023

 

(Junio 26)

 

Por el cual se crea el “Festival de Música Popular al Parque” de Bogotá D.C, como evento de interés artístico y cultural

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las que le confiere los numerales 1 y 13 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.


Ver Proyecto de Acuerdo 287 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.

 

ACUERDA

 

Artículo 1. Objeto. Crear el festival “Música Popular al Parque” de Bogotá D.C. como plataforma artística y evento de interés cultural a escala distrital, a través del cual se promueve la participación y visibilidad de artistas como trayectoria y emergentes relacionados con este género musical, y se fomenta la formación de nuevas audiencias a nivel local.

 

Parágrafo. Entiéndase por música popular aquel género conformado por canciones de estructura musical y rítmica sencilla que abarca ritmos regionales colombianos influenciados por rancheras, corridos y huapangos mexicanos, pasillos y valses ecuatorianos; y zambas, tangos, pasillos y valses argentinos; entre otros.

 

Artículo 2. Responsabilidad. La Administración Distrital, en cabeza del Sector de Cultura Recreación y Deporte, se encargará de coordinar las acciones, actividades, convocatorias y demás disposiciones que se consideren necesarias para la realización del festival “Música Popular al Parque”.

 

Parágrafo. La Administración Distrital, a través de las entidades competentes, realizará las actividades de regulación y control frente al expendio y consumo de bebidas alcohólicas al interior de las áreas donde se desarrolle el festival “Música Popular al Parque”, de acuerdo a la normatividad vigente.

 

Artículo 3. Periodicidad. La Administración Distrital definirá la periodicidad y programación en la que se llevará a cabo el festival “Música Popular al Parque” de Bogotá D.C., teniendo en cuenta para ello la disponibilidad presupuestal, alianzas estratégicas que lleguen a adelantarse y demás recursos necesarios para la efectiva realización de este evento.

 

Parágrafo. En todo caso, el festival “Música Popular al Parque” empezará a realizarse posterior a la vigencia 2023.

 

Artículo 4. Selección y participación de artistas musicales. Las condiciones de selección y participación de los artistas que hagan parte del festival “Música Popular al Parque” de Bogotá D.C. serán reglamentados por la Administración Distrital.

 

Parágrafo. Durante los respectivos procesos de convocatoria podrá priorizarse aquellas iniciativas y repertorios artísticos y musicales que estén liderados por mujeres y/o jóvenes.

 

Artículo 5. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

EDWARD ANÍBAL ARIAS RUBIO

 

Presidente

 

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

 

Secretario General de Organismo de Control

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.

 

SANCIONADO EL 26 DE JUNIO DE 2023 PUBLICADO EN EL PROCESO DE ANALES Y PUBLICACIONES


Nota: Ver norma original en Anexos.