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Acuerdo 905 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/06/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/06/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7750 del 29 de junio de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 905 DE 2023

 

(Junio 26)

 

Por medio del cual se declara la Semana Distrital de la Salud Oral y se dictan otras disposiciones

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 1 del artículo 313 de la Constitución Política y por el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.


Ver Proyecto de Acuerdo 202 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1.- OBJETO. El objeto del presente Acuerdo es declarar la primera semana de octubre de cada año como la Semana Distrital de la Salud Oral en el Distrito Capital, para fortalecer la promoción de la salud oral y la prevención de las enfermedades bucodentales, sensibilizando a la ciudadanía, instituciones y comunidad educativa de Bogotá acerca de la importancia de mantener la salud bucodental como parte fundamental de la salud integral.

 

ARTÍCULO 2.- SEMANA DISTRITAL DE LA SALUD ORAL. La Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud y en coordinación con las demás entidades competentes, formulará y ejecutará las acciones a realizar en la “Semana Distrital de la Salud Oral”, de conformidad con sus competencias y atribuciones.

 

Parágrafo 1. La Administración Distrital propenderá por realizar actividades en el área rural de la ciudad en el marco de la “Semana Distrital de la Salud Oral”

 

Parágrafo 2. En la “Semana Distrital de la Salud Oral”, se realizarán jornadas especiales con grupos en alta vulnerabilidad con niños, niñas y adolescentes en albergues y centros de atención de personas de habitabilidad en calle.

 

ARTÍCULO 3.- PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA SALUD ORAL EN LOS COLEGIOS. La Secretaría Distrital de Salud en articulación con la Secretaría de Educación del Distrito, en el marco de sus competencias, desarrollará campañas permanentes de promoción y prevención de la salud oral en las instituciones educativas oficiales de la ciudad que involucren a la comunidad educativa en las prácticas de estilos de vida saludables.

 

ARTÍCULO 4.- SEGUIMIENTO INTERINSTITUCIONAL. La Secretaría Distrital de Salud en coordinación con las demás entidades distritales competentes y con apoyo de la academia realizarán seguimiento permanente a la implementación de las acciones de prevención y promoción de la salud oral en las instituciones educativas del Distrito.

 

ARTÍCULO 5.- INFORME AL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C. La Secretaría Distrital de Salud en coordinación con las demás entidades competentes presentará al Concejo de Bogotá D.C., un informe anual sobre los avances en la implementación del presente Acuerdo.

 

ARTÍCULO 6.- VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

EDWARD ANÍBAL ARIAS RUBIO

 

Presidente

 

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

 

Secretario General de Organismo de Control

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.


Sancionado a los 26 días del mes de junio del año 2023.


Nota: Ver norma original en Anexos.