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Proyecto de Acuerdo 286 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No. ___286__ DE 2023

 

Ver Acuerdo Distrital 903 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.

 

POR MEDIO DEL CUAL SE DICTAN LINEAMIENTOS PARA PROMOVER LA ARTICULACIÓN Y COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN E INTEGRACIÓN DE LAS HERRAMIENTAS TECNOLÓGICAS Y/O MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE LAS AGREMIACIONES DE TAXISMO CON LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA, SOPORTADO EN LAS CAPACIDADES TECNOLÓGICAS DISPUESTAS EN EL CENTRO DE COMANDO, CONTROL COMUNICACIONES Y CÓMPUTO – C4

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

1. OBJETO

 

Dictar los lineamientos para promover la articulación y coordinación para la implementación e integración de las herramientas tecnológicas y/o medios de comunicación de las agremiaciones de taxismo con la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, soportado en las capacidades tecnológicas dispuestas en el Centro de Comando, Control Comunicaciones y Cómputo – C4.

 

2. JUSTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE CONVENIENCIA DE LA INICIATIVA

 

Históricamente, los taxistas en Bogotá han contribuido significativamente con la seguridad de la ciudad. Sin embargo, podríamos considerar que su aporte sería más eficaz si se eliminaran algunas de las barreras con las que cuentan. Estas son:

 

(i) Los canales de comunicación. Si bien los taxis cuentan con su propio sistema de radiofrecuencia, su alcance se reduce a los taxistas de su empresa y a la central de taxis a la que pertenecen. Asimismo, la utilización de aplicativos móviles como medio de comunicación y transferencia de información se encuentra atomizada entre microgrupos particulares de taxistas, lo que hace difícil su centralización y manejo.

 

(iii) La difusión de la información.  Muchas veces los reportes no alcanzan el nivel que se requiere para que sean tenidas en cuenta por parte del actuar de las autoridades.

 

Por ello, y con el ánimo de superar las barreras impuestas, esta iniciativa busca dictar los lineamientos para promover la articulación y coordinación para la implementación e integración de las herramientas tecnológicas y/o medios de comunicación de las agremiaciones de taxismo con la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, soportado en las capacidades tecnológicas dispuestas en el Centro de Comando, Control Comunicaciones y Cómputo – C4.

 

De esta forma, no solamente se crearían herramientas para atender los actos delictivos individuales, sino que conformaríamos un sistema de vigilancia permanente y continuo, que no solamente protegería a los ciudadanos en general, sino que también protegerían a los más de 60.000 taxistas que tiene Bogotá. 

 

3.  CONTEXTO

 

un proyecto similar de mi autoría ya había sido radicado durante el 2022 bajo los números 246, 394 y 539. Durante este periodo, el proyecto surtió un primer debate en la Comisión de gobierno, dentro del cual se acordó la instalación de una comisión accidental para discutir el proyecto, con el objetivo de fortalecerlo a partir de las diversas posiciones de la ciudadanía representada por el Concejo de Bogotá. Las conclusiones y modificaciones acordadas en la mencionada subcomisión han sido acogidas dentro del presente Proyecto de Acuerdo. De manera similar, el proyecto fue discutido con la Administración Distrital con el objetivo de garantizar su viabilidad técnica y sus apreciaciones también han sido acogidas dentro del texto aquí presentado.

 

En este sentido y frente a una posible iniciativa de este orden, se deberá cumplir con unos criterios técnicos que vayan acorde con la actual estructura tecnológica del sistema que compone el Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo de Bogotá. Asimismo, la iniciativa ya fue evaluada y revisada por el equipo técnico interno del C4, quienes conocen y llevan la trazabilidad de la tecnología ya implementada, tanto la que está en mejora como la que actualmente se encuentra en proceso de modernización.

 

Así, se garantiza que las disposiciones aquí presentadas están alineada con las políticas, planes, metas y estrategias del C4 y la propia Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, con el fin de que sea de utilidad utilidad dentro del sistema Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo de la ciudad, bajo los criterios técnicos correspondientes.

 

3. MARCO JURÍDICO

 

3.1 A NIVEL CONSTITUCIONAL

Artículo 218. La ley organizará el cuerpo de Policía. La Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz.

 

3.2 LEYES A NIVEL NACIONAL

DECRETO NACIONAL 4366 DE 2006 "Por el cual se regula operatividad de los Sistemas Integrados de Emergencias y Seguridad, SÍES", que en su artículo 2 señala que el SIlES está conformado por varios subsistemas, entre ellos el: "1. Número Unico Nacional de Seguridad y Emergencias (123) (..) integrado en un numero único liderado por las fuerzas de reacción del Estado, para la atención de requerimientos de la ciudadanía en cuanto a eventos de seguridad, convivencia ciudadana, emergencias y desastres. Dicho subsistema debe ser de funcionalidad avanzada, tecnología de punta y escalable, para garantizar la respuesta en el menor tiempo posible

 

DECRETO NACIONAL 2434 DE 2015 "Por el cual se adiciona el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; 1078 de 2015, para crearse el Sistema Nación al de Telecomunicaciones de Emergencias como parte del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres" establece la "Creación del Sistema Nacional de Telecomunicaciones de Emergencias (SP/TE). Créase el Sistema Nacional de Telecomunicaciones de Emergencias (SP/TE), con el fin de contribuir al logro de los objetivos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y de fortalecer el desempeño eficiente de sus componentes.

Que define que los "Centros de Atención de Emergencias hacen parte del Sistema Nacional de Telecomunicaciones de Emergencias en la categoría individuo-autoridad, y corresponde a estos la recepción y direccionamiento de las comunicaciones hacia las entidades encargadas de atender la emergencia.

 

3.2 MARCO NORMATIVO DISTRITAL

DECRETO DISTRITAL 053 DE 2002 "Por el cual se crea el Comité para la implementación del Número Único de Emergencias y Seguridad del Distrito Capital establece las funciones y la conformación del citado Comité”

 

El sistema integrado que se ocupará de recibir llamadas de los ciudadanos o de las entidades solicitando ayuda en casos de emergencias de cualquier tipo o reportando casos de policía, y de despachar las unidades de los organismos de emergencia y seguridad en forma coordinada, para dar una respuesta eficiente y rápida para cada uno de los escenarios de emergencias y seguridad.

 

DECRETO DISTRITAL 132 DE 2009 Establece que La red de equipamientos de prevención y atención de emergencias está conformada por las estaciones de Bomberos, los inmuebles afectados al Sistema integrado de Seguridad y Emergencias Número Único 123, Centro Operativo de emergencias (COE), Centro Regulador de emergencias (GR 11), Unidad Operativa de la Cruz Roja, Unidad Operativa de la Defensa Civil y Centro de Enfrenamiento y Capacitación ubicados dentro de las Estaciones de Bomberos de Puente Aranda y Kennedy.

 

ACUERDO DISTRITAL 637 DE 2016 Créase la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia como un organismo de/sector central con autonomía administrativa y financiera, cuyo objeto consiste en orientar, liderar y ejecutar la política pública para la seguridad ciudadana, convivencia y acceso a los sistemas de justicia; la coordinación interinstitucional para mejorar las condiciones de seguridad a todos los habitantes del Distrito Capital, en sus fases de prevención, promoción, mantenimiento y restitución

 

Establece las funciones básicas de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia en donde se encuentra Coordinar y operar el Sistema Integral de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital, de manera conjunta, con la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos, el Centro Regulador de Urgencias y Emergencias - CRUE, y la Policía Metropolitana de Bogotá - MEBOG, con el objetivo de garantizar una respuesta rápida y eficiente para la prevención y atención de los eventos de emergencias y seguridad en el Distrito Capital

 

DECRETO DISTRITAL 837 DE 2018 “Por medio del cual se adopta el Plan Distrital de Gestión del Riesgo de Desastres y del Cambio Climático para Bogotá D.C, 2018-2030 y se dictan otras disposiciones”

Que el Centro de Operaciones de Emergencias - COE, para el Sistema Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Computo - C4, se encuentra establecido en la Estrategia Distrital de Respuesta a Emergencias (Marco de Actuación) formulado por las entidades del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático SDGR-CC

 

4. COMPETENCIAS DEL CONCEJO DE BOGOTÁ

 

Teniendo en cuenta la Constitución y las leyes que regulan el funcionamiento de las corporaciones municipales, encontramos que la competencia del Concejo de Bogotá para expedir un acuerdo relacionado con el objeto del presente proyecto.

 

Constitución Política de Colombia:

 

Artículo 313. Corresponde a los concejos:

 

1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.

2. Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.

(…)

10. Las demás que la Constitución y la ley le asignen.

 

Decreto Ley 1421 de 1993:

 

Artículo 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

 

5. IMPACTO FISCAL

 

Teniendo en cuenta los mandatos de la ley 819 de 2003, en cuanto a la declaración de impacto fiscal de las normas estipulado en el artículo 7º de la mencionada ley, y teniendo en cuenta lo establecido por la Corte Constitucional en Sentencia C- 911 de 2007, en la que puntualizó que el impacto fiscal de las normas no puede convertirse en óbice, para que las corporaciones públicas ejerzan su función legislativa y normativa. Esta iniciativa genera un impacto mínimo, que perfectamente puede ser atendido por el presupuesto del sector.

 

6. CONCLUSIONES

 

La seguridad en Bogotá debe ser una prioridad para la administración y para toda la población, por lo que la articulación con los conductores de taxi es necesaria para complementar el reporte, la reacción y seguimiento a los delitos en Bogotá. Además, sería una gran oportunidad para enaltecer la labor civil que prestan los taxistas dentro del componente integral y de funcionamiento orgánico de la ciudad.

 

PROYECTO DE ACUERDO N. _________ DE 2022

 

POR MEDIO DEL CUAL SE DICTAN LINEAMIENTOS PARA PROMOVER LA ARTICULACIÓN Y COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN E INTEGRACIÓN DE LAS HERRAMIENTAS TECNOLÓGICAS Y/O MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE LAS AGREMIACIONES DE TAXISMO CON LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA, SOPORTADO EN LAS CAPACIDADES TECNOLÓGICAS DISPUESTAS EN EL CENTRO DE COMANDO, CONTROL COMUNICACIONES Y CÓMPUTO – C4

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial de las que le confiere el numeral 1 y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

 

ACUERDA

 

ARTÍCULO 1. OBJETO. Dictar los lineamientos para promover la articulación y coordinación para la implementación e integración de las herramientas tecnológicas y/o medios de comunicación de las agremiaciones de taxismo con la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, soportado en las capacidades tecnológicas dispuestas en el Centro de Comando, Control Comunicaciones y Cómputo – C4.

 

 Lo anterior, con el fin de garantizar la operación e interoperabilidad de las capacidades de prevención, reacción e investigación dispuestas para la atención de incidentes de emergencia y seguridad.

 

ARTÍCULO 2. COORDINACIÓN INSTITUCIONAL. La administración distrital bajo el direccionamiento de la secretaría Distrital de Seguridad Convivencia y Justicia SDSCJ, establecerá, en el marco de sus competencias, las acciones de coordinación que sean necesarias, para la implementación e integración de herramientas tecnológicas y/o medios de comunicación dispuestos por las agremiaciones de taxismo con el C4.

 

ARTÍCULO 3. LINEAMIENTOS. La Administración Distrital tendrá en cuenta los siguientes lineamientos para el cumplimiento del fin previamente establecido.

 

1.       Definir una estrategia y plan de articulación entre la administración distrital y las agremiaciones de taxismo

2.       Diseñar una arquitectura y modelo de datos para la implementación e interoperabilidad del acuerdo.

3.       Generar una herramienta de registro para las agremiaciones de taxismo interesadas en vincularse a la iniciativa de implementación e integración de herramientas tecnológicas y/o medios de comunicación con la administración distrital.

4.       Conformar un equipo interdisciplinario integrado por la administración distrital en el marco de sus competencias, y en el cual podrán integrarse y participar otras autoridades y las agremiaciones de taxismo.

 

ARTÍCULO 4. RESPONSABILIDADES. La Administración distrital, en un plazo no mayor a seis meses, reglamentará la implementación del presente acuerdo.

 

Artículo 5. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

  

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los ___ días del mes de ___ del año 2022

 

 

Referencias

Cámara de Comercio de Bogotá. (2021). Encuesta de percepción y victimización de

Bogotá 2021. Recuperado de: https://bibliotecadigital.ccb.org.co/bitstream/handle/11520/27414/Encuesta%20de%20percepci%c3%b3n%20y%20victimizaci%c3%b3n%20Bogot%c3%a1.pdf?sequence=1&isAllowed=y         

Escobedo, L., Alfonso, A., Arango, V., Betancourt, P., Parra, J., Salas, L.,

Valencia, S. (2008). Los taxistas como factor significativo en la seguridad de Bogotá. pp. 71-85 ISSN 1794 – 3108, Rev. crim., Volumen 50, Número 2

Kienyke (18 de noviembre de 2021). Asesinan a taxista en Bogotá en presunto intento

de atraco. https://www.kienyke.com/bogota/en-aparente-robo-asesinan-a-taxista-en-bogota

Policía Nacional (2022). Hurto a Personas. Grupo de Información de Criminalidad

Publimetro. Colombia