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RESOLUCIÓN 488 DE 2023
(Julio 06)
Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación pública - Premio a la gestión de la cultura ciudadana”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
LA SECRETARIA DE DESPACHO
De la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte –SCRD-, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, los artículos 17 y 18 de la Ley 397 de 1997, el literal b) del artículo 5 en concordancia con los literales a), i) o) y r) del artículo 3 del Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,
CONSIDERANDO
Que los artículos 70, 71 y 72 de la Constitución Política establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que: “El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de conocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana”.
Que la mencionada Ley 397 de 1997 en su artículo 17 señala: “El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.
Que así mismo, en su artículo 18 establece: "El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como y para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo...”.
Que el Decreto Distrital 340 de 30 de diciembre de 2020, "Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones" señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto “orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculada la sociedad civil”.
Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto ibidem señala que dentro de las funciones de esta Secretaría está la de: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”.
Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato Constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte SCRD establece el proceso misional de Fomento como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que el documento CONPES D.C. “POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ECONOMÍA CULTURAL Y CREATIVA 2019-2038” , definió como uno de los objetivos específicos de dicha Política “4.2.3 Ampliar mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo”, para lo cual: “La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte en articulación con entidades públicas y privadas, realizará actividades de gestión y acompañamiento técnico que permitan aumentar el número de los agentes del sector cultural y creativo que acceden a financiación. Para el efecto, se ampliarán los mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo, para que puedan apalancar la producción de bienes y servicios, a través del acceso a recursos no reembolsables, y fortalecimiento de servicios de financiación. Esto generará soporte financiero y solvencia económica en las empresas del sector”.
Que, con el objetivo de materializar la política de fomento, y de dar cumplimiento al marco normativo antes señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ha constituido estrategias de fomento del sector cultural, artístico, patrimonial y creativo de Bogotá D.C. entre la que se encuentran las invitaciones públicas que tienen como objeto fortalecer los procesos, proyectos e iniciativas desarrolladas por los agentes culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad.
Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte da la apertura a la “Invitación pública - Premio a la gestión de la cultura ciudadana” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que las condiciones y requisitos de participación de la “Invitación pública - Premio a la gestión de la cultura ciudadana” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/
Que, en consideración de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura del “Invitación pública - Premio a la gestión de la cultura ciudadana” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte así:
PARÁGRAFO 1: En caso de que no se presenten propuestas a alguna categoría, o las propuestas presentadas en alguna categoría no alcancen el puntaje mínimo establecido (70 puntos) para ser seleccionadas, los jurados podrán recomendar la asignación del reconocimiento a una propuesta de la otra categoría.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación pública - Premio a la gestión de la cultura ciudadana” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, se encuentran establecidas y publicadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/
ARTÍCULO TERCERO: Los recursos para el desarrollo y ejecución de la invitación pública relacionada en el artículo primero, serán atendidos con cargo del Certificado de Disponibilidad Presupuestal 831 del 31 de mayo de 2023.
ARTÍCULO CUARTO: La Subsecretaría de Cultura Ciudadana y Gestión del conocimiento será responsable de realizar los trámites correspondientes al desembolso del reconocimiento económico de la invitación pública, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo.
ARTÍCULO QUINTO: Ordenar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación del concurso en el micrositio https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO SEXTO: Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa comunicar el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO a la Dirección de Fomento, a la Subsecretaría de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento, Dirección de Redes y Acción Colectiva, a la Oficina Asesora de Comunicaciones y el Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa solicitar la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá.
ARTÍCULO OCTAVO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y contra este no proceden los recursos en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. Dado en Bogotá D.C, a los 06 días del mes de julio de 2023.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
CATALINA VALENCIA TOBÓN
Secretaria de Despacho Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte Nota: ver norma original en anexo. |