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Resolución 531 de 2023 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Fecha de Expedición:
21/07/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/07/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7768 del 24 de julio de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 531 DE 2023

 

(Julio 21)

 

Por medio de la cual se declara desierta la invitación para la “Implementación Planes Integrales de Acciones Afirmativas - PIAA de pueblo étnicos - Conmemoración de las comunidades negras afrocolombianas” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”

 

LA SECRETARIA DE DESPACHO

 

De la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte –SCRD-, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, los artículos 17 y 18 de la Ley 397 de 1997, el literal b) del artículo 5 en concordancia con los literales a), i) o) y r) del artículo 3 del Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

 

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que: “El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de conocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana”.

 

Que la mencionada Ley 397 de 1997 “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias”, en su artículo 17 señala: “El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.

 

Que la Dirección de Asuntos Locales y Participación formuló el proyecto de inversión 7648 – “Fortalecimiento estratégico de la gestión cultural territorial, poblacional y la participación incidente en Bogotá”, que establece en una de sus metas la importancia de “Concertar e implementar procesos para el fortalecimiento, reconocimiento y valoración de los derechos culturales, el reconocimiento y la pervivencia con los grupos étnicos (...)”.

 

En este contexto, la SCRD coordinó y lideró los espacios para la concertación de los Planes Integrales de Acciones Afirmativas - PIAA de los grupos étnicos, en el marco de la implementación del artículo 66 del PDD llevando a cabo diez (10) sesiones establecida por la Subdirección de Asuntos Étnicos, hoy Dirección de Asuntos Étnicos de la Secretaría Distrital de Gobierno; acciones derivadas de las Políticas Públicas de los Pueblos Indígenas, las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palanqueras y el Pueblo Rrom o Gitano.

 

Que como resultado de estas concertaciones se establecieron líneas estratégicas de atención relacionadas a procesos artísticos, culturales y patrimoniales de los pueblos étnicos de la ciudad, entre ellas, la correspondiente a las Comunidades negras afrocolombianas con el fin de conmemorar el día de la afrocolombianidad mediante la realización de una celebración que conlleve al fortalecimiento de prácticas tradicionales que poco han sido desarrolladas en la ciudad que han aportado a la desapropiación de ritos socioculturales y prácticas tradicionales, especialmente entre las personas que  carecen de mayores o sabedores en su núcleo familiar más cercano.

 

De esta manera la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, mediante Resolución No. 409 de 13 de junio de 2023, ordenó la apertura de la invitación para la “Implementación Planes Integrales de Acciones Afirmativas - PIAA de pueblo étnicos - Conmemoración de las comunidades negras afrocolombianas” estableciendo 1 reconocimiento por el monto de CUARENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS ($44.000.000), respaldado mediante el CDP 704 del 27 de marzo de 2023.

 

Que, en cumplimiento de lo anterior, la Secretaría publicó en el micrositio web https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la entidad, las condiciones de participación de la  invitación para la “Implementación Planes Integrales de Acciones Afirmativas - PIAA de pueblo étnicos - Conmemoración de las comunidades negras afrocolombianas”.

 

Que, en las condiciones publicadas de la invitación, se estableció que la fecha límite para la presentación de la propuesta era el día 20 de junio de 2023 a las 17:00 horas.

 

Que, el día 15 de junio mediante comunicación con radicado 20232100101461 remitida a la Presidenta de la Consultiva Distrital de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, se le extendió la invitación para inscribir el proyecto con plazo máximo hasta el 20 de junio de 2023, a través de la plataforma de Invitaciones de la entidad https://invitaciones.scrd.gov.co/.

 

Que, en razón a que el día 20 de junio no se presentó la propuesta en la plataforma, se hace necesario declarar desierta la invitación para la “Implementación Planes Integrales de Acciones Afirmativas - PIAA de pueblo étnicos - Conmemoración de las comunidades negras afrocolombianas” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”.

 

Que, en consideración de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO: Declarar desierta de la invitación para la “Implementación Planes Integrales de Acciones Afirmativas - PIAA de pueblo étnicos - Conmemoración de las comunidades negras afrocolombianas” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, en el micrositio https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO TERCERO: Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa comunicar el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Dirección de Asuntos Locales y Participación y a la Dirección de Fomento, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

 

ARTÍCULO CUARTO: Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa solicitar la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá.

 

ARTÍCULO QUINTO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y contra este no proceden los recursos en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

Dado en Bogotá D.C, a los 21 días del mes de julio de 2023.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

CATALINA VALENCIA TOBÓN

 

Secretaria de Despacho

 

Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte


NOTA: Ver norma original en Anexos.