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RESOLUCIÓN 017 DE 2022
(Marzo 29) Derogada por el art. 3. Resolución 001 de 2024
Por medio del cual se delega la función de representación judicial y extrajudicial de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”
EL DIRECTOR DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA”, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS POR LOS NUMERALES 1, 3 Y 6 DEL ARTÍCULO 11 DEL DECRETO DISTRITAL 273 DE 2020, EL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO DISTRITAL 089 DE 2021; Y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que el artículo 211 ibidem señala que la Ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.
Que el artículo 159 de la Ley 1437 de 2011 establece que las entidades públicas, los particulares que cumplen funciones públicas y los demás sujetos de derecho que de acuerdo con la ley tengan capacidad para comparecer al proceso, podrán obrar como demandantes, demandados o intervinientes en los procesos contencioso administrativos, por medio de sus representantes, debidamente acreditados.
Que el artículo 160 ibidem faculta a los abogados vinculados a las entidades públicas para representarlas en los procesos contenciosos administrativos mediante poder otorgado en la forma ordinaria, o mediante delegación general o particular efectuada en acto administrativo.
Que en desarrollo de los mandatos constitucionales establecidos para el efecto, los artículos 9 y 10 de la Ley 489 de 1998 señalan que los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, precisando que la misma se debe hacer por escrito y designando a autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.
Que a través del Decreto Distrital 089 de 2021 se establecieron los lineamientos para el ejercicio de la representación judicial y extrajudicial de Bogotá D.C., señalando en su artículo 2 que las entidades del sector descentralizado conforme su naturaleza, se representan a sí mismas en lo judicial y extrajudicial a través de sus representantes legales y conforme los actos de delegación internos.
Que la Alcaldesa Mayor de Bogotá, en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 132 del Acuerdo 761 de 2020, -Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”,- expidió el Decreto Distrital 273 de 2020, mediante el cual se creó la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”.
Que a través del numeral 1 del artículo 11 del Decreto Distrital 273 de 2020 se estableció como función del/de la Director(a) General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial de la Agencia.
Que mediante el numeral 3 del artículo 4 del Acuerdo No. 03 del 5 de noviembre de 2021 del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea” se estableció como función a cargo de la Oficina Asesora Jurídica de la Agencia, ejercer la representación judicial de la Agencia en los diferentes procesos y ante las instancias judiciales y administrativas, en los términos de la delegación que efectúe el/la Director/Directora General.
Que a través de la Resolución No. 01 del 11 de noviembre de 2021, expedida por el Director General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, se expidió el Manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de planta de la Agencia, señalando dentro de las funciones definidas a cargo del/de la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, la de representar judicial y extrajudicialmente a la entidad en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que esta deba promover, mediante poder o delegación, y supervisar el trámite de los mismos.
Que de acuerdo con el Manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de planta de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, el cargo de Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Agencia corresponde al nivel asesor, encontrándose facultado para ser objeto de delegaciones conforme a la normatividad aplicable.
Que resulta pertinente y ajustado al ordenamiento jurídico vigente que el Director General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea” delegue la función de representación judicial y extrajudicial de la Agencia en el/la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegar en el/la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, la representación judicial y extrajudicial de la entidad en todos aquellos procesos, acciones de tutela, diligencias, y/o actuaciones judiciales, extrajudiciales o administrativas que se adelanten con ocasión de los actos, hechos, omisiones u operaciones que realicen, en que participen o que se relacionen con asuntos inherentes a la Entidad, conforme a su objeto, misionalidad y funciones.
Artículo 2º.- En virtud de la delegación dispuesta en el artículo anterior, el/la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, tiene la facultad de otorgar poderes especiales para la atención de los procesos, acciones de tutela, diligencias, y/o actuaciones judiciales, extrajudiciales o administrativas que se adelanten con ocasión de los actos, hechos, omisiones u operaciones que realicen, en que participen o que se relacionen con asuntos inherentes a la Entidad, conforme a su objeto, misionalidad y funciones.
El/La Jefe de la Oficina Asesora Jurídica otorgará poderes especiales para que los apoderados asistan a las audiencias de conciliación en las que participe la Entidad, conforme a los lineamientos y las decisiones adoptadas por el Comité de Conciliación de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”.
Artículo 3º.- La presente Resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de marzo del año 2022
GERMÁN BARRAGÁN AGUDELO Director General
NOTA: Ver norma original en anexos. |