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Resolución 001 de 2024 Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - ATENEA - Dirección General

Fecha de Expedición:
05/01/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/01/2024
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 001 DE 2024

 

(Enero 5)

 

Por medio del cual se delega la función de representación judicial y extrajudicial de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea” y se deroga la Resolución 017 de 2022

 

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA”

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 1, 3 y 6 del artículo 11 del Decreto Distrital 273 de 2020, el artículo 2 del Decreto Distrital 089 de 2021; y

 

CONSIDERANDO

 

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

 

Que el artículo 211 ibidem señala que la Ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.

 

Que el artículo 159 de la Ley 1437 de 2011, establece que las entidades públicas, los particulares que cumplen funciones públicas y los demás sujetos de derecho que de acuerdo con la ley tengan capacidad para comparecer al proceso, podrán obrar como demandantes, demandados o intervinientes en los procesos contenciosos administrativos, por medio de sus representantes, debidamente acreditados.

 

Que el artículo 160 ibidem faculta a los abogados vinculados a las entidades públicas para representarlas en los procesos contenciosos administrativos mediante poder otorgado en la forma ordinaria, o mediante delegación general o particular efectuada en acto administrativo.

 

Que en desarrollo de los mandatos constitucionales establecidos para el efecto, los artículos 9 y 10 de la Ley 489 de 1998, señalan que los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, precisando que la misma se debe hacer por escrito y designando a autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.

 

Que a través del Decreto Distrital 089 de 2021, se establecieron los lineamientos para el ejercicio de la representación judicial y extrajudicial de Bogotá D.C., señalando en su artículo 2 que las entidades del sector descentralizado conforme su naturaleza, se representan a sí mismas en lo judicial y extrajudicial a través de sus representantes legales y conforme los actos de delegación internos.

 

Que la Alcaldesa Mayor de Bogotá, en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 132 del Acuerdo 761 de 2020, -Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020- 2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, expidió el Decreto Distrital 273 de 2020, mediante el cual se creó la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”.

 

Que a través del numeral 1 del artículo 11 del Decreto Distrital 273 de 2020 se estableció como función del/de la Director(a) General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial de la Agencia.

 

Que mediante Resolución 017 de 2022, se delegó en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, la representación judicial y extrajudicial de la entidad en todos aquellos procesos, acciones de tutela, diligencias, y/o actuaciones judiciales, extrajudiciales o administrativas que se adelanten con ocasión de los actos, hechos, omisiones u operaciones que realicen, en que participen o que se relacionen con asuntos inherentes a la Entidad.

 

Que mediante Acuerdo 22 del 23 de octubre de 2023 del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, se modificó el Acuerdo 03 de 2021 del Consejo Directivo, en el sentido de reformar la estructura de esta Agencia, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 93 de la Ley 1952 de 2019, modificada por la Ley 2094 de 2021, que establece que en el proceso disciplinario debe garantizarse que el funcionario instructor no sea el mismo que adelante el juzgamiento.

 

Que a través del Acuerdo 23 del 23 de octubre de 2023 del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, se modificó el Acuerdo 06 de 2021 del Consejo Directivo, suprimiendo el empleo de Jefe Oficina Asesora Jurídica Código 115 Grado 03 y creando en su lugar el empleo de Jefe de Oficina Código 006 Grado 02.

 

Que a través de la Resolución No. 01 del 11 de noviembre de 2021, modificada por la Resolución 1199 de 2023, expedida por el Director General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, se expidió el Manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de planta de la Agencia, señalando dentro de las funciones definidas a cargo del/de la Jefe de la Oficina Jurídica, la de representar judicial y extrajudicialmente a la entidad en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que esta deba promover, mediante poder o delegación, y supervisar el trámite de los mismos.

 

Que teniendo en cuenta lo anterior, y de acuerdo con la modificación que se realizó al Manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de planta de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, y teniendo en cuenta que el cargo de Jefe de la Oficina Jurídica de la Agencia actualmente corresponde al nivel directivo, este se encuentra facultado para ser objeto de delegaciones conforme a la normatividad aplicable.

 

Que resulta pertinente y ajustado al ordenamiento jurídico vigente que el Director General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea” delegue la función de representación judicial y extrajudicial de la Agencia en el/la Jefe de la Oficina Jurídica.

 

Que mérito de lo expuesto

 

RESUELVE

 

Artículo 1º.- Delegar en el/la Jefe de la Oficina Jurídica de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, la representación judicial y extrajudicial de la entidad en todos aquellos procesos, acciones de tutela, diligencias, y/o actuaciones judiciales, extrajudiciales o administrativas que se adelanten con ocasión de los actos, hechos, omisiones u operaciones que realicen, en que participen o que se relacionen con asuntos inherentes a la Entidad, conforme a su objeto, misionalidad y funciones.

 

Artículo 2º.- En virtud de la delegación dispuesta en el artículo anterior, el/la Jefe de la Oficina Jurídica de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, tiene la facultad de otorgar poderes especiales para la atención de los procesos, acciones de tutela, diligencias, y/o actuaciones judiciales, extrajudiciales o administrativas que se adelanten con ocasión de los actos, hechos, omisiones u operaciones que realicen, en que participen o que se relacionen con asuntos inherentes a la Entidad, conforme a su objeto, misionalidad y funciones.

 

El/La Jefe de la Oficina Jurídica otorgará poderes especiales para que los apoderados asistan a las audiencias de conciliación en las que participe la Entidad, conforme a los lineamientos y las decisiones adoptadas por el Comité de Conciliación de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”.

 

Artículo 3º.- La presente Resolución rige a partir del día siguiente a su publicación y deroga la Resolución 017 de 2022.

 

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 5 días del mes de enero del año 2024.

 

JOSE MARIA ROLDAN RESTREPO

 

Director General

 

NOTA: Ver norma original en anexos

 

Revisó y aprobó: Ingrid Carolina Silva Rodríguez – Jefe de la Oficina Jurídica. 

Proyectó: Karen Andrea Barrios Lozano – Abogada contratista OJ