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Resolución Orgánica 007 de 2023 Auditoría General de la República

Fecha de Expedición:
13/07/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/07/2023
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 52.455 del 13 de julio del 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN ORGÁNICA 007 DE 2023

 

(Julio 13)


Derogada por el art. 3, Resolución Orgánica 002 de 2024.

 

Por la cual se establece la versión aplicable de la Metodología para la Certificación Anual de Gestión y las Evaluaciones Parciales Trimestrales de las Contralorías Territoriales

 

La Auditora General de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el artículo 274 de la Constitución Política, en los numerales 7 y 14 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000 y en el artículo 30 del Decreto ley 403 de 2020; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 274 de la Constitución Política, modificado por el artículo 5° del Acto Legislativo 04 de 2019, por medio del cual se reforma el Régimen de Control Fiscal, señala que “La vigilancia de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República y de todas las contralorías territoriales se ejercerá por el Auditor General de la República (...)”.

 

Que el artículo 272 de la Constitución Política, modificado por el artículo 4° del Acto Legislativo 04 de 2019, establece que: “(...) La Auditoría General de la República realizará la certificación anual de las contralorías territoriales a partir de indicadores de gestión, la cual será el insumo para que la Contraloría General de la República intervenga administrativamente las contralorías territoriales y asuma competencias cuando se evidencie falta de objetividad y eficiencia. (...)”.

 

Que el numeral 7 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000 establece como una de las funciones del Auditor General de la República “Certificar la gestión y resultados de las entidades sometidas a su vigilancia”.

 

Que el artículo 30 del Decreto Ley 403 de 2020 señala que: “(...) La Auditoría General de la República, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales de vigilancia y control fiscal, realizará la certificación anual de todas y cada una de las contralorías territoriales, a partir de la evaluación de indicadores de gestión que permitan medir y calificar las capacidades de estas para el cumplimiento objetivo y eficiente de sus funciones. (...) Una vez expedida la certificación anual, esta deberá ser remitida al Contralor General de la República dentro de los cinco (5) días siguientes para lo de sus competencias constitucionales y legales”.

 

Que la Auditoría General de la República trabaja en la implementación de: la Norma Técnica de la Calidad del Proceso Estadístico NTC PE 1000:2020; los lineamientos y guías emitidas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) como regulador del Sistema Estadístico Nacional (Sen), incluyendo la Guía de Elaboración del Documento Metodológico de Operaciones Estadísticas del Sen en su versión 2023.

 

Que como resultado de las mesas de trabajo con el Grupo Interno de Trabajo Planificación y Articulación de la Dirección de Regulación, Planeación, Estandarización y Normalización (Dirpen) del DANE, se caracterizó e incorporó la operación estadística Índice de Desempeño Integral de las Contralorías Territoriales - AuditeCT en la oferta estadística del país, a través del Sistema de Identificación y Caracterización de Oferta y Demanda Estadística (Sicode), de lo cual se deriva la obligación como entidad SEN de “Implementar los principios, lineamientos, buenas prácticas, estándares y normas técnicas definidos por el DANE, soportados en referentes internacionales para la producción y difusión de estadísticas(…)” establecida en el artículo 2.2.3.1.5 del Decreto 2404 de 2019.

 

Que con el propósito de dar cumplimiento a los requisitos antes mencionados ante el DANE, se efectuaron algunos ajustes desde el punto de vista conceptual, situación que hace necesario expedir el acto administrativo con la versión aplicable de la “Metodología para la Certificación Anual de Gestión y las Evaluaciones Parciales Trimestrales de las Contralorías Territoriales”.

 

En mérito de lo expuesto, la Auditora General de la República, en uso de sus facultades constitucionales y legales,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Versión aplicable. Para la medición de la gestión de la segunda evaluación parcial trimestral del año 2023 y en adelante, será aplicable la “Metodología para la Certificación Anual de Gestión y las Evaluaciones Parciales Trimestrales de las Contralorías Territoriales” en su versión 4.2, la cual será comunicada por la Auditora Auxiliar a las contralorías territoriales y publicada en la página web de la AGR.

 

Artículo 2°. Fichas técnicas de indicadores e instructivo. Las fichas técnicas de indicadores en su versión aplicable y el instructivo correspondiente serán publicadas en la página web de la entidad y comunicadas por parte de la Auditora Auxiliar a las contralorías territoriales del país.

 

Artículo 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución Orgánica 015 de 2022, expedida por la Auditoría General de la República.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de julio del año 2023.

 

La Auditora General de la República

 

Alma Carmenza Erazo Montenegro


Nota: Ver norma original en Anexos.