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RESOLUCIÓN 1001 DE 2021
(Noviembre 29)
Por la cual se
modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los
empleos de la planta de personal del Instituto Distrital de Recreación y
Deporte
LA DIRECTORA GENERAL
DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
En uso de sus
facultades legales y, en especial de las conferidas por el numeral 5º del
artículo 5º del Acuerdo 4 de 1978 y el numeral 7° del artículo 3° de la
Resolución 006 de 2017 de Junta Directiva, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 122 de la
Constitución Política consagra que no habrá empleo público que no tenga
funciones detalladas en la Ley o Reglamento.
Que la Ley 909 de 2004, el Decreto
Ley 785 de 2005 y el Decreto Reglamentario 1083 de 2015 consagran que las
entidades deben expedir sus Manuales Específicos de Funciones, Requisitos
Mínimos y Competencias Laborales, teniendo en cuenta el contenido funcional y
las competencias comunes y comportamentales de los empleos que forman la planta
de personal.
Que mediante la Resolución de Junta
Directiva No.006 del 7 de julio de 2017 se modificó la estructura
organizacional, y las funciones asignadas a las dependencias del Instituto
Distrital de Recreación y Deporte, para adecuarse a las necesidades
institucionales.
Que mediante la Resolución de Junta
Directiva No.007 del 7 de julio de 2017 se modificó la modifica la Planta de
Personal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
Que mediante Resolución de la
Dirección General No. 788 del 20 de diciembre de 2019, se modificó el Manual
Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos públicos del
Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
Que teniendo en cuenta que el Área
de Servicios Generales debe coadyuvar al correcto manejo ambiental, en
concordancia con la normatividad vigente y los procedimientos internos
definidos, se hace necesario ajustar las funciones y adicionar unas disciplinas
académicas al empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 10 del Área
de Servicios Generales de la Subdirección Administrativa y Financiera.
Que en razón a que el empleo de
Profesional Especializado Código 222 Grado 06 del Área Desarrollo Humano, tiene
a su cargo el seguimiento y la ejecución de las actividades relacionadas con el
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo adoptado por la entidad,
se requiere adicionar a los requisitos de estudio que se cuente con licencia
vigente en salud ocupacional expedida por autoridad competente. Lo anterior, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Resolución 0312 del 13
de febrero de 2019, expedida por el Ministerio del Trabajo.
Que, de otra parte, se requiere
fortalecer la gestión operativa del Área de Administración de Escenarios de la
Subdirección Técnica Parques, mediante el aporte formativo con la adición de la
disciplina académica en Administración Deportiva al empleo de Técnico Operativo
Código 314 Grado 07, con el fin de permitir fortalecer la satisfacción de las
necesidades de los usuarios y la
mejora de los servicios dirigidos a la comunidad, en lo que tiene que ver con
buen uso de los escenarios administrados por la Entidad.
Que, así mismo, se requiere el
apoyo técnico para la formulación y puesta en marcha de nuevos planes,
programas y actividades del Área de Promoción de Servicios y la Oficina de
Asuntos Locales, con el fin cumplir con los lineamientos establecidos por la Administración
Distrital, en materia de servicios a la comunidad, por lo que se hace necesario
adicionar una ficha para el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 07 en
el Área de Promoción de Servicios y la Oficina de Asuntos Locales.
Que el Decreto Nacional No. 1083 de
2015, en su artículo 2.2.2.4.9 establece que “las entidades y organismos
identificarán en el manual de funciones y de competencias laborales los Núcleos
Básicos del Conocimiento (NBC) que contengan las disciplinas académicas o
profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional
de Información de la Educación Superior (SNIES).
Que mediante el Decreto Nacional
No. 815 de 2018, modificatorio del Decreto Nacional No. 1083 de 2015, se
determinan las competencias comportamentales comunes a los empleados públicos y
las generales de los distintos niveles jerárquicos en que se agrupan los
empleos de las entidades a las cuales se aplica los Decretos Ley 770 y 785 de
2005.
Que mediante oficios con número de
radicación IDRD 20213100116021 y 20213100116051 del 15 de junio de 2021, se
socializó la modificación al Manual de Funciones y Competencias Laborales a los
sindicatos de la entidad en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 051 de
2018.
Que el Departamento Administrativo
del Servicio Civil Distrital, mediante oficio 2021EE7137 O 1 del 11 de
noviembre de 2021, expidió el concepto técnico favorable para la modificación
del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales del Instituto
Distrital de Recreación y Deporte, señalando que:
“(…) En consecuencia, el
concepto técnico se imparte para las modificaciones incluidas en el proyecto de
resolución cuyo epígrafe señala: “Por la cual se modifica el Manual de
Funciones y Competencias Laborales del Instituto Distrital de Recreación y
Deporte - IDRD”, puesto a consideración de este Departamento Administrativo,
como consecuencia se pueden realizar las siguientes modificaciones:
- Profesional Especializado
Código 222 Grado 10 del Área de Servicios Generales de la Subdirección
Administrativa y Financiera. Inclusión de dos (2) disciplinas académicas:
Ingeniería Forestal, del NBC
Ingeniería Agrícola, Forestal y Afines y Ingeniería Ambiental, del NBC en
Ingeniería Ambiental. Y ajuste a las siguientes funciones
“2. Proyectar las
recomendaciones a la Subdirección Administrativa y Financiera, sobre las
acciones necesarias para la optimización en la adquisición y administración de
suministros, de acuerdo con los procedimientos establecidos.”
“4. Hacer seguimiento a las
actividades necesarias para la orientación y ejecución de los planes y
programas relacionados con el componente ambiental que sean responsabilidad de
la entidad, así como el cumplimiento de metas, de acuerdo con la normatividad
vigente y los procedimientos internos definidos”.
“5. Consolidar desde el
componente ambiental, el cumplimiento y control de las condiciones que se
requieran como apoyo al Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, adoptado
por la entidad.”
- Profesional Especializado
Código 222 Grado 06 del Área Desarrollo Humano de la Subdirección
Administrativa y Financiera. Incluir como requisito para el ejercicio del
empleo la licencia vigente en salud ocupacional expedida por autoridad
competente.
- Técnico Operativo Código
314 Grado 07 del Área Administración de Escenarios. Inclusión de la
disciplina académica en Administración Deportiva del NBC de administración.
- Ficha nueva, para el empleo
de Técnico Operativo Código 314 Grado 07 del Área Promoción de Servicios y la
Oficina de Asuntos Locales del Instituto Distrital de Recreación y Deporte,
cuyas características se encuentran detalladas en el proyecto de resolución
adjunta que hace parte integral del presente concepto. (…)”.
Que, en mérito de lo expuesto, este
despacho
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Modificar el
Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales del Instituto
Distrital de Recreación y Deporte, en el sentido de ajustar las funciones y
adicionar unas disciplinas académicas al empleo de Profesional Especializado
Código 222 Grado 10 del Área de Servicios Generales de la Subdirección
Administrativa y Financiera; adicionar a los requisitos de estudio contar con
licencia vigente en salud ocupacional para el cargo de Profesional Especializado
Código 222 Grado 06 del Área Desarrollo Humano de la Subdirección
Administrativa y Financiera; adicionar una disciplina académica para el cargo
de Técnico Operativo Código 314 Grado 07 del Área Administración de Escenarios
y adicionar unas fichas para el cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 07 del
Área Promoción de Servicios y la Oficina de Asuntos Locales del Instituto, de
la siguiente manera:.
NIVEL
PROFESIONAL
|
I. IDENTIFICACIÓN
|
|
Nivel:
|
Profesional
|
|
Denominación
del empleo:
|
Profesional
Especializado
|
|
Código:
|
222
|
|
Grado:
|
10
|
|
N°
de cargos:
|
Cinco
(5)
|
|
Dependencia
|
Donde
se ubique el cargo
|
|
Cargo
del Jefe inmediato:
|
Quien
ejerza la supervisión directa
|
Profesional
Especializado Código 222 - Grado 10
|
III.
PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Administrar
los recursos disponibles orientados a mantener el funcionamiento de la sede administrativa
del IDRD, a través de la entrega oportuna de bienes y servicios.
|
|
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
|
|
1.
Proyectar las recomendaciones a la Subdirección Administrativa y Financiera,
sobre las acciones necesarias para la optimización en la adquisición y
administración de suministros, de acuerdo con los procedimientos
establecidos.
2.
Realizar labores técnicas y operativas en todas las etapas contractuales de
los asuntos que sean responsabilidad de la dependencia a su cargo, según los
parámetros establecidos por la Entidad y las normas vigentes de contratación
estatal.
3.
Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones de la Subdirección en coordinación
con la Oficina de Planeación, la Subdirección Administrativa y Financiera y
al área de Apoyo Corporativo de acuerdo con las normas, procedimientos y
disposiciones vigentes en esta materia.
4.
Hacer seguimiento a las actividades necesarias para la orientación y
ejecución de los planes y programas relacionados con el componente ambiental
que sean responsabilidad de la entidad, así como el cumplimiento de metas, de
acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos internos definidos.
5.
Consolidar desde el componente ambiental, el cumplimiento y control de las
condiciones que se requieran como apoyo al Programa de Seguridad y Salud en
el Trabajo, adoptado por la entidad.
6.
Administrar la caja menor del Instituto de manera adecuada, presentando
oportunamente los informes que le sean solicitados por el jefe inmediato.
7.
Elaborar los informes y análisis, que sean de su competencia y que le sean
solicitados al área y los demás que de acuerdo con las normatividades deban
presentarse de forma oportuna y eficaz.
8.
Ejercer el control sobre el correcto mantenimiento y funcionamiento de la
planta física de la sede administrativa del Instituto, de conformidad con las
normas, reglamentos y demás disposiciones pertinentes.
9.
Gestionar las acciones que se requieran para el suministro de combustible,
mantenimiento y actualización de los documentos legales de los vehículos del
parque automotor de la Entidad.
10.
Gestionar el adecuado cumplimiento de los servicios de cafetería y aseo, así
como el suministro oportuno de elementos e implementos necesarios para tal
fin.
11.
Implementar las acciones de mejora que garanticen la satisfacción de los
usuarios internos y externos, teniendo en cuenta los lineamientos y
procedimientos internos, así como los requerimientos y consultas frecuentes
realizados al área.
12.
Proyectar de acuerdo con su competencia, respuestas a las consultas,
peticiones, quejas y reclamos que sean radicadas en el área, teniendo en
cuenta los términos previstos en la Ley y en el Sistema de Gestión
Documental.
13.
Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con
el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
|
|
1.
Estructura y administración del Estado y del Distrito Capital.
2.
Normatividad en Contratación Estatal.
3.
Políticas Públicas Distritales.
4.
Políticas ambientales.
5.
Normativa vigente sobre Salud Pública del Distrito Capital.
6.
Fundamentos básicos de presupuesto público, planeación, programación,
ejecución y control.
7.
Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
8.
Sistema de Gestión Documental.
9.
Sistema Electrónico de Contratación Pública -SECOP-.
10.
Utilización de herramientas ofimáticas.
|
|
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
Aprendizaje
continuo.
Orientación
a resultados.
Orientación
al usuario y al ciudadano.
Compromiso
con la organización.
Trabajo
en equipo.
Adaptación
al cambio.
|
Aporte
técnico-profesional.
Comunicación
efectiva.
Gestión
de procedimientos.
Instrumentación
de decisiones
|
|
VII. COMPETENCIAS TRANSVERSALES
|
|
COMPETENCIAS TRANSVERSALES LABORALES
|
COMPETENCIAS TRANSVERSALES COMUNES
|
|
(Proceso
Gestión de Servicios Administrativos)
1.
Trabajo en equipo y colaboración.
2.
Planeación.
3.
Toma de decisiones.
|
|
|
VIII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA
Y EXPERIENCIA
|
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
|
Título
Profesional correspondiente a una de las siguientes disciplinas académicas
en:
Administración
de Empresas, Administración Pública, del NBC en Administración;
Derecho,
del NBC en Derecho
Economía,
del NBC en Economía;
Ingeniería
Forestal, del NBC Ingeniería Agrícola, Forestal y Afines;
Ingeniería
Ambiental, del NBC en Ingeniería Ambiental, Sanitaria y Afines
Ingeniería
Industrial, del NBC en Ingeniería Industrial y afines;
Título
de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionada con las
funciones del cargo.
Matrícula
o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.
|
Dieciséis
(16) meses de experiencia profesional.
|
|
I. IDENTIFICACIÓN
|
|
Nivel:
|
Profesional
|
|
Denominación
del empleo:
|
Profesional
Especializado
|
|
Código:
|
222
|
|
Grado:
|
06
|
|
N°
de cargos:
|
Treinta
(30)
|
|
Dependencia
|
Donde
se ubique el cargo
|
|
Cargo
del Jefe inmediato:
|
Quien
ejerza la supervisión directa
|
Profesional
Especializado Código 222 – Grado 06
|
II. ÁREA FUNCIONAL
SUBDIRECCIÓN ADMNISTRATIVA Y FINANCIERA – ÁREA
DESARROLLO
HUMANO
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Desarrollar las actividades necesarias para la formulación,
implementación y seguimiento de los planes, programas y proyectos
relacionados con bienestar laboral, así como con seguridad y salud en el
trabajo, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Entidad y la
normatividad vigente.
|
|
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
|
|
1.
Gestionar la formulación, ejecución y seguimiento a los planes, programas y
proyectos de bienestar, así como de seguridad y salud en el trabajo, en
cumplimiento de los lineamientos señalados para tal fin.
2.
Elaborar el diagnóstico de necesidades de bienestar, así como de seguridad y
salud en el trabajo, de acuerdo con la normatividad vigente.
3.
Formular para su presentación y aprobación los Planes Anuales de Bienestar y
de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con el diagnóstico de las
necesidades identificadas, atendiendo los lineamientos institucionales.
4.
Ejercer vigilancia y seguimiento a la ejecución de las actividades propuestas
en los Planes Anuales de Bienestar y de Seguridad y Salud en el Trabajo
adoptados por la entidad, orientados a mejorar las condiciones que favorezcan
el desarrollo integral de los servidores públicos de la Entidad, de acuerdo
con los lineamientos institucionales y la normatividad vigente.
5.
Implementar las actividades relacionadas con la medición y mejoramiento del
clima laboral de la Entidad, de acuerdo con las instrucciones impartidas por
el jefe inmediato y en concordancia con las normas vigentes.
6.
Gestionar las actividades de sensibilización y socialización dirigidas a la
prevención de conductas en materia de acoso laboral, de acuerdo con las
políticas institucionales y la normatividad vigente.
7.
Diseñar, ejecutar y hacer seguimiento al Plan de Estímulos e Incentivos,
dirigido a los servidores públicos de la Entidad, de conformidad con las
políticas institucionales y las normas vigentes.
8.
Realizar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema de Seguridad y
Salud en el trabajo, de acuerdo con las políticas institucionales y normas
técnicas vigentes.
9.
Acompañar la gestión del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo -
COPASST, en cumplimiento de la normatividad vigente.
10.
Realizar las labores que se requieran, en todas las etapas de los procesos
contractuales relacionados con los asuntos a su cargo, según los parámetros
establecidos por la Entidad y las normas vigentes de contratación estatal.
11.
Proyectar, de acuerdo con su competencia, respuestas a las consultas,
peticiones, quejas y reclamos que sean radicadas en el área, teniendo en cuenta
los términos previstos en la Ley y en el Sistema de Gestión Documental.
12.
Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con
el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
|
|
1.
Estructura y administración del Estado y del Distrito Capital.
2.
Sistema Integrado de Gestión.
3.
Seguridad y Salud en el Trabajo.
4.
Sistema General de Riesgos Laborales.
5.
Normas sobre medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y
otros hostigamientos en el marco de las relaciones laborales.
6.
Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
7.
Utilización de herramientas ofimáticas.
|
|
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
Aprendizaje
continuo.
Orientación
a resultados.
Orientación
al usuario y al ciudadano. Compromiso con la organización.
Trabajo
en equipo.
Adaptación
al cambio.
|
Aporte
técnico-profesional.
Comunicación
efectiva.
Gestión
de procedimientos.
Instrumentación
de decisiones.
Creatividad
e innovación.
|
|
VII. COMPETENCIAS TRANSVERSALES
|
|
COMPETENCIAS TRANSVERSALES LABORALES
|
COMPETENCIAS TRANSVERSALES COMUNES
|
|
(Proceso
Gestión del Talento Humano)
1.
Planeación.
2.
Dirección y Desarrollo de Personal.
3.
Conocimiento del Entorno.
|
|
|
VIII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA
Y EXPERIENCIA
|
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
|
Título
Profesional correspondiente a una de las siguientes disciplinas académicas
en:
Psicología,
del NBC en Psicología;
Ingeniería
Industrial, del NBC en Ingeniería Industrial y afines.
Título
de posgrado en modalidad especialización, en áreas relacionadas con las
funciones del cargo.
Matricula
o Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la ley.
Licencia
en Salud Ocupacional expedida por autoridad competente.
|
Nueve
(9) meses de experiencia profesional.
|
NIVEL TÉCNICO
|
I. IDENTIFICACIÓN
|
|
Nivel:
|
Técnico
|
|
Denominación
del empleo:
|
Técnico
Operativo
|
|
Código:
|
314
|
|
Grado:
|
07
|
|
N°
de cargos:
|
Treinta
y seis (36)
|
|
Dependencia
|
Donde
se ubique el cargo
|
|
Cargo
del Jefe inmediato:
|
Quien
ejerza la supervisión directa
|
Técnico Operativo
Código 314 – Grado 07
|
II. ÁREA FUNCIONAL
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE PARQUES – ÁREA
ADMINISTRACIÓN DE
ESCENARIOS
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Apoyar la ejecución de las actividades relacionadas con el
mantenimiento y administración de los parques y escenarios que forman parte
del Sistema Distrital, en cumplimiento a las políticas institucionales y
procedimientos establecidos por la Entidad, de conformidad con las normas
vigentes.
|
|
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
|
|
1.
Apoyar el seguimiento a la ejecución de las actividades relacionadas con el
mantenimiento de los parques y escenarios administrados por el Instituto, en
cumplimiento de los objetivos misionales y de acuerdo con los lineamientos y
procedimientos establecidos.
2.
Participar en la ejecución de las actividades orientadas a la administración
y manejo adecuado de los parques y escenarios administrados por la Entidad,
proporcionando información clara y precisa a la ciudadanía, de acuerdo con
los procedimientos señalados.
3.
Realizar el soporte técnico y operativo a los procedimientos internos que
sean responsabilidad del área, facilitando el desarrollo de los eventos y
actividades misionales.
4.
Proyectar la consolidación de las necesidades de mantenimiento que requieran
los parques o escenarios asignados, reportándolas oportunamente para que sean
incluidas en los procedimientos internos establecidos para tal fin.
5.
Desarrollar actividades propias a la gestión documental, con el propósito de
asegurar la trazabilidad de la información, de acuerdo con los procedimientos
institucionales establecidos, los lineamientos de la Dirección General y la
normatividad vigente aplicable.
6.
Realizar seguimiento a la consolidación de la información requerida para la
elaboración de los documentos que sean solicitados, interna y/o externamente,
a la dependencia, de acuerdo con los lineamientos dados por el superior
inmediato y los procedimientos establecidos.
7.
Realizar el soporte técnico, administrativo y operativo, que se requiera, en
desarrollo de los eventos y actividades programadas en el parque o escenario,
facilitando la correcta ejecución de las mismas, de acuerdo con los
lineamientos establecidos.
8.
Apoyar la actualización permanente de las bases de datos que le sean
asignadas, con el fin de asegurar la confiabilidad y trazabilidad de la
información, de acuerdo con los lineamientos impartidos por el jefe
inmediato.
9.
Proyectar, de acuerdo con su competencia, respuestas a las consultas,
peticiones, quejas y reclamos que sean radicadas en el área, teniendo en cuenta
los términos previstos en la Ley y en el Sistema de Gestión Documental.
10.
Realizar las labores que se requieran, en todas las etapas de los procesos
contractuales relacionados con los asuntos a su cargo, según los parámetros
establecidos por la Entidad y las normas vigentes de contratación estatal.
11.
Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con
el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
|
|
1. Estructura
y administración del Estado y del Distrito Capital.
2. Conocimiento
manejo espacios públicos y mobiliario urbano.
3. Conocimiento
en realización de actividades recreativas.
4. NTCGP
1000:2009 - Estructura, componentes, implementación y evaluación.
5. Utilización
de herramientas ofimáticas.
|
|
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
Aprendizaje
continuo.
Orientación
a resultados.
Orientación
al usuario y al ciudadano. Compromiso con la organización.
Trabajo
en equipo.
Adaptación
al cambio.
|
Aporte
técnico-profesional.
Comunicación
efectiva.
Gestión
de procedimientos.
Instrumentación
de decisiones.
Creatividad
e innovación.
|
|
VII. COMPETENCIAS TRANSVERSALES
|
|
COMPETENCIAS TRANSVERSALES LABORALES
|
COMPETENCIAS TRANSVERSALES COMUNES
|
|
Aprendizaje
continuo.
Orientación
a resultados.
Orientación
al usuario y al ciudadano.
Compromiso
con la organización.
Trabajo
en equipo.
Adaptación
al cambio.
|
Confiabilidad
técnica.
Disciplina.
Responsabilidad.
|
|
VIII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA
Y EXPERIENCIA
|
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
|
Título
de formación técnica profesional o tecnológica en disciplinas académicas en:
Administración
de Empresas, Administración Deportiva, Gestión Administrativa, Procesos
Administrativos, Administración, Gestión de Procesos Administrativos, Procesos
Empresariales, del NBC en Administración;
Gestión
Empresarial del NBC en Economía,
Licenciatura
en Educación física, recreación y deporte, Licenciatura en educación básica
con énfasis en educación física, deportes y recreación, del NBC en Deportes,
Educación Física y Recreación; O.
Aprobación
de tres (3) años de educación superior en disciplinas académicas en:
Administración
de Empresas, Administración Pública, Administración Deportiva, Administración
Financiera del NBC en Administración;
Economía
del NBC en Economía,
Licenciatura
en Educación física, Licenciatura en Educación Física, Recreación y Deporte,
del NBC en Educación
Licenciatura
en educación física, Licenciatura en educación física, deporte y recreación,
Cultura física y deporte; Ciencias del deporte y la recreación, del NBC en
Deportes, Educación Física y Recreación.
|
Treinta
y seis meses (36) de experiencia relacionada.
|
|
II. ÁREA FUNCIONAL
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE PARQUES – ÁREA PROMOCIÓN DE
SERVICIOS OFICINA DE ASUNTOS LOCALES
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Apoyar las actividades de carácter técnico y operativo que deban
realizarse, para el cumplimiento de los planes y programas propuestos para la
dependencia, de acuerdo con los procedimientos, políticas institucionales y
normatividad vigente
|
|
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
|
|
1.
Apoyar técnicamente a la dependencia en la formulación y puesta en marcha de
nuevos planes, programas y actividades, con el fin cumplir con los
lineamientos de la Administración Distrital.
2.
Realizar la actualización permanente de las bases de datos que le sean
asignadas, con el fin de asegurar la confiabilidad y trazabilidad de la
información, de acuerdo con los lineamientos impartidos por el jefe inmediato.
3.
Apoyar al jefe inmediato en la elaboración de documentos relacionados con la
promoción de las actividades que realiza el Área, contando con la aprobación
de la Oficina Asesora de Comunicaciones.
4.
Realizar seguimiento a la consolidación de la información requerida para la
elaboración de los documentos que sean solicitados, interna y/o externamente,
a la dependencia, de acuerdo con los lineamientos dados por el superior
inmediato y los procedimientos establecidos.
5.
Asistir al área en los eventos de socialización, sensibilización y promoción
de las actividades que sean competencia de misma, de acuerdo con las
instrucciones impartidas por el jefe inmediato.
6.
Proyectar, de acuerdo con su competencia, respuestas a las consultas,
peticiones, quejas y reclamos que sean radicadas en el área, teniendo en
cuenta los términos previstos en la Ley y en el Sistema de Gestión
Documental.
7.
Realizar las labores que se requieran, en todas las etapas de los procesos
contractuales relacionados con los asuntos a su cargo, según los parámetros
establecidos por la Entidad y las normas vigentes de contratación estatal.
8.
Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con
el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
|
|
1. Estructura
y administración del Estado.
2. Políticas
Públicas Distritales.
3. Normatividad
en Contratación Estatal.
4. Conocimientos
generales sobre diseño y ejecución de actividades deportivas.
5. Utilización
de herramientas ofimáticas.
|
|
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
Aprendizaje
continuo.
Orientación
a resultados.
Orientación
al usuario y al ciudadano. Compromiso con la organización.
Trabajo
en equipo.
Adaptación
al cambio.
|
Confiabilidad
técnica.
Disciplina.
Responsabilidad.
|
|
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y
EXPERIENCIA
|
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
|
Título
de formación técnica profesional o tecnológica en disciplinas académicas en:
Administración
Deportiva; Gestión Deportiva; Administración de Empresas, Administración
Pública del NBC en Administración, Educación Física, Recreación,
Entrenamiento Deportivo, Gestión de la Recreación y el Deporte, del NBC en
Educación,
Deporte
y Recreación; Recreación; Educación Física, Recreación y Deporte, Educación
Física, Entrenamiento Deportivo, del NBC en Deportes, Educación Física y
Recreación, o
Aprobación
de tres (3) años de educación superior en disciplinas académicas en:
Administración
de Empresas; Administración, administración Deportiva, Administración Pública
del NBC en Administración,
Psicología
del NBC en Psicología,
Comunicación
social, Comunicación social y periodismo del NBC en Comunicación Social,
Periodismo y Afines.
Licenciatura
en Educación física, Licenciatura en Educación Física, Recreación y Deporte,
del NBC en Educación
Entrenamiento
deportivo, Ciencias del deporte, Ciencias del deporte y la educación física,
Licenciatura en Educación física, recreación y deporte, Licenciatura en
educación básica con énfasis en educación física, deportes y recreación, del
NBC en Deportes, Educación Física y Recreación.
Ingeniería
Industrial del NBC en Ingeniería Industrial y Afines.
|
Treinta
y seis meses (36) de experiencia relacionada.
|
Artículo 2.- Prohibición de
compensación de requisitos establecidos por la Ley. Cuando para el
desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente
reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o
autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser
compensadas por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes
así lo establezcan.
Artículo 3.- Prohibición de
exigencia de requisitos adicionales. A las y los servidores públicos que se
encuentren ocupando los empleos a los cuales mediante el presente acto
administrativo se efectúa modificación, no se les exigirá requisitos de
educación y experiencia diferentes a los que estaban vigentes al momento de
tomar posesión del empleo.
Artículo 4.- Equivalencias entre
estudios y experiencia. Para efecto de las equivalencias entre estudios y
experiencia, aplican las dispuestas por el artículo 25 del Decreto-ley 785 del
17 de marzo de 2005.
Artículo 5.- Entrega del manual.
El Área de Talento Humano entregará a cada servidora o servidor público, copia
de las funciones y competencias determinadas en el presente Manual para el
respectivo empleo, al momento de la posesión y en el evento de presentarse un
traslado.
Artículo 6.- Comunicación.
Comunicar el contenido de la presente resolución al Departamento Administrativo
del Servicio Civil Distrital -DASCD-.
Artículo 7.- Vigencia. La
presente resolución rige a partir del día siguiente de la fecha de su
publicación y modifica en lo pertinente la Resolución de la Dirección General
No. 788 del 20 de diciembre de 2019.
COMUNIQUESE,
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá,
D.C., a los 29 días del mes de noviembre del año 2021.
BLANCA INÉS DURÁN
HERNÁNDEZ
Directora General
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