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CIRCULAR EXTERNA 011 DE 2004(Agosto 5)
Ver la Circular de la S.S.P.D. 1 de 2004 Como es de su conocimiento, la Ley 142 de 1994 -Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios- establece el control social para los servicios públicos domiciliarios a través de los comités de desarrollo y control social, como mecanismo de participación ciudadana. Con este instrumento comunitario se busca contribuir a una mayor eficiencia y eficacia en los entes prestadores de los servicios públicos en cumplimiento de la finalidad social del Estado. Esta misma ley señala que los municipios, departamentos y esta Superintendencia deben coordinar las acciones institucionales en cumplimiento de sus competencias, con el propósito de promover la constitución de los comités de desarrollo y control social, su capacitación y coadyuvar en su asociación. Para estos propósitos se hace necesario disponer de un registro unificado y actualizado de los Comités de Desarrollo y Control Social y de los Vocales de Control de cada región del país para poder contactar a los líderes comunitarios y con ellos y el alcalde respectivo plantear estrategias de corto, mediano y largo plazo que aúnen en el mejoramiento de este instrumentos de control social. En los pasados años la Superintendencia ha requerido de los alcaldes en envío de los actos de reconocimiento de los CDCS y vocales de control que efectúen, sin embargo no se ha tenido una respuesta efectiva. Ello ha traído como consecuencia una desactualización de la base de datos lo que ha impedido a su vez hacer seguimiento a esta gestión, así como beneficiarlos del plan de capacitación y otros instrumentos pedagógicos que la Superintendencia viene ejecutando. Para poder mejorar la información en cuestión y poderla obtener de manera sistemática, le solicitamos indicar antes del 30 de agosto de 2004 a la Dirección General Territorial, una persona de la alcaldía que hará las veces de enlace para el suministro de información sobre CDCS y vocales de control y coordinar otras acciones en esta materia. Para estos efectos se pueden ustedes comunicar con los funcionarios Esperanza Beltrán y Jaime Humberto Arboleda en Bogotá al teléfono 6913005 extensión 2006 ó 2007. Así mismo y para su información le relaciono los funcionarios que atienden los relacionados con vocales de control y CDCS en cada Dirección Territorial de esta Superintendencia:
Cordialmente, Evamaría Uribe Tobón, Superintendente de Servicios Públicos de Domiciliarios. (C.F.) NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 45.644 de Agosto 18 de 2004. |
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