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Resolución 310 de 2023 Instituto Distrital de Patrimonio Cultural

Fecha de Expedición:
24/05/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/05/2023
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 310 DE 2023

 

(Mayo 24)

 

Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria: “BECA DE PROGRAMACIÓN MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA”, del Programa Distrital de Estímulos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC 2023 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados”

 

LA SUBDIRECTORA DE DIVULGACIÓN Y APROPIACIÓN DEL PATRIMONIO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 397 de 1997, el Acuerdo Distrital 257 de 2006 del Concejo de Bogotá, el Acuerdo 001 de 2023 de Junta Directiva, Resolución N°285 del 06 de julio de 2020, Resolución N° 588 del 02 de noviembre de 2022 y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que el día 06 de febrero de 2023 el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural expidió la Resolución No. 26 “Por medio de la cual se ordena la apertura del Programa Distrital de Estímulos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC 2023”.

 

Que el Programa Distrital de Estímulos (PDE) constituye una estrategia de fomento del sector arte, cultura y patrimonio de Bogotá, para fortalecer los procesos, proyectos e iniciativas desarrollados por los agentes culturales, artísticos, patrimoniales, recreativos y deportivos de la ciudad, a través de la entrega de estímulos mediante convocatorias públicas para el desarrollo de propuestas, o para realzar la excelencia de procesos y trayectorias relevantes de agentes del sector.

 

Que este programa comprende el diseño, planeación y ejecución de un sistema de becas, premios, residencias y pasantías para los agentes del sector, cuyas reglas se definen teniendo en cuenta las condiciones específicas de cada una de las prácticas del arte, la cultura, el patrimonio, la recreación y el deporte.

 

Que para la evaluación de las propuestas participantes y la selección de los ganadores es necesario contar con un grupo de personas externas a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y a las entidades adscritas, denominados jurados.

 

Que este equipo de jurados se selecciona por su experiencia y trayectoria, a través de una convocatoria pública, lo que garantiza que la adjudicación de los estímulos sea el resultado de un proceso objetivo y transparente.

 

Que para la designación de los jurados el Programa Distrital de Estímulos cuenta con un Banco de Expertos, del cual se seleccionan y designan los expertos responsables de la evaluación de las propuestas participantes en las diferentes convocatorias que oferta el Programa.

 

Que mediante Resolución N°95 del 14 de febrero de 2023, la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ordenó la apertura del Banco de Expertos para el Sector Cultura del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, definió los requisitos y condiciones de participación en el documento denominado “Condiciones de participación Banco de Expertos para el Sector Cultura”, que podrán ser consultados en el micrositio https://sicon.scrd.gov.co/jurados#block-views-block-jury-bank-registration-opening- date.

 

Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral “4.3 ¿CÓMO PODRÁS SER SELECCIONADO EN CADA MODALIDAD DEL BANCO DE EXPERTOS PARA EL SECTOR CULTURA?”, del documento citado; el registro en el Banco de Expertos, fue habilitado “(…) hasta cuarenta y ocho (48) horas antes del cierre de la convocatoria o programa y hasta las 17:00:00 horas, hora legal colombiana.”.

 

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 5.3 ¿CÓMO SE REALIZA EL PROCESO DE SELECCIÓN DE EXPERTOS?, del documento citado se establece: “Las entidades también podrán designar jurados ad honorem internos y externos, si así lo consideran conveniente. El jurado ad honorem asume los mismos compromisos y tiene las mismas facultades que un jurado nombrado por estímulo. Estos jurados no podrán ser mayoría, a excepción de las convocatorias o programas que establezcan lo contrario”.

 

Que el 28 de marzo de 2023, mediante Resolución No. 144 se conformó el Comité Técnico para la evaluación, selección y designación de los jurados que evaluarían las propuestas presentadas en la “BECA DE PROGRAMACIÓN MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA”, en el marco del Programa Distrital de Estímulos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC 2023.

 

Que en el artículo 4 del citado acto administrativo se fijaron los criterios para la asignación del valor de los estímulos a otorgar a los jurados que evaluarán las propuestas habilitadas en cada una de las convocatorias en el marco del Programa Distrital de Estímulos 2023 del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC.

 

Que conforme a la Resolución No. 144 de 2023, el 8 de mayo de 2023 se reunió el Comité Técnico para la evaluación, selección y designación de los jurados que evaluarían las propuestas habilitadas para la convocatoria “BECA DE PROGRAMACIÓN MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA” conformado por Camila Medina Arbeláez, subdirectora de Divulgación y Apropiación del Patrimonio, Nathaly Andrea Bonilla Rodríguez, contratista de la Subdirección de Divulgación y Apropiación del Patrimonio del IDPC y Cristina Lleras Figueroa contratista del Equipo del Museo de Bogotá, con el fin de seleccionar a quienes serían designados como jurados para evaluar las propuestas habilitadas en la convocatoria.

 

Que conforme a lo señalado en numeral segundo del acta de Comité Técnico del 8 de mayo de 2023 para la “BECA DE PROGRAMACIÓN MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA”, se presentaron treinta y un (31) candidatos a jurados; de los cuales nueve (9) fueron rechazados por no cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria Banco de Expertos 2023.

 

Que una vez revisados los perfiles inscritos en la “BECA DE PROGRAMACIÓN MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA”, el proceso de evaluación se fundamentó en los criterios establecidos en las condiciones generales de participación del Banco de Expertos publicadas en SICON y en la Resolución No. 144 de 2023, y de acuerdo con el registro realizado.

 

Que de acuerdo con lo anterior se seleccionan dos (2) de los candidatos a jurados del Banco de Expertos 2023 con más alto puntaje:

 

NOMBRE

DOCUMENTO

PERFIL

PUNTAJE

JUAN ESTEBAN TUMAY ACHAGUA

C.C 1.024.535.595

Esp. en Gestión Pública, Artista, gestor social y cultural, docente e investigador comprometido con la construcción del tejido social, el fomento de las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales, y consejero de la localidad de Ciudad Bolívar en el área de arte dramático. Fue parte de los semilleros de Dimensión de Investigación, Gerencia de Danza, Instituto Distrital de las Artes – Idartes y la Universidad Pedagógica Nacional de Colombia- y Artista Comunitario. Se desempeña fácilmente en cualquier campo y tiene conocimiento en las áreas de gestión, investigación, formación y creación. Facilidad para el trabajo en equipo, comprometido y con

iniciativa hacia cualquier actividad.

91

MAYA ANISLEY CORREDOR ROMERO

C.C. 52.518.325

Soy licenciada en Artes Visuales de la Universidad Pedagógica Nacional de Colombia, magíster en Ciencias Sociales con Orientación en Educación de FLACSO-Argentina y becaria doctoral de CONICET-Argentina. Mis principales líneas de trabajo son los procesos de formación e investigación- creación colectivos desde las artes, con diferentes tipos de comunidades (en especial franjas etáreas infantil y juvenil). También hago investigación social a través de las imágenes e investigación histórica sobre vínculos entre imágenes y educación.

https://mayacorredor.blogspot.com/

90

MARÍA JOSÉ ECHEVERRY URIBE

C.C 52.451.249

Profesional en Antropología y Conservación y Restauración de Bienes Muebles. Trece años de experiencia en museos en las áreas de Gestión de Colecciones, Registro y

conservación.

Delegada de la Entidad

 

Conforme lo anterior, con el fin de completar la terna se acoge lo dispuesto en el numeral 5.3 ¿CÓMO SE REALIZA EL PROCESO DE SELECCIÓN DE EXPERTOS?, de las condiciones de participación del Banco de Expertos que a texto estipula:

 

“Las entidades también podrán designar jurados ad honorem internos y externos, si así lo consideran conveniente. El jurado ad honorem asume los mismos compromisos y tiene las mismas facultades que un jurado nombrado por estímulo. Estos jurados no podrán ser mayoría, a excepción de las convocatorias o programas que establezcan lo contrario”.

 

Que, conforme a lo anterior, el comité técnico de selección de jurados mencionado recomienda seleccionar como jurados de la convocatoria citada a continuación, a los siguientes expertos:

 

 

CONVOCATORIA

 

NOMBRE DEL JURADO

No. DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD

 

BECA        DE      PROGRAMACIÓN

 

JUAN ESTEBAN TUMAY ACHAGUA

 

C.C 1.024.535.595

MUSEO         DE       LA       CIUDAD

 

 

AUTOCONSTRUIDA

MAYA ANISLEY CORREDOR ROMERO

C.C. 52.518.325

 

 

MARÍA JOSÉ ECHEVERRY URIBE

 

C.C 52.451.249

 

(Jurado Ad honorem)

 

 

Que adicionalmente, en el numeral 5.6. ¿CUÁNDO SE DESIGNA AL EXPERTO SUPLENTE?, de las Condiciones de participación del Banco de Expertos, señala:

 

“En cualquier etapa del proceso, en el evento de presentarse renuncia, impedimento, restricción de participación, inhabilidad, conflicto de intereses, ausencia temporal o absoluta de un experto, que impida al experto cumplir con la totalidad de los compromisos establecidos o con las actividades propias de su participación, previa comunicación formal dirigida a la entidad. En tal caso, se procederá a relevarlo y a designar al suplente, quien asumirá sus deberes como experto.

 

El experto que ha sido reemplazado no tendrá derecho a estímulo alguno por las actividades realizadas hasta el momento de su ausencia, toda vez que su compromiso culmina con la entrega del informe de evaluación, acompañamiento, orientación o asesoría. El recurso respectivo se destinará al experto que haya asumido la suplencia”.

 

Que por lo anterior el comité recomienda seleccionar como suplente de la convocatoria en mención, al siguiente experto:

 

 

 

CONVOCATORIA

 

NOMBRE DEL JURADO

No. DE DOCUMENTO DE

IDENTIDAD

 

BECA DE PROGRAMACIÓN MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA

 

BEATRIZ          ELENA       VELASQUEZ ROZO

 

C.C 52.086.305

 

Que para la asignación del valor de los estímulos a otorgar a los jurados seleccionados de la que habla el artículo 4 la Resolución No.144 de 2023, para la convocatoria “BECA DE PROGRAMACIÓN MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA”, se tendrá en cuenta un total de siete (7) propuestas habilitadas para evaluar.

 

Que para respaldar el desembolso de los estímulos a los jurados que evaluarán la convocatoria antes mencionada, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC, cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal descrito en la parte resolutiva del presente acto administrativo, el cual fue expedido por el responsable del Presupuesto de la Entidad.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. Designar los jurados principales que evaluarán las propuestas de la convocatoria: “BECA DE PROGRAMACIÓN MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA”, del Programa Distrital de Estímulos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC 2023, quienes se señala a continuación:

 

 

CONVOCATORIA

 

NOMBRE DEL JURADO

No. DE DOCUMENTO DE

IDENTIDAD

 

VALOR DEL ESTIMULO

 

BECA                                   DE

PROGRAMACIÓN MUSEO

DE               LA             CIUDAD

AUTOCONSTRUIDA

DE               LA             CIUDAD

AUTOCONSTRUIDA

 

JUAN          ESTEBAN        TUMAY

 

C.C 1.024.535.595

 

$3.000.000

ACHAGUA

 

 

 

 

 

MAYA ANISLEY CORREDOR ROMERO

C.C. 52.518.325

$3.000.000

MARÍA JOSÉ ECHEVERRY

URIBE (Jurado Ad honorem)

C.C 52.451.249

Ad honorem

 

PARÁGRAFO PRIMERO. El jurado Ad honorem no recibirá reconocimiento económico por dicha labor.

 

PARÁGRAFO SEGUNDO. Designar como jurado suplente de la convocatoria en mención y en caso de que alguno de los jurados principales presente renuncia, impedimento, inhabilidad, conflicto de intereses, ausencia temporal o absoluta, o cualquiera que fuere la causa que le impida cumplir con los deberes establecidos por la Entidad y las condiciones de participación del Banco de Expertos 2023, en cualquier etapa del proceso y previa comunicación formal dirigida a la Entidad, quien se señala a continuación:

 

 

CONVOCATORIA

 

NOMBRE DEL JURADO

No. DE

DOCUMENTO DE IDENTIDAD

 

BECA DE PROGRAMACIÓN MUSEO DE LA CIUDAD AUTOCONSTRUIDA

 

BEATRIZ          ELENA       VELASQUEZ ROZO

 

C.C 52.086.305

 

ARTÍCULO 2. Respaldar presupuestalmente los recursos determinados como estímulo económico, para lo cual el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC expidió el certificado de disponibilidad presupuestal que se señala a continuación:

 

Certificado         de       disponibilidad presupuestal

Número: 27

Fecha

Enero 19 de 2023

Objeto

375-Jurados programa distrital de estímulos IDPC 2023

Valor

$15.000.000

Rubro

O23011601210000007639

 

ARTÍCULO 3. Ordenar el desembolso del 100% del valor determinado como estímulo económico, señalado en el artículo 1 de la presente resolución, previo cumplimiento de los compromisos y facultades establecidas en las condiciones de participación del Banco de Expertos 2023, en las condiciones generales y específicas de participación de la convocatoria.

 

PARÁGRAFO PRIMERO. El desembolso de los estímulos económicos está sujeto a la disponibilidad del PAC (Programa Anual de Caja), asignado al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC por la Secretaría de Hacienda del Distrito. Al valor del estímulo económico se le efectuarán las retenciones y descuentos de Ley, a las que haya lugar.

 

ARTÍCULO 4. Ordenar la publicación de la presente resolución en los portales web de Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC www.idpc.gov.co y de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD www.culturarecreacionydeporte.gov.co


ARTÍCULO 5. Notificar el contenido de la presente Resolución a los participantes seleccionados como ganadores, vía electrónica a los correos indicados en la inscripción, de conformidad con lo señalado en el artículo 56 de la Ley 1437 de 2011 y lo definido en el documento denominado “Condiciones de Participación Banco de Expertos para el Sector Cultura”.

 

ARTÍCULO 6. Contra la presente Resolución proceden los recursos de ley, según la naturaleza del acto administrativo, en los términos del artículo 74 de la Ley 1437 de 2011.

 

ARTÍCULO 7. La presente Resolución quedará en firme, en concordancia con el numeral 2 del Art. 87 de la Ley 1437 de 2011.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en de Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de mayo del año 2023.

 

CAMILA MEDINA ARBELÁEZ

 

SUBDIRECCIÓN DE DIVULGACIÓN Y APROPIACIÓN DEL PATRIMONIO

 

NOTA: Ver norma original en anexos

 

Aprobó: ÓSCAR JAVIER FONSECA GÓMEZ - Jefe Oficina Jurídica - Oficina Jurídica

Revisó: NATALY JOANNA CUBILLOS PINZON - Profesional Especializado - Oficina Jurídica

             Jeyson Alberto Rodríguez Pacheco - Contratista - SUBDIRECCIÓN DE DIVULGACIÓN Y APROPIACIÓN DEL PATRIMONIO

Proyectó: Nathaly Andrea Bonilla - Contratista - Fomento