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RESOLUCIÓN 4430 DE 2023
(Septiembre 18)
Por la cual se deroga la Resolución IDU-4148 de 2023
EL(LA) Director General DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO -IDU, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 19 de 1972, los Acuerdos 01 de 2009 y 06 de 2021 del Consejo Directivo del IDU y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución IDU-4148 del 30 de agosto de 2023 publicada en el Registro Distrital Número 7798 del 31 de agosto, este Despacho delegó en el Subdirector General de Desarrollo Urbano la competencia para conocer y decidir las actuaciones administrativas y contractuales que se deban atender o tramitar respecto de los procesos licitatorios IDULPDG-003-2023, IDU-LP-DG004-2023 e IDU-LPDG-005-2023, así como la competencia para conocer y decidir las actuaciones administrativas y contractuales que se deban atender o tramitar respecto los concursos de méritos No. IDUCMA-DG-011-2023, IDUCMA-DG-012-2023 e IDU-CMA-DG-010-2023; relacionados con la construcción del CORREDOR VERDE DE LA CARRERA 7ª de Bogotá DC.
Que este Despacho a partir de la fecha de publicación del presente acto administrativo retoma la dirección del proceso de contratación del CORREDOR VERDE DE LA CARRERA 7ª.
Que por lo anterior es preciso derogar la Resolución IDU-4148 del 30 de agosto de 2023 emitida por este despacho y vigente desde el pasado 31 de agosto de 2023.
Que, por lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Derogar la Resolución IDU-4148 del 30 de agosto de 2023 publicada en el Registro Distrital Número 7798 del 31 de agosto de 2023.
ARTÍCULO 2º. Comunicar la presente Resolución al Ingeniero JOSÉ FÉLIX GÓMEZ PANTOJA, en su calidad de Subdirector General de Desarrollo Urbano, por intermedio de la Subdirección General de Gestión Corporativa del IDU.
ARTÍCULO 3º. Ordenar a la Subdirección General de Gestión Corporativa la comunicación de la presente Resolución a todo el nivel directivo de la entidad, así como enviar su PDF firmado y el Word a la Secretaría Jurídica Distrital en cumplimiento del artículo 11 de la Resolución 104 de 2018 de la citada Secretaría para su incorporación en el Régimen Legal de Bogotá.
ARTÍCULO 4º. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.
Dada en Bogotá D.C., a los 18 días del mes de septiembre del año 2023.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
DIEGO SANCHEZ FONSECA
Director General
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