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RESOLUCIÓN 4798 DE 2023
(Octubre 11)
Por la cual se adiciona un parágrafo al artículo 8º de la Resolución IDU-4335 de 2023
EL Director General DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los por los numerales 1º del artículo 17 del Acuerdo Distrital 19 de 1972, los literales b) y f) del artículo 29 del Acuerdo del Consejo Directivo 01 de 2009 y el literal d) del artículo 5º del Acuerdo del Consejo Directivo 06 de 2021 modificado por el artículo 4º del Acuerdo del Consejo Directivo 02 de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución IDU-4335 del 11 de septiembre de 2023 se asignaron transitoriamente unas funciones a algunas dependencias del Instituto de Desarrollo Urbano IDU en aplicación del Decreto Distrital 145 del 14 de abril de 2023 relacionado con la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca.
Que conforme con el parágrafo transitorio 1º del artículo 76 del Acuerdo Regional 04 del 15 de agosto de 2023 del Consejo Regional de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, “El traslado transitorio de funciones de la Agencia Regional de Movilidad de la Región Metropolitana al sector Movilidad de la Alcaldía Mayor de Bogotá implica la asignación de la competencia contractual y la ordenación del gasto a las entidades que asuman dichas competencias, conforme a lo dispuesto en el Decreto Distrital 145 de 2023 y las condiciones previstas en los Estatutos de la Región.” (Subraya fuera de texto)
Que para efecto del cumplimiento de la Resolución IDU-4335 de 2023 en materia de asignación transitoria de funciones, resulta necesario adicionar un parágrafo aclaratorio al artículo 8º de transitoriedad de la citada Resolución, en el sentido de expresar que la asignación realizada a las dependencias del Instituto previstas en el artículo 2° del Decreto Distrital 145 de 2023, conlleva la competencia contractual y la ordenación del gasto. Que conforme con lo anterior, este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Adiciónese un parágrafo al artículo 8º de la Resolución IDU-4335 de 2023, cuyo texto es el siguiente:
“Parágrafo. Las funciones asignadas transitoriamente en el presente acto administrativo implican la competencia contractual y la ordenación del gasto en los jefes de las dependencias que las asumen”.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.
Dada en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de octubre del año 2023.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
DIEGO SANCHEZ FONSECA
Director GeneralNota: Ver norma original en Anexos.
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