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Resolución 716 de 2023 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV

Fecha de Expedición:
15/08/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 716 DE 2023

 

(Agosto 15)

 

Por medio de la cual se designan los Representantes de la Entidad ante la Comisión de Personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y se conforma dicha comisión para el periodo 2023-2025

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

 

En ejercicio de las funciones esenciales del empleo dispuestas en la Resolución Nro.575 del 12 de julio de 2023, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el numeral 1º del artículo segundo de la Resolución No. 575 del 12 de julio de 2023, señaló como función delegada en el secretario general las siguientes: “Suscribir los actos administrativos que sean necesarios dentro de la labor propia de la administración de personal de la Entidad”.

 

Que en todos los organismos y entidades regulados por la Ley 909 de 2004 deberá existir una Comisión de Personal conformada por dos (2) representantes del organismo o entidad, designados por el nominador o por quien haga sus veces y dos (2) representantes de los empleados quienes deben ser de carrera administrativa. Los dos representantes que para el efecto designe el jefe del organismo o entidad serán empleados públicos de libre nombramiento y remoción o de carrera administrativa. Los dos representantes de los empleados serán elegidos por votación directa de los empleados públicos del organismo o entidad y cada uno tendrá un suplente que deberá acreditar los mismos requisitos y condiciones del titular. (…)”

 

Que el artículo 2.2.14.1.1 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 3 del Decreto 498 del 30 de marzo de 2020, indica que en todos los organismos y entidades regulados por la Ley 909 de 2004 deberá existir una Comisión de Personal conformada por dos (2) representantes del organismo o entidad, designados por el nominador o por quien haga sus veces y dos (2) representantes de los empleados quienes deben ser de carrera administrativa. Asimismo, señala que los dos (2) representantes que para el efecto designe el jefe del organismo o entidad serán empleados públicos de libre nombramiento y remoción o de carrera administrativa.

 

Que los dos (2) representantes de los empleados serán elegidos por votación directa de los empleados públicos del organismo o entidad y cada uno tendrá un suplente que deberá acreditar los mismos requisitos y condiciones del titular. En las votaciones que se adelanten para la elección de los representantes de la Comisión de Personal, podrán participar todos los servidores que ocupen empleos de carrera administrativa independientemente de su forma de vinculación y los empleados vinculados en empleos que conforman las plantas temporales.

 

Que en relación con los empleados vinculados mediante nombramiento provisional el Decreto 1083 de 2015 en su artículo 2.2.14.2.1 contempla una excepción para que puedan postularse a la elección como representantes de los empleados ante la Comisión de Personal, cuando en las entidades no haya personal de carrera administrativa, o el número de empleados de carrera no haga posible la conformación de la Comisión de Personal. Esta excepción también aplicará en el evento en el que se realice la convocatoria y no se inscriban por lo menos cuatro (4) candidatos o los inscritos no acreditan los requisitos exigidos.

 

Que, el Artículo 2.2.14.2.13 del Decreto 1083 de 2015 dispone que los representantes de los empleados en la Comisión de Personal y sus suplentes serán elegidos para períodos de dos (2) años, que se contarán a partir de la fecha de la comunicación de la elección.

 

Que en el marco del concepto 20202010366371 emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, las votaciones para elegir a los nuevos integrantes de la Comisión de personal podrán realizarse de manera virtual en concordancia con lo dispuesto en el artículo 258 de la Constitución Política.

 

Que, atendiendo a lo anterior, el 3 de agosto de 2023, se realizó de manera virtual, a través de la aplicación forms, el proceso de elección de los representantes de lo sempleados cuyos resultados pueden ser consultados en el link https://forms.office.com/Pages/AnalysisPage.aspx?AnalyzerToken=i91Si4eBz96NoLJVyJHgCj1NsdLFXBVm&id=okfZDtoJrEySySoH9ML0M9BiuMp5OxHtgpxGYUKgdZUQkROTFVRNzZDRlBJVVRJRkk1VVNEMVBFWS4u

 

Que, como resultado del proceso de votación directa para elegir a los representantes de los empleados ante la comisión de personal, se obtuvieron los siguientes resultados:

 

Primer puesto: SANDRA VIVIANA GUTIÉRREZ MENDOZA identificada con cedula de ciudadanía número 53.134.353 de Bogotá, quien desempeña el empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 03, adscrito a la Oficina Asesora de Planeación.

 

Segundo Puesto: LEONEL PINZÓN REYES identificado con cedula de ciudadanía número 80.003.727 de Bogotá, quien desempeña el empleo de Carrera Administrativa denominado Profesional Especializado Código 222 Grado 03, adscrito a la Oficina Jurídica.

 

Tercer Puesto: CARLOS CIRO ASPRILLA CRUZ identificado con cedula de ciudadanía número 79.704.220 de Bogotá, quien desempeña el empleo de Carrera Administrativa Profesional Especializado Código 222 Grado 05, adscrito a la Gerencia de Producción.

 

Cuarto puesto: JOSE GABRIEL GUERRA ALMENDRALES identificado con cedula de ciudadanía número 73.578.272 de Cartagena, quien desempeña el empleo de Carrera Administrativa Profesional Universitario Código 2019 Grado 01, adscrito a la Oficina de Tecnologías de la Información

 

Que, en cumplimiento a las citadas disposiciones, la Secretaria General consulto al Director General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, quien designa como representantes principales de la Entidad ante la Comisión de Personal para el período 2023-2025, al Gerente Administrativo y Financiero y a la Gerente de Contratación, y como suplentes a quienes hagan las veces de Jefe de la Oficina Asesora de  Planeación y al Jefe de la Oficina de Jurídica con el fin de conformar la Comisión de Personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

 

Que de acuerdo con lo establecido en el Decreto No. 1083 de 2015, el Jefe de Personal o quien haga sus veces, actuará como Secretario Técnico de la Comisión de Personal, quien tendrá voz, pero no tendrá voto y en ningún caso podrá ser miembro de esta y llevará en estricto orden y rigurosidad las actas de las reuniones.

 

Que, en mérito de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Designación. Designar como representantes principales de la Entidad ante la Comisión de Personal para el periodo 2023 - 2025 al Gerente Administrativo y Financiero y a la Gerente de Contratación y como suplentes al Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y al Jefe de la Oficina de Jurídica.

 

Artículo 2. Conformación. Conformar la Comisión de Personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial para el periodo 2023 – 2025 así:

 

Representantes por parte de la administración:  Principales: Gerente Administrativo y Financiero y la Gerente de Contratación, como representantes suplentes al Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y al Jefe de la Oficina de Jurídica; y por parte de los empleados públicos integrantes principales: SANDRA VIVIANA GUTIÉRREZ MENDOZA con cédula de ciudadanía No 53.134.353 de Bogotá y LEONEL PINZÓN REYES identificado con cédula de ciudadanía No. 80.003.727 de Bogotá y suplentes: CARLOS CIRO ASPRILLA CRUZ identificado con cédula No. 79.704.220 de Bogotá y JOSE GABRIEL GUERRA ALMENDRALES cédula No. 73.578.272 de Cartagena.

 

Artículo 3. Secretario Técnico. El Jefe de Personal o quien haga sus veces, actuará como secretario técnico de la Comisión de Personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, quien tendrá voz, pero no voto y en ningún caso podrá ser miembro de la misma y llevará en estricto orden y rigurosidad las actas de las reuniones, de conformidad con los expuesto en la parte motiva de la presente resolución.

 

Artículo 4. Periodo. El periodo de la Comisión de Personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial está comprendido para el periodo 20232025, a partir de la publicación de la presente Resolución a los servidores públicos que la conforman.

 

Artículo 5. Competencia. Será competencia de la Comisión de Personal ejercer las funciones establecidas en la Ley 909 de 2004, sus Decretos Reglamentarios, el Decreto Nacional No. 1083 de 2015, la Resolución 295 de 2017, y demás normas que las modifiquen, adicionen o subroguen.

 

Artículo 6. Notificación y publicación. Notificar y publicar la presente resolución a los servidores públicos que conforman la Comisión de Personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial para el período 2023 – 2025.

 

Artículo 7. Vigencia y Derogatoria: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución Nro. 250 del seis (6) de Julio de 2021.

 

PUBLÍQUESE Y NOTIFIQUESE

 

MARTHA PATRICIA AGUILAR COPETE

 

SECRETARIA GENERAL

 

Nota. Ver norma original en Anexos.