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ACUERDO 159 DE 2023
(Agosto 30)
Por medio del cual se emite concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital una autorización para asumir obligaciones que afectan el presupuesto de vigencias futuras excepcionales de importancia estratégica para las vigencias 2024,2025 y 2026, en Gastos de Inversión.
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA- ESP; EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES Y ESTATUARIAS CONSAGRADAS EN EL LITERAL D; NUMERAL 3 DEL ARTÍCULO 11 DEL ACUERDO 05 DE 019 Y,
CONSIDERANDO:
Que es función de la Junta Directiva. por disposición del literal D del numeral 3 del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019; evaluar las solicitudes de autorización para adquirir obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras y emitir concepto de acuerdo con los procedimientos legales y distritales.
Que conforme a lo establecido en el artículo 39º del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo 5 del Decreto Distrital 191 de 2021, que reglamenta y establece directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales y dicta otras disposiciones, así:
"El CONFIS Distrital, en casos excepcionales para obras de 1nfraestrucfura y para gastos relacionados con la comercialización y producción; que de no ejecutarse pueden causar inevitablemente la. parálisis o afectación en la prestación de un servicio que se de6a satisfacer y garantizar por mandato constitucional, para las. garantías a las concesiones, así como para garantizar aportes sociales, en estas situaciones se podrá autorizar la asunción de obligaciones que. afecten el presupuesto de vigencias futuras, sin que se requiera apropiación en el presupuesto del año en que se concede la autorización, Esta vigencia futura excepcional podrá concederse en último año de gobierno: El monto máximo de las mismas dejará ser consistente con el Plan Financiero Plurianual de la Empresa.
Parágrafo 1.- En el caso que las Vigencias Futuras excepcionales tengan come fuente de financiación recursos de. la Administración Central se deberá consultar el Marco Fiscal de Mediano Plazo.
Parágrafo 2.- Las operaciones de crédito público, sus asimiladas y conexas no requieren la autorización del CONFIS Distrital para asumir obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras Excepcionales. Estos contratos se regirán por las normas que regulan las operaciones de crédito público”:·
Que el artículo 6º del Decreto 191 de 2021 modifica el artículo 41º del Decreto Distrital 662 de 2018 y establece:
Artículo 6º.- Modifíquese el artículo 41 del Decreto Distrital 662 de 2018, el cual quedará así:
"Artículo 41. Viabilidad Fiscal para Vigencias Futuras. Las vigencias futuras que excedan el periodo de gobierno o se soliciten en el último año de gobierno podrán concederse y deberán contar con el aval fiscal por parte del CONFIS Distrital antes de su declaratoria de importancia estratégica por parte del Consejo de Gobierno.
Las Empresas con avales fiscales otorgados deberán tramitar solicitud de autorización de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento.
No se requerirá de nuevo la solicitud aval fiscal o su actualización cuando las fuentes de financiación previstas y la consistencia fiscal con el Marco Fiscal de Mediano Plazo se mantengan."
Que la Empresa requiere desarrollar unos proyectos en Gastos de Inversión que, de no contratarse, podrían ocasionar parálisis o afectación en la prestación del servicio de acueducto y alcantarillado, por lo cual es necesario solicitar una autorización de vigencias futuras de carácter excepcional para los años 2024, 2025 y 2026 de importancia estratégica por valor de CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($48.980.302.853) M/CTE como se detalla a continuación:
: Que conforme a los escenarios de aprobación y financiación de vigencias futuras que se muestran a continuación, las autorizaciones de vigencias futuras para Gastos de Inversión, objeto de esta solicitud, están cubiertas por los techos de gasto establecidos en el Plan Financiero Plurianual vigente, aprobado por la Junta Directiva el 29 de junio de 2023, el cual contempla los lineamientos de política económica y fiscal y el Marco Fiscal de Mediano Plazo, aplicables a las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito. En efecto, el total de las vigencias futuras aprobadas y solicitadas en Gastos de Inversión equivalen a 49% en la vigencia 2024, a 17% en la vigencia 2025 y 1% en la vigencia 2026, de los Gastos de Inversión proyectados en el Plan Financiero, como se observa a continuación:
Escenario de Aprobación de Vigencias Futuras Inversión
Que en sesión No. 2658 de la Junta Directiva de la EAAB-ESP, llevada a cabo el 30 de agosto de 2023, por unanimidad los miembros de Junta Directiva emiten concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital autorización para asumir compromisos que afectan el presupuesto de vigencias futuras excepcionales de importancia estratégica para las vigencias 2024, 2025 y 2026, en Gastos de Inversión, por valor de CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($48.980.302.853) M/CTE.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Emitir concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital autorización para asumir compromisos que afecten el presupuesto de Gastos de Inversión de vigencias futuras 2024, 2025 y 2026, con carácter de excepcionales de importancia estratégica, por valor de CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($48.980.302.853) M/CTE, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes agosto del año 2023.
OSCAR FLOREZ MORENO
Presidente
HEYBY POVEDA FERRO
Secretaria
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