RESOLUCIÓN 041 DE 2024
(Febrero 14)
Por la cual se
incorporan algunos cargos al Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales
para los empleos de la planta de personal de la Región Metropolitana Bogotá –
Cundinamarca, adoptado mediante Resolución 002 del 9 de enero de 2024
EL DIRECTOR DE LA REGIÓN
METROPOLITANA BOGOTÁ CUNDINAMARCA
En ejercicio de las facultades
que le confiere el numeral 17 del artículo 3° del Acuerdo Regional No. 003 de 2022,
y
CONSIDERANDO:
Que a través del Acto
Legislativo 02 del 22 de julio de 2020, que modificó el artículo 325 de la Constitución Política, se creó la Región
Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, reglamentada por la Ley 2199
del 2022, a través de la cual se expidió el régimen especial de la Región
Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.
Que en virtud de lo dispuesto
en el artículo 3 de la Ley 2199 de 2022, la Región Metropolitana Bogotá- Cundinamarca es una entidad administrativa de asociatividad regional
con régimen especial, dotada de personería jurídica de derecho público,
autonomía administrativa y patrimonio propio, a través de la cual las entidades territoriales que la
integran concurren en el ejercicio de las competencias que les corresponden, con el fin de hacer
eficaces los principios constitucionales de coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad en la función administrativa y en la
planeación del desarrollo dada su interdependencia geográfica, ambiental, social o económica.
Que el artículo 122 de
la Constitución Política consagra que no habrá empleo público que no tenga funciones
detalladas en la Ley o Reglamento.
Que la Ley 909 de 2004,
el Decreto Ley 785 de 2005 y el Decreto Reglamentario 1083 de 2015 consagran que las entidades deben expedir sus
Manuales Específicos de Funciones, disciplinas académicas o profesiones, requisitos mínimos y competencias laborales, teniendo en cuenta
el contenido funcional
y las competencias comunes y comportamentales de los empleos
que forman la planta de personal.
Que mediante el Decreto
815 de 2018, modificatorio del Decreto 1083 de 2015, se determinan las competencias laborales comunes a los
empleados públicos y las generales de los distintos niveles jerárquicos en que se agrupan los empleos de las entidades a las cuales
se aplica los Decretos Ley 770 y 785 de 2005.
Que a través Resolución 0667 del 03 de agosto
de 2018 del Departamento Administrativo de la Función
Pública, se adoptó
un catálogo de competencias funcionales para las áreas o procesos
transversales de las entidades públicas y a su vez ordenó
adoptar las competencias funcionales contempladas en el mencionado catálogo.
Que mediante el Acuerdo
Regional 003 del 20 de diciembre de 2022 se determinó la estructura organizacional de la Región Metropolitana Bogotá,
y se dictaron otras disposiciones.
Que mediante el Acuerdo
Regional No. 004 del 20 de diciembre de 2022, se aprobó la planta de personal de la Región Metropolitana Bogotá -
Cundinamarca, y se dictaron otras disposiciones.
Que mediante Resolución 002 del 9 de enero de 2024 se estableció el Manual Específico de Funciones y Competencias
Laborales de la entidad, para los empleos del nivel directivo, asesor,
profesional y asistencial de la
planta de personal de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, la cual se encuentra conformada de la siguiente
manera:
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
|
CARGO
|
CÓDIGO
|
GRADO
|
NÚMERO DE CARGOS
|
|
Director General
|
024
|
06
|
1
|
(Uno)
|
|
Asesor
|
105
|
04
|
1
|
(Uno)
|
|
Profesional Especializado
|
222
|
12
|
1
|
(Uno)
|
|
Secretario Ejecutivo
|
425
|
12
|
1
|
(Uno)
|
|
TOTAL PLANTA
DIRECCIÓN
|
4
|
(Cuatro)
|
PLANTA GLOBAL
|
CARGO
|
CÓDIGO
|
GRADO
|
NÚMERO DE CARGOS
|
|
NIVEL DIRECTIVO
|
|
Subdirector
|
068
|
05
|
3
|
(Tres)
|
|
Jefe Oficina
|
006
|
03
|
4
|
(Cuatro)
|
|
TOTAL PLANTA
|
7
|
(Siete)
|
|
NIVEL ASESOR
|
|
Jefe Oficina Asesora
|
115
|
03
|
2
|
(Dos)
|
|
TOTAL PLANTA
|
2
|
(Dos)
|
|
NIVEL PROFESIONAL
|
|
Profesional Especializado
|
222
|
12
|
8
|
(Ocho)
|
|
Profesional Universitario
|
219
|
07
|
6
|
(Seis)
|
|
Profesional Universitario
|
219
|
15
|
5
|
(Cinco)
|
|
TOTAL PLANTA
|
19
|
(Diecinueve)
|
|
NIVEL ASISTENCIAL
|
|
Asistente Administrativo
|
|
|
3
|
(Tres)
|
|
TOTAL PLANTA
|
3
|
(Tres
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Que al verificar
la estructura de la Resolución No. 002 del 9 de enero de 2024, se evidencia que se omitieron tres cargos de la planta
global dentro del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales
publicado y que los mismos
corresponden a los siguientes cargos:
|
CARGO
|
CÓDIGO
|
GRADO
|
NÚMERO DE CARGOS
|
|
NIVEL PROFESIONAL
|
|
Profesional Especializado
|
222
|
12
|
2
|
(Dos)
|
|
Profesional Universitario
|
219
|
05
|
1
|
(Uno)
|
|
TOTAL PLANTA
DIRECCIÓN
|
3
|
(Tres)
|
Que de conformidad con los establecido en el artículo
122 de la Constitución Política
no habrá empleo
público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento, por lo
que es preciso incorporar al Manual
de Funciones y Competencias Laborales de la Entidad los cargos de la planta
global que no fueron incorporados en la Resolución 002 del 9 de enero de 2024.
Que en mérito de lo expuesto
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Incorporar al
Manual específico de funciones y competencias laborales de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca los siguientes cargos
de la planta global:
|
I. IDENTIFICACIÓN
|
|
Nivel:
|
Profesional
|
|
Denominación del empleo:
|
Profesional Especializado
|
|
Código:
|
222
|
|
Grado:
|
12
|
|
N° de cargos:
|
Nueve (9)
|
|
Dependencia
|
Oficina Asesora de Comunicaciones y Participación Ciudadana
|
|
Cargo del Jefe inmediato:
|
Quien ejerza la supervisión directa
|
|
II. ÁREA FUNCIONAL
OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Desarrollar, coordinar y promover las
estrategias de comunicación para garantizar la
participación ciudadana en la Entidad y el Ágora Metropolitana
|
|
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
|
|
1. Diseñar las
políticas, planes, programas, proyectos, informes y actividades relacionados con la participación ciudadana y el Ágora Metropolitana.
2. Gestionar el
diseño e implementación de prácticas virtuales y presenciales para generar un encuentro con la ciudadanía donde se
establezcan los planes y proyectos sobre las
necesidades de los hechos metropolitanos.
3. Coordinar la
operación del Ágora Metropolitana y demás iniciativas encaminadas a la construcción de programas, planes
y proyectos de la Región
Metropolitana que solucionen las necesidades sobre
los hechos metropolitanos.
4. Liderar la realización de audiencias públicas y demás iniciativas enmarcadas en garantizar el acceso a la información,
deliberación, innovación social, colaboración, formación y control social y ciudadano en torno a las áreas
temáticas y los hechos metropolitanos declarados.
5. Gestionar los
canales de comunicación externos e internos de la Región
Metropolitana, incluyendo la página web y redes
sociales, fomentando una adecuada comunicación con la ciudadanía
organizada y no organizada, los miembros de las corporaciones públicas de los municipios, la academia, organizaciones internacionales y demás
comunidad interesada.
6. Orientar y desarrollar el proceso de conceptualización e implementación de campañas de comunicación pública, acorde con las necesidades de la operación del Ágora Metropolitana.
7. Liderar las
sesiones de participación ciudadana que garanticen la debida participación de los asistentes y la priorización de las iniciativas propuestas tanto en el plan estratégico y de ordenamiento metropolitano, los demás
planes y proyectos.
8. Promover y desarrollar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión de la dependencia.
9. Ejercer la
supervisión o apoyo a la supervisión que le sean asignados por el ordenador del
gasto, de los contratos y/o convenios suscritos por la Región, que guarden relación con el propósito del empleo o las funciones de la Oficina a su cargo
10. Responder por
la memoria institucional, la clasificación, organización y configuración de los archivos de gestión de su área y su
transferencia al archivo central, conforme a las normas especiales que determinen la materia.
11. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la
naturaleza de la dependencia.
12. Ejercer el
autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas para garantizar su correcta ejecución y aplicar
los principios de la función
administrativa en el ejercicio de su empleo.
13. Desempeñar las demás
funciones que le asigne el superior inmediato de acuerdo con la
14. naturaleza del empleo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS
O ESENCIALES
|
|
-
Habilidades de redacción y comunicación.
-
Conocimiento y manejo de programas y herramientas de diseño gráfico.
-
Conocimiento y manejo de herramientas de edición multimedia.
-
Conocimientos de logística.
-
Normatividad vigente
relacionada con participación ciudadana y servicio
al ciudadano.
-
Manejo de Fuentes.
-
Código de Ética.
-
Estatuto Anticorrupción.
-
Formulación, ejecución y evaluación de proyectos.
-
Procesos de integración regional
y cooperación
-
Planeación Estratégica
-
Sistema Integrado de Gestión
-
Ley de Transparencia y Acceso
a la Información
-
Régimen del Servidor Público
-
Herramientas ofimáticas
-
Manejo de Sistemas de Información
|
|
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
-
Aprendizaje continuo
-
Orientación a resultados
-
Orientación al usuario y al ciudadano
-
Compromiso con la organización
-
Trabajo en equipo
-
Adaptación al cambio
-
Uso
de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
|
-
Aporte Técnico - Profesional
-
Comunicación Efectiva
-
Gestión de Procedimientos
-
Instrumentación de decisión
|
|
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en Diseño, del NBC Diseño.
Título profesional en Publicidad, del NBC Publicidad y Afines
Título profesional en Comunicación Social
y Periodismo, del NBC Comunicación Social
Periodismo y afines
Título profesional en Ciencias Políticas o
Relaciones Internacionales del NBC Ciencia Política, Relaciones Internacionales
Título profesional en
Administración de Empresas, Administración Pública del NBC Administración.
Título profesional Sociología, Trabajo Social
del NBC en Sociología, Trabajo
Social y afines
Título de postgrado
en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta o matrícula profesional en los
casos establecidos por
la Ley
|
veintiocho (28)
meses de experiencia profesional relacionada
|
|
|
|
|
I. IDENTIFICACIÓN
|
|
Nivel:
|
Profesional
|
|
Denominación del empleo:
|
Profesional Especializado
|
|
Código:
|
222
|
|
Grado:
|
12
|
|
N° de cargos:
|
Nueve (9)
|
|
Dependencia
|
Oficina Jurídica
|
|
Cargo del Jefe inmediato:
|
Quien ejerza la supervisión directa
|
|
II. ÁREA FUNCIONAL
OFICINA JURÍDICA
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Brindar asistencia jurídica a las dependencias de la Región,
en la aplicación e interpretación de las normas
legales vigentes de contratación, así como las
actividades encaminadas al desarrollo de la gestión
contractual de la Entidad garantizando el cumplimiento de las políticas, procedimientos y normatividad vigente.
|
|
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
|
|
1. Realizar la formulación de políticas, reglamentos y procedimientos relacionados con la actividad
contractual para la adquisición de bienes y servicios, de la Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca.
2. Brindar
orientación jurídica a las dependencias de la Región, en la aplicación e interpretación de las normas
legales vigentes en materia de contratación.
3. Coordinar con
las áreas competentes las actividades necesarias para lograr los fines de la contratación en la entidad.
4. Tramitar los procesos de contratación en las etapas
precontractual, contractual y post-contractual conforme a los procedimientos y la normatividad vigente
5. Elaborar,
evaluar y presentar para la aprobación los pliegos de condiciones y términos de referencia de los procesos de
contratación al ordenador del gasto, en coordinación con las áreas
en donde se genera la necesidad de contratación.
6. Elaborar las
minutas, convenios, contratos, modificaciones, prorrogas o adiciones contractuales, conforme a las necesidades de la Entidad.
7. Integrar el Comité Evaluador que se conforme en los procesos contractuales en que sea asignado.
8. Consolidar junto con el evaluador técnico y financiero del proceso, el Informe de verificación de requisitos habilitantes.
9. Consolidar
las comunicaciones sobre las aclaraciones y subsanaciones que sean necesarias requerir a los
proponentes durante la etapa de verificación de requisitos habilitantes.
10. Elaborar la evaluación jurídica de los procesos contractuales que le sean asignados, teniendo en cuenta para el efecto los pliegos de condiciones,
sus adendas y demás documentos contractuales.
11. Revisar y
presentar para aprobación las garantías únicas de cumplimiento que constituyan los contratistas de la Región
Metropolitana Bogotá Cundinamarca.
12. Adelantar las actuaciones administrativas relacionadas con los procesos sancionatorios y la aplicación de cláusulas exorbitantes que se deriven de la gestión
contractual de la Entidad, de acuerdo con los informes y
requerimientos realizados por el supervisor, atendiendo las disposiciones del
debido proceso.
13. Preparar las
respuestas a los diferentes requerimientos en materia contractual provenientes de usuarios internos y externos de la Entidad.
14. Participar en la identificación, medición y control de riesgos operativos relacionados con los procesos contractuales de la Entidad, así como en la definición de los ajustes
y
planes de mejoramiento que se requieran a los procedimientos planes y
programas relacionados con la
gestión contractual de la Entidad, conforme a los lineamientos institucionales.
15. Ejercer la
supervisión o apoyo a la supervisión que le sean asignados por el ordenador del gasto, de los contratos y/o
convenios suscritos por la Región, que guarden relación con el propósito del empleo o las funciones de la Oficina
a su cargo
16. Responder por
la memoria institucional, la clasificación, organización y configuración de los archivos de gestión de su área y
su transferencia al archivo central, conforme a las normas especiales que determinen la materia.
17. Promover y
desarrollar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión de la dependencia.
18. Las demás
que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS
O ESENCIALES
|
|
-
Constitución Política de Colombia
-
Estatuto General
de la Contratación Pública, sus modificaciones, reglamentos y legislación complementaria.
-
Derecho Administrativo Derecho Procesal Derecho Civil
-
Derecho Comercial
-
Sistema de Gestión de Calidad Planeación
Estratégica Sistema Integrado de Gestión
-
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Régimen del Servidor Público
-
Código
de Ética Herramientas ofimáticas
-
Manejo de Sistemas de Información
|
|
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
|
-
Aprendizaje continuo
-
Orientación a resultados
-
Orientación al usuario y al ciudadano
-
Compromiso con la organización
-
Trabajo en equipo
-
Adaptación al cambio
-
Uso de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
|
-
Aporte Técnico - Profesional
-
Comunicación Efectiva
-
Gestión de Procedimientos
-
Instrumentación de decisión
|
|
|
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
|
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
|
|
Título profesional en:
Derecho, Leyes y
Jurisprudencia, Derecho y Ciencias
Sociales; correspondiente al núcleo básico del
conocimiento de Derecho y Afines.
Título de posgrado.
|
veintiocho (28) meses de experiencia profesional relacionada
|
|
|
|
|
|
|
I.
IDENTIFICACIÓN
|
|
Nivel:
|
Profesional
|
|
Denominación del empleo:
|
Profesional Universitario
|
|
Código:
|
219
|
|
Grado:
|
05
|
|
N° de cargos:
|
Cinco (5)
|
|
Dependencia
|
Oficina Jurídica
|
|
Cargo del Jefe inmediato:
|
Quien ejerza la supervisión directa
|
|
II. ÁREA FUNCIONAL OFICINA JURÍDICA
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
|
|
1. Apoyar en la gestión de definición e
implementación de las políticas, estrategias, planes y programas a cargo de la Región Metropolitana Bogotá
-Cundinamarca desde el componente jurídico.
2. Proyectar las solicitudes de conceptos y consultas jurídicas que le sean asignados.
3. Brindar orientación jurídica a todas las
dependencias de la Región Metropolitana Bogotá -Cundinamarca en relación con la interpretación y aplicación de las disposiciones legales.
4. Proyectar los actos administrativos y
respuestas a entes de control que le sean asignados.
5. Proyectar las solicitudes de revocatoria y
recursos interpuestos contra los actos administrativos u otros pronunciamientos emitidos por la Región.
6. Proyectar las respuestas a los requerimientos
de las autoridades administrativas y judiciales, así como al consolidación y estructuración de las respuestas a los derechos de petición y consulta recibidos en la Región
Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.
7. Adelantar la gestión de defensa judicial de la Entidad, relacionada con las actuaciones administrativas de la Región
Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.
8. Impulsar la etapa de juzgamiento en primera
instancia de los procesos disciplinarios contra
los (as) servidores(as) y exservidores(as) de la Región Metropolitana Bogotá
- Cundinamarca, de conformidad
con el Código General Disciplinario o aquella norma que lo modifique o sustituya y las demás
disposiciones vigentes sobre
la materia.
9. Adelantar el proceso de notificación y/o
comunicación y organización documental de los expedientes disciplinarios en la
etapa de juzgamiento, en los términos y forma establecida en la normativa disciplinaria vigente.
10. Actualizar la información de los procesos
disciplinarios en etapa de juzgamiento que se adelanten contra los(as) servidores (as) y ex servidores (as)
de la Región Metropolitana Bogotá
- Cundinamarca y fijar procedimientos operativos disciplinarios acorde
con las pautas señaladas por la ley.
11. Realizar de manera
oportuna el reporte
de las sanciones impuestas a los servidores(as) y ex
servidores(as) públicos(as).
12. Ejercer la supervisión o apoyo a la supervisión que le sean asignados por el ordenador del gasto, de los contratos y/o convenios suscritos por la Región, que guarden relación con el propósito del empleo o las funciones de la Oficina
a su cargo
13. Responder por la memoria institucional, la clasificación, organización y configuración de los archivos de gestión de su área
y su transferencia al archivo central, conforme a las normas
especiales que determinen la materia.
14. Promover y desarrollar la implementación,
mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión de la dependencia.
15. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS
O ESENCIALES
|
|
- Constitución
Política
- Marco legal, conceptual de Entidades Administrativas de carácter asociativo
- Derecho Administrativo, Disciplinario, Laboral Público y Derecho Privado.
- Defensa Jurídica del Estado.
- Administración Pública
- Presupuesto
Público
- Formulación,
ejecución y evaluación de proyectos.
- Herramientas
ofimáticas
- Conocimientos en materia de Derecho Disciplinario
|
|
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
- Aprendizaje
continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación
al cambio
- Uso de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones
|
- Aporte Técnico - Profesional
- Comunicación
Efectiva
- Gestión de Procedimientos
- Instrumentación de decisión
|
|
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en:
Derecho,
Leyes y Jurisprudencia, Derecho y
Ciencias Sociales; correspondiente al núcleo
básico del conocimiento de Derecho y
Afines.
|
veintidós (22) meses de
experiencia profesional relacionada
|
|
|
|
|
ARTÍCULO 2. De conformidad con el artículo 45 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contenciosos
Administrativo, todas las expresiones “Subgerencia” de la Resolución No. 002
del 9 de enero de 2024 deberán
entenderse como “Subdirección”, al tenor de lo dispuesto por el Acuerdo Regional
No. 003 del 20 de diciembre de 2022.
ARTÍCULO 3. Las demás disposiciones que no han sido modificadas por la
presente resolución se mantienen incólumes
y conservan plena vigencia.
ARTÍCULO 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a
los 14 días del mes de febrero del año 2024.
LUIS FELIPE LOTA
Director
Nota:
Ver norma original en Anexos.