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Decreto Local 004 de 2024 Alcaldía Local de Puente Aranda

Fecha de Expedición:
16/02/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/02/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7941 del 20 de febrero de 2024
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 004 DE 2024

 

(Febrero 16)

 

Por el cual adiciona el Decreto Local No. 003 del 7 de febrero de 2024 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la junta Administradora Local de Puente Aranda entre el nueve (9) de febrero de 2024 y el veintinueve (29) de febrero del 2024

 

EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por la Ley 2116 de 2021 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto Local No. 003 del 7 de febrero de 2024, este despacho convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Puente Aranda entre el nueve (9) de febrero del 2024 y el veintinueve (29) de febrero del 2024.

 

Que en el artículo segundo del referido Decreto se dispuso que, en dichas sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local de Puente Aranda solamente se ocupará de: “1) La postulación, estudio, validación, y aprobación de los perfiles para recibir la primera orden Civil al mérito de la Localidad. 2) El estudio y debate del proyecto de acuerdo para la creación del consejo local de salud mental. 3) La presentación pública de los proyectos contratados en la Vigencia 2023, que presente la administración local. 4) La presentación de los nuevos comandantes de estación y CAIS de Puente Aranda para conocer la estrategia de seguridad que se tiene para la jurisdicción”

 

Que mediante Circular No. 002 del 8 de febrero de 2024, el Secretario Distrital de Gobierno, expidió el “Instructivo para el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas locales – Citación a sesiones extraordinarias de las Juntas Administradoras Locales” y fijó los criterios y parámetros que se deben observar para el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales 2024-2027, y se indicó que el Alcalde o Alcaldesa Local podrá citar a sesiones extraordinarias a partir de la fecha y hasta el 29 de febrero de 2024 a las Juntas Administradoras Locales, teniendo en cuenta que hace parte de sus atribuciones realizar la conformación de ternas para la designación de Alcalde (as) Local, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 1421 de 1993, Decreto Nacional 1350 de 2005 y Decreto Distrital 011 de 2008.

 

Que en consecuencia se hace necesario adicionar el Decreto Local 003 de 2024 para incluir como tema a tratar por la Junta Administradora Local de Puente Aranda durante el período de sesiones extraordinarias entre el nueve (9) de febrero del 2024 y el veintinueve (29) de febrero del 2024, adelantar el proceso para la conformación de las ternas para la designación de Alcalde (as) Local 2024-2027.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

PRIMERO. Adicionar el artículo segundo del Decreto Local 003 del 7 de febrero de 2024, el cual quedara así:

 

SEGUNDO. En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local de Puente Aranda solamente se ocupará de: 1) La postulación, estudio, validación, y aprobación de los perfiles para recibir la primera orden Civil al mérito de la Localidad. 2) El estudio y debate del proyecto de acuerdo para la creación del consejo local de salud mental. 3) La presentación pública de los proyectos contratados en la Vigencia 2023, que presente la administración local. 4) La presentación de los nuevos comandantes de estación y CAIS de Puente Aranda para conocer la estrategia de seguridad que se tiene para la jurisdicción. 5) adelantar el proceso para la conformación de las ternas para la designación de Alcalde (as) Local 2024-2027.

 

TERCERO (sic). El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Se expide en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de febrero del año 2024.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS

 

Alcalde Local de Puente Aranda

 

Nota: Ver norma original en Anexos.