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Acuerdo 174 de 2024 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
29/02/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/02/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7956 del 11 de marzo de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 174 DE 2024

 

(Febrero 29)

 

Por medio del cual se aprueban unos ajustes al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la vigencia fiscal 2024 con base en el cierre de la vigencia 2023

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ ESP, 


EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES Y ESTATUTARIAS CONSAGRADAS EN EL DECRETO DISTRITAL 662 DE 2018; EN EL NUMERAL 1 DEL LITERAL D, DEL ARTÍCULO 11 DEL ACUERDO 05 DE 2019 Y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que es función dé la Junta Directiva por disposición del numeral 1, del literal D, del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019, tramitar las modificaciones y ajustes: presupuestales, de acuerdo con. su. competencia y según lo establecido en el régimen legal vigente y, en particular conforme a-lo dispuesto en él Decreto 662 de 2018 y las normas que lo. adicionen sustituyan o reformen.

 

Que, conforme a lo establecido en los artículos 2° y 3° del Decreto Distrital 191 de 2021, que. reglamenta y establece directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales y dicta otras disposiciones:

 

“Artículo 2°.- Modifíquese -el. artículo 26 del Decreto Distrital 662 de 2018, el cual quedará así: Artículo 26”. Modificaciones presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesta mediante traslados, adiciones, disminuciones y la cancelación de apropiaciones según lo siguiente:

 

Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar la de otra, en la misma cuantía. Adición Presupuestal: Es el incremento a la cuantía de una determinada apropiación o creación de una partida que no estaba prevista en el presupuesto inicialmente aprobado. Disminución Presupuestal: Es la modificación dirigida a reducir el monto de una apropiación: Cancelación de apropiación: Es la supresión de rubros del Presupuesto de Gastos.”

 

Artículo. 3", - Modifíquese el artículo 27 del Decreto Distrital 662 de 2018, el cual quedará así: Artículo. 27.- Aprobación de modificaciones presupuestales. Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y. gastos de inversión serán aprobadas por el CONEIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta O Consejo Directivo de la empresa y de la Secretarla Distrital de Hacienda — Dirección Distrital de Presupuesto. Cuándo se trate de gastos de inversión se requerirá adicionalmente el concepto. previo y favorable: de- la Secretaría Distrital de Planeación. Para. las Empresas Sociales del Estado, antes de su: «aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaria Distrital de Salud.”

 

Que conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 191 de 2021, “El CONFIS Distrital podrá delegaren las juntas o consejos directivos de las empresas distritales descritas en el ámbito de aplicación del Decreto Distrital 662 de 2018, la autorización para efectuar el ajuste al presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversiones en curso de la vigencia, con base en el ejercicio del cierre presupuestal y financiero dela vigencia fiscal inmediatamente. anterior y previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (...)”.

 

Que el CONFIS Distrital mediante Resolución 015 de 2021, aprobó delegar en las juntas o consejos directivos de las Empresas Distritales no financieras a las que hace referencia el artículo 1° del Decreto Distrital 662 de 2018, la facultad para aprobar y modificar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones, y establece en su artículo 4°:

 

“ARTÍCULO 4, — DELEGACIÓN DE AJUSTE AL PRESUPUESTO POR CIERRE PRESUPUESTAL Y FINANCIERO VIGENCIA ANTERIOR, Delegar en. las Juntas o Consejos Directivos de las entidades a que hace referencia el artículo primero de la presenta resolución, la aprobación mediante acto administrativo, del ajuste al presupuesto de rentas y de ingresos y de gastos e inversiones en curso de la vigencia con base-en el ejercicio del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda — Dirección Distrital de Presupuesto...

 

Parágrafo Primero. El ajuste al presupuesto al que hace: referencia el presente artículo no podrá autorizar mayores gastos a los que correspondan la inclusión. de las. cuentas por pagar constituidas".

 

Que la Empresa adelantó el cierre presupuestal de la vigencia fiscal 2023, estableció su Estado de Tesorería y Situación Fiscal, 'su estado de cuentas por pagar y como resultado de éstos identifico los ajustes al presupuesto 2024.

 

Que conforme a su Estado de Tesorería y Situación Fiscal a 31 de diciembre de 2023 se estableció una Disponibilidad Neta en Tesorería recaudada por $535.952.255,313, la cual sumada a unos reconocimientos de: giros en 2023 con cargo a la fuente cupo de endeudamiento por $135.430.574.482, se incrementa a $671.382.829.795, la cual sumada a unas rentas por incluir en el presupuesto de ingresos por $15.044.281.071 (Cuentas por cobrar a la Secretaria del Hábitat y municipio de Soacha por concepto de subsidios) y unas rentas sin situación de fondos por $42.435,680.748 (Fiducia Estación Elevadora Canoas), y restadas las, cuentas por pagar presupuestales por $1.578.307.505.101; establece-un déficit financiero de $849.444.713.487, el cual sumado a un crédito por contratar girado presupuestalmente por $1.616.151.207.365, da - cómo resultadó fiscal un valor positivo de $766.706.493.878.

 

 

Que el presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones aprobado para la vigencia 2024, incluye los valores resultantes de la proyección de cierre 2023 como disponibilidad inicial, ingresos corrientes, recursos de capital, cuentas por pagar, rentas de destinación específica, gastos de la vigencia y disponibilidad final.

 

Que la Circular No DDP-000012 de 2023 emitida por la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, establece: “El rubro de gastos de funcionamiento, operación o inversión de la vigencia 2024 se afectará con la expedición de los Certificados de Disponibilidad Presupuestal CDP y los Registros Presupuestales que reemplacen y respalden las cuentas por pagar constituidas a 31 de diciembre de 2023.”

 

Que el Manual Operativo Presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrital, expedido por la Secretaría de Hacienda Distrital, precisa: “Si la apropiación inicial del rubro Cuentas por Pagar en la vigencia siguiente no fuere suficiente para atender los pagos prioritarios que se presenten, se deberán efectuar los traslados presupuestales internos necesarios para cumplir con dichas obligaciones y posteriormente, en caso de ser necesario, los contracréditos, deben ser restituidos de acuerdo con los escenarios de Cierre Presupuestal”.

 

Que con base en lo señalado anteriormente, se respaldaron y ampararon las cuentas por pagar en el presupuesto de la vigencia 2024, para lo cual se adelantaron traslados presupuestales internos dentro del presupuesto de Gastos de Funcionamiento por $102.485.359.124; inversión por $67.846.295.327 y gastos de operación comercial por $27.093.368.650.

 

Que para la vigencia fiscal 2024 se programó en el presupuesto una disponibilidad inicial por $848.692.243.000; unas cuentas por pagar por $1.380.882.482.000 (funcionamiento $179.984.742.000; inversión $1.093.300.942.000 y gastos de operación comercial $107.596.798.000) y unas rentas de destinación específica por $227.316.058.000 (funcionamiento $10.020.913.000, inversión $1.041.297.674 y en disponibilidad final $216.253.847.326).

 

Que una vez efectuado el cierre de la vigencia 2023 se determinó para la vigencia fiscal 2024 una disponibilidad inicial de $767.086.477.816, unas cuentas por cobrar por concepto de subsidios no programadas en el presupuesto por $15.044.281.071, unos mayores recursos del crédito por $232.183.184.421 para financiar cuentas por pagar; unas cuentas por pagar por $1.578.307.505.101 (funcionamiento $282.470.101.124, inversión $1.161.147.237.327 y Gastos de operación comercial $134.690.166.650), unas Rentas de Destinación Específica por $195.512.735.207 (funcionamiento $9.041.104.725, inversión $1.041.297.674 y en la Disponibilidad Final $185.430.332.808), y un excedente en disponibilidad final por $30.823.514.518.

 

Que con base en lo mencionado en los anteriores párrafos es necesario efectuar los siguientes ajustes:

 

- Disminuir la Disponibilidad Inicial en $81.605.765.184.

 

- Aumentar Ingresos Corrientes en $15.044.281.071, por la incorporación de cuentas por cobrar por concepto de subsidios.

 

- Aumentar los Ingresos por Recursos de Capital en $232.183.184.421, correspondientes a un mayor valor de recursos del crédito para financiar cuentas por pagar.

 

- Aumentar los gastos de funcionamiento en $70.682.036.331, como resultado de un mayor valor de las cuentas por pagar por $71.661.844.606 y unas menores rentas de destinación específica por $979.808.275 (el restante mayor valor de cuentas por pagar $30.823.514.518 se financia con recursos del presupuesto de gastos de funcionamiento de la vigencia).

 

- Aumentar los gastos de inversión en $67.846.295.327 por el mayor valor de las cuentas por pagar.

 

- Aumentar los gastos de operación comercial en $ 27.093.368.650 por el mayor valor de las cuentas por pagar.

 

Que las adiciones en inversión y gastos de operación, por el mayor valor de las cuentas por pagar corresponden al reintegro de las apropiaciones que se contracreditaron temporalmente para financiar el mayor valor de las cuentas por pagar liquidadas al cierre de la vigencia fiscal 2023; en gastos de funcionamiento de los $102.485.359.124 contracreditados temporalmente para financiar el mayor valor de las cuentas por pagar, solo se reintegran $71.661.844.606, los restantes $30.823.514.518 se financia con recursos del presupuesto de gastos de funcionamiento de la vigencia.

 

Que con los ajustes propuestos, el presupuesto 2024 queda conformado así:

 

 

Que el valor de las modificaciones al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2024 corresponden al valor neto de los.ajustes al presupuesto.

 

Que la Secretaría Distrital de Hacienda — Dirección Distrital de Presupuesto, mediante oficio 2024EE05116601 de fecha 28 de febrero de 2024, emitió concepto favorable al presente ajuste al presupuesto de rentas e ingresos y gastos e inversiones de la vigencia 2024.

 

Que en sesión No. 2664 del 29 de febrero de 2024, los miembros de la Junta Directiva, aprobaron por unanimidad la modificación del Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la EAAB-ESP de la vigencia 2024, con base en el cierre de la vigencia 2023.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar un ajuste al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP para la vigencia fiscal 2024, con base en el cierre fiscal de la vigencia 2023, conforme al siguiente detalle:

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes febrero del año 2024.

 

VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL

 

Presidente

 

HEYBY POVEDA FERRO

 

Secretaria

 

Nota: Ver norma original en Anexos.