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Decreto Local 011 de 2022 Alcaldía Local de Santa Fe

Fecha de Expedición:
15/08/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/08/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7857 del 15 de noviembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 011 DE 2022

 

(Agosto 15)

 

Por el cual se modifica el Decreto Local 009 del 15 de julio de 2022

 

EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE

 

En uso de sus funciones y atribuciones constitucionales, legales, en especial las otorgadas en el Decreto Ley 1421 de 1993 de decreto 411 de 2016 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se debe realizar una diferenciación más notoria respecto de las insignias que destacan la medalla al mérito santafereño, en los grados MUISCA, ZIPA y RAFAEL POMBO

 

DECRETA:

 

PRIMERO: Modifíquese el artículo QUINTO del decreto local 009 del 15 de Julio de 2022 el cual quedará así: 


"La medalla al mérito santafereño es la Cruz de Malta, en sus puntas lleva los colores, rojo al centro y amarillo en los laterales, que hacen alusión a la bandera de Bogotá; de cuarenta y cinco milímetros, sobrepuesta en circulo de hojas de frailejón. En su interior tiene incrustado el escudo de la capital, seguido de un círculo en alto relieve con las frases “ALCALDÍA LOCAL DE SANTA FE”. Asimismo, contiene las palabras “MÉRITO SANTAFEREÑO” seguido por el grado “MUISCA”, “ZIPA” o “RAFAEL POMBO”. Su diámetro es de 45 mm y un calibre 1.2 mm. Acompañada de una cinta al pecho de color rojo y amarillo con estuche en pana japonesa roja.

 

La medalla al “Mérito Santafereño Grado Muisca” será de color dorado, la medalla al “Mérito Santafereño Grado Zipa” será de color plata y la medalla al “Mérito Santafereño Grado Rafael Pombo” será de color bronce.

 

Diploma. El diploma que acredita el otorgamiento de la Medalla al mérito santafereño debe ser elaborado en papel pergamino o cartulina blanco, de las siguientes dimensiones: Treinta y cinco ' (35) centímetros de largo por veinticinco (25) centímetros de ancho, con el dibujo del anverso de la medalla al lado izquierdo superior y el reverso al lado derecho superior y en el centro la siguiente leyenda:

 

El suscrito Alcalde Local de Santa Fe (nombre del alcalde local) entrega a: (nombre del condecorado) la medalla el mérito santafereño en el grado (MUISCA, ZIPA O RAFAEL POMBO según corresponda) por los servicios prestados en procura del desarrollo sostenible; los principios y valores del buen vivir, la paz, la concordia, la amistad, el pluralismo étnico, cultural y de género, la seguridad y la convivencia de la localidad dentro y fuera de la jurisdicción local."

 

SEGUNDO: Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., en la Localidad de Santa Fe, a los 01 días del mes de agosto del año 2022.

 

DIEGO FERNANDO HERRERA ROJAS

 

Alcalde Local de Santafé (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.