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DECRETO 022 DE 2023
(Noviembre 02)
Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Chapinero
EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, modificado parcialmente por la Ley 2116 de 2021, el Acuerdo 740 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Bogotá”, corresponde a las Juntas Administradoras Locales reunirse, ordinariamente y por derecho propio, cuatro (4) veces al año, y de manera extraordinaria por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde, evento en el cual sesionarán por el término que señale el Alcalde y únicamente para tratar los asuntos que él mismo someta a su consideración.
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993, corresponde a las Juntas Administradoras Locales aprobar el presupuesto anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, así como sus modificaciones.
Que, de acuerdo con las condiciones financieras actuales del Fondo de Desarrollo Local, el presupuesto para el año 2023 debe ser ajustado conforme a los excedentes existentes, por lo cual se requiere solicitar y gestionar lo correspondiente a los excedentes presupuestales para el Año 2023.
Que, mediante Acuerdo Local No. 003 de 2021 se dispuso la creación del Consejo Local LGBTIQ+ de la Localidad de Chapinero, como un organismo de participación ciudadana, orientador de la política pública local para las personas de los sectores LGBTIQ+, y como máxima instancia de participación ciudadana local en temas de formulación, implementación, seguimiento y desarrollo de una política pública sectorial para la Localidad. Que adicionalmente, la Localidad de Chapinero fue categorizada como Distrito Diverso e Incluyente mediante Acuerdo Local No. 008 de 2023, con el fin de responder a las necesidades sociales de inclusión de la población de la Localidad. Por lo cual es fundamental la modificación del acuerdo local mencionado, con el fin de garantizar los derechos de los sectores LGBTIQ+ de la Localidad.
Que la Localidad de Chapinero es una de las Localidades del Distrito Capital que cuenta con procesos territoriales y ambientales históricos, que contribuyen a fortalecer la seguridad alimentaria de la ciudad, en concordancia con los principios y contenidos del Plan Local de Desarrollo adoptado mediante Acuerdo Local No. 04 de 2020, “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para Chapinero”.
Que, de la misma manera, en atención a las condiciones de ruralidad que presenta la Localidad de Chapinero, a iniciativa del Alcalde Local, se ha proyectado la necesidad de establecer una reglamentación macro mediante la expedición de un Acuerdo Local para la creación del Consejo Local de Huertas y Restauración Ambiental, con el propósito de atender varias de las necesidades de política pública ambiental local.
Que se hace necesario que la Junta Administradora Local, en ejercicio de sus potestades legales y reglamentarias, en especial, las contempladas en el Decreto Ley 1421 de 1993, parcialmente modificado por la Ley 2116 de 2021, y sus demás disposiciones concordantes y aplicables según la materia, conozca, discuta y apruebe las reglamentaciones normativas que se requieren para dar cumplimiento a las políticas sectoriales de la Localidad fundadas en el Plan de Desarrollo Local vigente.
En mérito de lo anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Convocar a la Junta Administradora Local de Chapinero a sesiones extraordinarias para el período comprendido entre el siete (7) de noviembre y el veinte de noviembre de 2023.
ARTÍCULO 2. En las sesiones extraordinarias para las cuales se convoca a Administradora Local de Chapinero se tratarán exclusivamente los temas relacionados con
1.- Estudio, debate y aprobación del proyecto de Acuerdo Local para la modificación parcial de la reglamentación del Consejo Local LGBTIQ+.
2.- Estudio, debate y aprobación del proyecto de Acuerdo Local por medio del cual se crea el Consejo Local de Huertas y Restauración Ambiental para la Localidad de Chapinero.
ARTÍCULO 3: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C, a los 02 días del mes de noviembre del año 2023.
ÓSCAR YESID RAMOS CALDERÓN
Alcalde Local de Chapinero
Nota: Ver norma original en Anexos. |