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Decreto Local 018 de 2023 Alcaldía Local de Santa Fe

Fecha de Expedición:
07/11/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/11/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7857 del 15 de noviembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 018 DE 2023

 

(Noviembre 07)

 

Por medio del cual se concede la Medalla Mérito Santafereño en el Grado De “Muisca -Dorada” a ciudadanos destacados de la Localidad de Santa Fe

 

EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE


en uso de sus funciones y atribuciones constitucionales, legales, en especial las otorgadas en el Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por la Ley 2116 de 2021, decreto 411 de 2016 y

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante Decreto Local 09 de 2022, se creó la medalla al mérito santafereño para los ciudadanos nacionales o extranjeros, altos dignatarios del nivel nacional o territorial, oficiales, suboficiales y demás personal uniformado y civil de las fuerzas armadas y de policía, artistas, deportistas, académicos o científicos quienes por los servicios prestados hayan destacado en su labor, en procura del desarrollo sostenible; los principios y valores del buen vivir, la paz, la concordia, la amistad, el pluralismo étnico, cultural y de género, la seguridad y la convivencia de la localidad dentro y fuera de la jurisdicción local.

 

Que mediante el mismo decreto se crearon los grados MUISCA que podrá otorgarse como el máximo reconocimiento a los ciudadanos nacionales o extranjeros, altos dignatarios del nivel nacional o territorial, oficiales, suboficiales y demás personal uniformado y civil de las fuerzas armadas y de policía, artistas, deportistas, académicos o científicos y ZIPA que podrá otorgarse a los ciudadanos nacionales o extranjeros, altos dignatarios del nivel nacional o territorial, suboficiales y demás personal uniformado y civil de las fuerzas armadas y de policía, artistas, deportistas, académicos o científicos.

 

Queremos reconocer y destacar el valioso trabajo de algunos ciudadanos que realizan actividades en beneficio del desarrollo, la convivencia, la participación política y la democracia en nuestra comunidad. Su compromiso y dedicación para promover el bien común son ejemplos de ciudadanía activa y ejemplar.

 

Vemos como han trabajado incansablemente para mejorar la calidad de vida de nuestros vecinos, fomentar la unidad y cooperación entre distintos sectores, y promover una participación informada y responsable en los asuntos públicos.

 

Igualmente son líderes sociales y agradecemos su incansable labor en la búsqueda de soluciones a los problemas y desafíos que nuestra comunidad enfrenta día a día; con sus habilidades de liderazgo han sido la voz de aquellos que no pueden ser escuchados y su determinación y valentía son dignas de destacar.

 

Respecto a los comerciantes que serán reconocidos, mediante el presente acto, queremos reconocer su aporte al desarrollo económico de nuestra localidad. Su dedicación y emprendimiento no solo generan empleo, sino que también impulsan la dinámica comercial y contribuyen al crecimiento de la comunidad.

 

Igualmente, y no menos importante a todos los ciudadanos que día a día se involucran activamente en los asuntos políticos y sociales, se les reconoce su compromiso con el bienestar de nuestra comunidad. Su participación en los distintos espacios de debate y toma de decisiones es fundamental para construir una sociedad más inclusiva y equitativa.

 

Que de conformidad con los servicios prestados a la ciudad y en especial a la localidad en asuntos relacionados con la seguridad, convivencia, desarrollo económico y social y buen vivir de los capitalinos y santafereños es pertinente conceder la medalla al mérito santafereño en el grado Muisca-Dorada a las personas que se relaciona a continuación:

 

 

DECRETA:

 

PRIMERO: conceder la medalla al mérito santafereño en el grado Muisca-Dorada a las personas que se relaciona a continuación:

 

 

SEGUNDO: Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., Localidad de Santa Fe, a los 07 días del mes de noviembre del año 2023.

 

DIEGO FERNANDO HERRERA ROJAS

 

Alcalde Local de Santa Fe, (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.