Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 008 de 2024 Alcaldía Local de Fontibón

Fecha de Expedición:
07/05/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/05/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8013 de 14 de mayo de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 008 DE 2024

 

(Mayo 07)

 

Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Fontibón, para que se surta el proceso de nueva integración de la terna para la designación de alcalde o alcaldesa local de la Alcaldía de Fontibón para el periodo 2024-2027, por haber sido devuelta

 

EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBON (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que, conforme con lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local; evento en el cual sesionará por el término que éste le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que él mismo someta a su consideración.

 

Que de conformidad al Artículo 31, inciso 2° del reglamento interno de la Junta Administradora Local de Fontibón, Acuerdo Local 002 de 2004, se determina que: “Sor Sesiones Extraordinarias: Las que son convocadas por el Alcalde Local, para el ejercicio de atribuciones limitadas”.

 

Que la Constitución Política de Colombia, dispone en su capítulo IV “Del régimen especial” que Bogotá se organiza como Distrito Capital, cuyo régimen político, fiscal y administrativo será el que determinen la Constitución, las leyes especiales que para el mismo se dicten y las disposiciones vigentes para los municipios.

 

Que conforme a la carta constitucional, el concejo a iniciativa del alcalde, dividirá el territorio distrital en localidades, de acuerdo con las características sociales de sus habitantes, y hará el correspondiente reparto de competencias y funciones administrativas.

 

Que el artículo 323 constitucional señala que: “Los alcaldes locales serán designados por el Alcalde Mayor de tema enviada por la correspondiente junta administradora.”. De igual forma establece que en cada localidad existirá una junta administradora la cual tendrá un periodo de cuatro (4) años, la cual no podrá estar integrada por no menos siete (7) ediles según lo determine el Concejo Distrital, atendida la población respectiva.

 

Que el artículo 84 de la Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 323 de la Constitución Política de Colombia, dispone que los alcaldes y alcaldesas locales serán nombrados por el Alcalde Mayor de terna elaborada por la correspondiente Junta Administradora Local.

 

Que, el Decreto Nacional 1350 de 2005 y el Decreto Distrital No. 011 de 2008, reglamentan el proceso de conformación de ternas para la designación de alcaldes y alcaldesas locales. En relación con la elección de los Alcaldes Locales, el Estatuto Orgánico de Bogotá (Decreto Ley 1421 de 1993), señala - en su artículo 84 - que los alcaldes locales serán nombrados por terna elaborada por la correspondiente Junta Administradora Local.

 

Que, según lo señalado en la Circular No. 002 de 2024, el Secretario Distrital de Gobierno solicitó a los alcaldes y alcaldesas locales convocar a sesiones extraordinarias a las juntas administradoras locales con el objeto de surtir el proceso de integración de ternas para la designación de alcaldes y alcaldesas locales para el periodo 2024-2027.

 

Que mediante oficio de fecha 26 de abril de 2024 con radicado interno No. 20241000229131, el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., y el Secretario Distrital de Gobierno, notificaron al Presidente de la Junta Administradora Local de Fontibón la “Devolución terna para la designación de Alcalde Local de Fontibón”.

 

En la misiva se informa que, “(...) se procede a devolver la tema para la designación de Alcalde Local de Fontibón, con el propósito de que se dé estricto cumplimiento a la normativa referida. Para el efecto el Alcalde Local podrá convocar a sesiones extraordinarias a la Corporación, con el fin de que puedan presentar nuevamente ante la Secretaría Distrital de Gobierno la terna y los documentos respectivos a más tardar el viernes 10 de mayo de 2024, en el horario de 07:00 a.m. a 12:00 m — y de 01:00 p.m. a 4:30 p.m., y de acuerdo con los mismos requisitos exigidos para conformar la terna según lo previsto, en la guía para la radicación de documentos”.

 

Que se hace necesario convocar a la Junta Administradora Local de Fontibón para que en los términos del oficio de fecha 26 de abril de 2024 con radicado interno No. 20241000229131, del Alcalde Mayor de Bogotá D.C surta sesión extraordinaria y presente nuevamente la terna a la Secretaría Distrital de Gobierno para la designación de alcalde o alcaldesa local de la Alcaldía de Fontibón para el periodo 2024-2027, por haber sido devuelta.

 

En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Fontibón (E).

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Convocar a sesiones extraordinarias por el periodo comprendido entre el 10 y 17 de mayo de 2024, con el fin de que la Junta Administradora Local de Fontibón y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1350 de 2005 decida sobre el proceso de integración de la terna para designación de Alcalde Local.

 

Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de mayo del año 2024.

 

DIEGO ALEJANDRO MALDONADO ROLDÁN

 

Alcalde Local de Fontibón

 

Nota: Ver norma original en Anexos.