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Circular 017 de 2024 Secretaría Distrital de Planeación

Fecha de Expedición:
17/05/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 017 DE 2024

 

(Mayo 17)

 

PARA: Subsecretarios(as) de Despacho, Directores(as) de Departamento, Directores y Gerentes de Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas, Empresas Industriales y Comerciales del Estado, Empresas Oficiales y Mixtas de Servicios Públicos Domiciliarios, Sociedades de Economía Mixta, Alcaldías Locales y Entes Universitarios Autónomos y Órganos de Control.

 

DE: Secretario Distrital de Planeación – SDP.

 

ASUNTO: Lineamientos para la implementación de las fases 3 y 4 de la estrategia de participación para la formulación y adopción del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas de Bogotá D.C. 2024-2027- “BOGOTA CAMINA SEGURA”.

 

RADICADO: 3-2024-17720.

 

Los artículos 1 y 2 de la Constitución Política de Colombia, determinan que Colombia es un Estado social de derecho y que uno de sus fines esenciales es facilitar la participación de la ciudadanía en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; así mismo, el artículo 270 ibídem, dispone que la ley organizará las formas y los sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la gestión pública.

 

La Ley 152 de 1994 “Por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo", tiene como propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo y en el literal g) del artículo 3 prevé como principio general el de participación, indicando que durante el proceso de discusión de los planes de desarrollo, las autoridades de planeación velaran porque se hagan efectivos los procedimientos de participación ciudadana.

 

El Decreto Ley 1421 de 1994 (sic) “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”, prevé en su artículo 6 la participación comunitaria y veeduría ciudadana en el Distrito.

 

El artículo 32 de la Ley 489 de 1998, dispone que las entidades y organismos de la Administración Pública tienen la obligación de desarrollar su gestión acorde con los principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, para lo cual se podrá realizar todas las acciones necesarias con el objeto de involucrar a los ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública.

 

El Acuerdo 878 de 2023, establece los lineamientos para el Sistema Distrital de Planeación, la creación de planes de desarrollo y la garantía de la participación ciudadana en el Distrito Capital y su artículo 40 y siguientes determinan aspectos relacionados con la formulación, aprobación, ejecución y evaluación del Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas, integrando la participación ciudadana en este proceso.

 

Los Decretos Distritales 477 de 2023 “Por medio del cual se adopta la Política Pública de Participación Incidente del Distrito Capital 2023 - 2034 y se dictan otras disposiciones”, 495 de 2023 “Por medio del cual se reglamenta el artículo 66 del Acuerdo Distrital 878 de 2023 en relación con la implementación de los Presupuestos Participativos para la ejecución de los Planes de Desarrollo de los Fondos de Desarrollo Local”, 580 de 2023 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 878 de 2023 “Por medio del cual se dictan lineamientos para el sistema distrital de planeación, la creación de planes de desarrollo, se garantiza la participación ciudadana en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones” en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital - CTPD, los Consejos de Planeación Local - CPL y se adoptan otras disposiciones” y 606 de 2023 “Por medio del cual se actualiza el Sistema Distrital de Participación Ciudadana del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”; garantizan el derecho a la participación.

 

Los literales a) y b) del artículo 31 del Decreto Distrital 432 de 2022, establecen como funciones de la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación, las siguientes:

 

“a. Dirigir el proceso de formulación, seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital, en sus niveles distrital y local, articulándolo –con el apoyo de la Oficina de Integración Regional- con su equivalente en los municipios, y con los instrumentos de superior jerarquía del ámbito regional o nacional.

 

b. Coordinar la incorporación, por parte de las entidades distritales, del programa de ejecución de obras del Plan de Ordenamiento Territorial y los planes de acción de las políticas públicas distritales en el Plan de Desarrollo Distrital, con el apoyo de la Subsecretaría de Planeación Territorial.”

 

En el marco de lo anterior, la Secretaría Distrital de Planeación expidió las Circulares 003 de 2024 “Lineamientos básicos para la formulación y adopción del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas de Bogotá D.C. 2024-2028” y la Circular 012 de 2024 “Lineamientos para la implementación de la estrategia de participación para la formulación y adopción del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas de Bogotá D.C. 2024-2028 – “Bogotá Camina Segura” con los siguientes resultados:

 

· Entrega del concepto del Plan Distrital de Desarrollo por parte del Consejo Territorial de Planeación Distrital al Alcalde Mayor, el día 1 de abril de 2024.

 

· Aplicación de sondeos ciudadanos a nivel distrital, por medio del Chatbot del Distrito “Chatico” del 1 de marzo al 16 de abril de 2024 y la realización de diálogos orientados (Territoriales con grupos de valor e instalaciones en calle, Poblacional-diferencial y de género y digitales), cerrando el 16 de abril de 2024 con 148.129 participaciones y 41.832 participantes.

 

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 152 de 1994, el Alcalde Mayor radicó en el Concejo de Bogotá el proyecto de acuerdo “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO CAPITAL 2024-2027 - “BOGOTÁ CAMINA SEGURA, para el debate del articulado y su aprobación.

 

En este sentido, la presente circular establece los lineamientos de las fases 3 “Acuerdos de Ciudad”, y 4 “Reconocimiento de la Acción Colectiva”, que dan continuidad a lo expuesto en la Circular 012 de 2024 de la Secretaría Distrital de Planeación, mediante la cual se dieron los lineamientos para la fase 2 de la estrategia de participación para la construcción del Plan Distrital de Desarrollo - Aspiraciones Comunes.

 

1. Fase 3 de la estrategia de participación para la construcción del Plan Distrital de Desarrollo - Acuerdos de Ciudad

 

Una vez el proyecto de acuerdo del Plan Distrital de Desarrollo ha sido formulado de manera participativa, lo que sucederá con las propuestas recibidas durante la fase 2, se radicará en el Concejo de Bogotá, para su revisión y debate, con el objetivo de analizar y ajustar los componentes del Plan que la corporación estime necesarios y que permitan que Bogotá “Camine Segura”. A esta fase la hemos denominado “Acuerdos de Ciudad”.

 

Esta fase inicia el 1 de mayo, fecha en la que el Concejo de Bogotá debatirá los contenidos del proyecto, mientras que la administración distrital se encargará de realizar el acompañamiento técnico que se requiera en la controversia, así como el despliegue de una estrategia de información y pedagogía, para que la ciudadanía pueda conocer con mayor detalle el proceso que se surte en el debate.

 

1.1.Objetivo: Establecer una estrategia de acompañamiento y pedagogía en el debate del proyecto de acuerdo del Plan Distrital de Desarrollo al interior del Concejo de Bogotá y responder a las propuestas realizadas en la fase 2 por parte de las instancias de participación y ciudadanía en general.

 

1.2. Fechas: 1 al 31 de mayo de 2024. 


1.3. Hitos: 


1.3.1. Instalación del Consultorio del Plan Distrital de Desarrollo en el Concejo Distrital (22 de abril* – 16 de mayo de 2024).

 

1.3.2. Radicación del Proyecto de Acuerdo del Plan Distrital de Desarrollo en el Concejo Distrital (30 de abril de 2024).

 

1.3.3. Pedagogía de ciudad sobre el debate en el Concejo Distrital y los contenidos del PDD (1 de mayo – 30 mayo de 2024).

 

1.3.4. Audiencias Públicas del Concejo Distrital (de acuerdo a la solicitud del Concejo Distrital).

 

1.3.5. Debate en el Concejo Distrital (1 de mayo al 31 de mayo de 2024)

 

1.3.6. Aprobación del acuerdo que adopta el Plan Distrital de Desarrollo (31 de mayo de 2024).

 

 *Aunque la fase 3 de participación arrancó el 1 de mayo, el Consultorio PDD se instaló desde el 22 de abril, para facilitar el acceso a la información, resolución de dudas y pedagogía del instrumento con el Cabildo Distrital.

 

1.4. Productos:

 

1.4.1. Sistematización de las propuestas y preguntas del Concejo Distrital recolectadas mediante el consultorio del Plan de Desarrollo Distrital.

 

1.4.2. Respuestas a las propuestas ciudadanas que solicitaron la inclusión de componentes dentro del PDD, durante la fase 2 de participación.

 

1.4.3. Estrategia de pedagogía y comunicación para la participación en el debate del Plan de Desarrollo Distrital, que contiene piezas con mensajes pedagógicos, cápsulas educativas, piezas audiovisuales, entre otros.

 

1.5. Acompañamiento en la fase 3

 

Para cumplir con el objetivo de establecer una estrategia de acompañamiento y pedagogía en el debate del proyecto de acuerdo del Plan de Desarrollo Distrital en el Concejo de Bogotá y responder a las propuestas realizadas en la fase 2 por parte de las instancias de participación y ciudadanía en general, se establecen los siguientes lineamientos para todos los sectores de la administración distrital:

 

1.5.1. Consultorio del Plan Distrital de Desarrollo en el Concejo Distrital

 

Entre el 22 de abril y el 16 de mayo de 2024, se establece el consultorio del Plan de Desarrollo Distrital en el Concejo Distrital, buscando socializar a los(as) concejales y a sus Unidades de Apoyo Normativo, la estructura del proyecto de acuerdo del Plan Distrital de Desarrollo, las estrategias, los programas, los diagnósticos y las metas correspondientes a cada sector de la administración distrital.

 

Metodológicamente, se propuso una agenda de trabajo en la que durante 17 días se abordan los contenidos generales y financieros del Plan Distrital de Desarrollo, así como cada estrategia y cada programa, su diagnóstico y sus metas asociadas. Estos aspectos son expuestos por los sectores y las entidades del sector descentralizado que se sugiere acompañen las sesiones y que tienen responsabilidad en las acciones mencionadas, siguiendo el carácter intersectorial de la estructura del instrumento, respondiendo a las consultas que se generen en el espacio y recogiendo propuestas (hasta antes de la radicación del proyecto de acuerdo), que encuentren cabida en la formulación del PDD.

 

Durante el consultorio, los concejales podían hacer propuestas a la formulación del PDD, antes del 30 de abril. En este sentido, antes de esa fecha cada sector debía dar respuesta sobre la viabilidad de incluirlas en el documento. Las propuestas y comentarios que se hagan después del 30 de abril, deberán ser radicadas por los concejales a la Comisión del PDD del Concejo de Bogotá, para ser debatidas en las sesiones de dicha corporación, como proposiciones. La meta establecida es la de recepcionar 300 propuestas y solicitudes de información sobre el PDD.

 

Recomendaciones generales:

 

-Envío de información previa para consulta (Proyecto del Plan Distrital de Desarrollo y sus anexos).

 

- Es pertinente que quienes expongan los programas y sus metas asociadas, sean los jefes de las Oficinas de Planeación de cada entidad (y sus equipos), con total conocimiento técnico, financiero y socioeconómico. Es necesario también, tener conocimiento del Plan Distrital de Desarrollo anterior, para responder a inquietudes de carácter comparativo.

 

- De acuerdo con la demanda para asistir al consultorio (cifra indicativa por formulario de preinscripción), las entidades deberán asegurar un número acertado de profesionales para resolver todas las inquietudes.

 

- Las cabezas del sector (Secretarías), deberán acompañar a sus entidades adscritas y vinculadas los días señalados en el cronograma.

 

-  Llevar computador, cargadores y material de apoyo que considere necesario para la atención en el consultorio.

 

- La Secretaría Distrital de Planeación proveerá el material impreso de los programas y metas que corresponden a su sector/entidad, contenidos en el PDD.

 

- La convocatoria y temas operativos del consultorio serán liderados por la Secretaría Distrital de Planeación, quien acompañará todas las sesiones, sin embargo, cada sector será responsable por la relatoría correspondiente en donde relacione las consultas recibidas y las respuestas brindadas. Previamente, se dispondrá de una matriz compartida para tal efecto.

 

1.5.3. (sic) Respuestas a las propuestas de las instancias de participación y la ciudadanía en general, recolectadas en la fase 2

 

Aquellas entidades de la administración distrital que hayan realizado espacios de participación diferenciales con sus grupos de valor, mediante los cuales se presentaron propuestas puntuales para el proyecto de acuerdo del Plan Distrital de Desarrollo, deberán responder a la ciudadanía, mediante una matriz en la que se desagreguen los aportes, si estos fueron integrados o no dentro del PDD, justificando las razones técnicas y financieras en caso negativo, y en caso afirmativo indicando en qué objetivo, programa o meta se encuentran. Esta devolución debe realizarse antes del 17 de mayo de 2024.

 

1.5.4. (sic) Audiencias Públicas del Concejo Distrital

 

Es posible que el Concejo Distrital convoque a la ciudadanía para participar en audiencias públicas del Plan Distrital de Desarrollo. La organización de estos eventos estará a cargo de la corporación con el apoyo de la Secretaría Distrital de Gobierno, pero todos los secretarios y secretarias de despacho deberán acudir con sus equipos directivos a las sesiones.

 

Las audiencias se realizarían en dos (2) días. En el primero, se otorgará la palabra a la ciudadanía para que exprese sus opiniones sobre el Plan Distrital de Desarrollo, y en el segundo, la administración distrital dará respuesta a estos comentarios. La sistematización de las propuestas estará a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación, las cuales serán enviadas a las entidades correspondientes para que preparen las respectivas respuestas.

 

Es necesario precisar que las fechas de las audiencias, su metodología e incluso su realización, podrán variar según las decisiones que tome el Concejo Distrital.

 

1.5.5.(sic) Acompañamiento técnico al debate del Plan Distrital de Desarrollo en el Concejo Distrital

 

El 30 de abril de 2024, se radicó en el Concejo Distrital el proyecto de acuerdo del Plan Distrital de Desarrollo. Es fundamental que todas las entidades estén prestas a asistir a los debates de la corporación, a responder a las inquietudes técnicas y financieras que se presenten y a atender las solicitudes que realice la Secretaría Distrital de Planeación.

 

1.5.6. (sic) Pedagogía de ciudad del Plan Distrital de Desarrollo y su debate en el Concejo Distrital

 

La Secretaría Distrital de Planeación, encabezará el proceso pedagógico e informativo sobre los contenidos del Plan Distrital de Desarrollo y el debate que se presenta en el Concejo Distrital. Para ello, se construirán piezas con mensajes pedagógicos, se realizarán 6 cápsulas educativas en formato tipo serie y un video informativo mostrando la fase en la que se encuentran los aportes de la ciudadanía.

 

De igual forma, la Secretaría Distrital de Planeación entregará un boletín cada tres (3) días sobre los componentes que se han discutido en el Concejo Distrital y los cambios que se pueden producir dentro del proyecto de acuerdo del Plan Distrital de Desarrollo.

 

En esta estrategia, se exhorta a las entidades distritales a replicar la información que se produzca desde la Secretaría Distrital de Planeación y mantener informados a sus grupos de valor sobre el proceso del Plan Distrital de Desarrollo.

 

2. Fase 4 de la estrategia de participación para la construcción del Plan Distrital de Desarrollo - Reconocimiento de la Acción Colectiva

 

Uno de los fundamentos para fortalecer la confianza entre la administración distrital y la ciudadanía, son la información, la retroalimentación y la rendición de cuentas, dirigidas a reconocer los logros de la planeación participativa en la orientación de las decisiones para Bogotá y en devolver los resultados de los aspectos que incidieron o no en la versión final del Plan de Desarrollo Distrital.

 

Así mismo, es preponderante realizar un despliegue pedagógico y de socialización para que los distintos actores y grupos de valor, conozcan en detalle los contenidos del Plan y esto promueva su conocimiento y apropiación, dirigidos a la implementación, seguimiento y control social.

 

2.1. Objetivo: Socializar los resultados de la participación ciudadana frente a la construcción del Plan Distrital de Desarrollo y el contenido de este instrumento de planeación.

 

2.2. Fechas: 13 de junio – 13 de agosto de 2024

 

2.3. Hitos de la formulación:

 

2.3.1. Adopción del acuerdo que adopta el Plan Distrital de Desarrollo (hasta el 13 de junio de 2024).

 

2.3.2. Eventos de devolución y socialización del contenido del Plan Distrital de Desarrollo (13 de junio – 13 de agosto de 2024).

 

2.4. Productos:

 

2.4.1. Acuerdo que adopta el Plan Distrital de Desarrollo.

 

2.4.2. Estrategia de comunicación y pedagogía de los contenidos del Plan Distrital de Desarrollo.

 

2.4.3. Evidencias de las 97 jornadas de devolución y socialización del Plan Distrital de Desarrollo. (Ver apartado 2.5.3.)

 

2.5. Acompañamiento en la fase 4

 

Para cumplir con el objetivo de socializar los resultados de la participación ciudadana frente a la construcción del Plan Distrital de Desarrollo y el contenido de este instrumento de planeación, se establecen los siguientes lineamientos para todos los sectores de la administración distrital:

 

2.5.1. Adopción del Plan Distrital de Desarrollo

 

La adopción del Plan Distrital de Desarrollo, se realizará mediante un acto protocolario del Alcalde Mayor, al cual asistirán los secretarios y las secretarias de despacho y se invitará al Concejo Distrital, al Consejo Territorial de Planeación Distrital y a las Juntas Administradoras Locales. El evento estará a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

2.5.2. Estrategia de comunicación y pedagogía del Plan Distrital de Desarrollo

 

La Secretaría Distrital de Planeación, diseñará una estrategia de comunicación y pedagogía sobre los contenidos del Plan Distrital de Desarrollo, que contará con piezas pedagógicas, cápsulas educativas en formato tipo serie y un video informativo mostrando el resultado de la participación ciudadana y los aspectos fundamentales del Plan Distrital de Desarrollo.

 

En esta estrategia, se exhorta a las entidades distritales a replicar la información que se produzca desde la Secretaría Distrital de Planeación y mantener informados a sus grupos de valor sobre el contenido del Plan Distrital de Desarrollo.

 

2.5.3. Eventos de devolución y socialización del Plan Distrital de Desarrollo

 

Este eje de la fase consolida la idea de reconocer la acción colectiva en la formulación del Plan Distrital de Desarrollo. Para realizar un ejercicio de devolución y socialización a la ciudadanía, en la que se destaquen los aportes y propuestas realizadas, así como el contenido del Plan realizando al menos 97 jornadas de la siguiente manera:

 

2.5.3.1. Diez (10) eventos de devolución, realizados por la Secretaría Distrital de Planeación, en los sectores establecidos por el Modelo de Ordenamiento Territorial:

 

- Centro Ampliado.

 

- Occidente.

 

- Noroccidente.

 

- Suroriente.

 

- Suroccidente.

 

- Norte.

 

- Ruralidad (cuatro eventos).

 

2.5.3.2. Un (1) encuentro con el Consejo Territorial de Planeación Distrital, que estará a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

2.5.3.3. Un (1) evento realizado por cada una de las 65 entidades del Distrito. Pueden ser más espacios según el criterio de la entidad.

 

2.5.3.4. Un (1) evento en cada localidad de la ciudad, que estarán a cargo de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

2.5.3.5. Un (1) evento con cada grupo étnico, previamente concertado, con quienes se trabajó la formulación del PDD, liderados por la Secretaría Distrital de Gobierno y con acompañamiento de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

2.5.3.6. Un (1) evento de devolución distrital con niños, niñas y adolescentes, liderados por la Secretaría de Educación del Distrito y la Secretaría de Integración Social, con acompañamiento de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Recomendaciones generales:

 

- Los contenidos de cada espacio deberán ser construidos por cada entidad, según las temáticas de interés de cada grupo de valor.

 

- La Secretaría Distrital de Planeación, construirá una caja de herramientas para las jornadas de devolución, que incluya las piezas gráficas y los elementos metodológicos básicos de estos escenarios.

 

- Las evidencias de los encuentros serán compiladas por la Secretaría Distrital de Planeación. La entidad que realice el evento deberá enviar: acta, registro fotográfico y asistencia.

 

Les agradezco la atención prestada a la presente directiva, así como la ejecución de la misma conforme a las reglas Constitucionales y reglamentarias referidas.

 

MIGUEL ANDRÉS SILVA MOYANO

 

Despacho Secretaría

 

Proyectó: Diego Alejandro Camacho, Camilo Vásquez, Michael Cruz y Marisol Velasco Peña- Oficina de Participación y Diálogo de Ciudad.

Revisó: Juan Carlos Prieto - Jefe de la Oficina de Participación y Diálogo de Ciudad.

Adriana Bibiana Espitia Morales – Dirección de Análisis y Conceptos Jurídicos.

Deisi Lorena Pardo Peña – Subsecretaria Jurídica (e).

Aprobó: Concepción Castañeda – Asesora de Despacho.

 

Nota: Ver norma original en Anexos.