| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 352 DE 2021
(Septiembre 15)
Por medio de la cual se modifica la Resolución 331 del 17 de junio de 2016 expedida por la Dirección General de la UAERMV
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL – UAERMV
En uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política de 1991; artículos 9 y 10 de la Ley 489 de 1998; artículo 12 de la Ley 80 de 1993 adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007; artículos 14 y 17 del Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá; el numeral 17 del artículo 19 del Acuerdo 10 de 2010 y el numeral 17 del artículo 2 del Acuerdo 11 de 2010 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política de 1991, establece, “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”. Que el artículo 211 de la Constitución Política de 1991, señala que la ley determinara las funciones y condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.
Que los artículos 9 y 11 de la Ley 489 de 1998, definen y señalan los requisitos y condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones. Que mediante Resolución 331 del 17 de junio de 2016, el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial delegó algunas funciones, la cual fue modificada por la Resolución 79 de 2017.
Que en razón de los cambios normativos tanto de carácter interno como externo, la Entidad considera necesario modificar la Resolución 331 de 2016 para delegar facultades inherentes a la competencia para celebrar contratos, la ordenación del gasto, la ordenación del pago y otras, en servidores públicos del nivel Directivo.
En merito a lo expuesto
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el parágrafo primero (sic) del artículo primero de la Resolución 331 de 2016 el cual quedará así:
“PARÁGRAFO PRIMERO: La delegación de la ordenación del gasto y órdenes de pago a nivel de rubro presupuestal quedará de la siguiente forma:
Cuando la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial -UAERMV, ejecute recursos provenientes del Sistema General de Regalías -SGR, o recursos provenientes de organismos multilaterales de crédito, organismos de cooperación, asistencia o ayuda internacional; la ordenación del gasto será delegada a los cargos de nivel directivo que según eje temático guarden relación con las funciones propias de las dependencias, a través de acto administrativo independiente debidamente suscrito por el Director General de la UAERMV.
PARAGRAFO SEGUNDO: Cada ordenador del gasto contará con firma digital habilitada en el sistema de información financiero de la Secretaría de Hacienda Distrital y en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP, para la autorización de los giros de compromisos contractuales a su cargo, así como para la creación, aprobación y formalización de los contratos suscritos por la entidad.
PARÁGRAFO TERCERO: En el evento que por razones técnicas, financieras o administrativas alguno de los rubros presupuestales o proyectos de inversión sean objeto de modificación o supresión; la ordenación del gasto tendrá continuidad en el rubro presupuestal o proyecto de inversión homólogo del rubro modificado o eliminado.
ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería de la Entidad, del proceso de gestión financiera de la Secretaría General, deberá adelantar todos los trámites pertinentes ante las instancias competentes para obtener los permisos, roles y firmas digitales en el sistema de información
financiera de la Secretaría de Hacienda Distrital que se deban asignar a los ordenadores del gasto con ocasión de la delegación contenida en el presente acto administrativo. El Proceso de Gestión Contractual de la Secretaría General deberá adelantar todas las gestiones y trámites pertinentes para crear los roles de los ordenadores del gasto en la tienda virtual del estado colombiano.
ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga expresamente el parágrafo séptimo del artículo primero de la Resolución 331 de 2016 y todas las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de septiembre del año 2021.
ÁLVARO SANDOVAL REYES
Director General
Nota: Ver norma original en Anexos. |