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Resolución 641 de 2024 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
19/09/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/09/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital 8141 del 26 de septiembre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN No 641 DE 2024

 

(Septiembre 19)

 

Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural en Transmilenio Pasan Cosas Buenas e Invitación Cultural Jóvenes Creadores Digitales

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

 

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que:

 

“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

 

Que la Ley 397 de 1997 “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, en su artículo 17 señala:

 

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.

 

Que, así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece: 

 

" (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”

 

Que el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto: 

 

“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.

 

Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.

 

Que el artículo 6 del Decreto Distrital 400 del 2022, contempla como una de las funciones de la Dirección de Transformaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la de: "(…) b. Desarrollar contenidos y metodologías de innovación, ideación y cocreación para la formulación e implementación de programas, estrategias y acciones de Cultura Ciudadana y Transformación Cultural (…)".

 

Que el artículo 7 del citado Decreto, contempla como una de las funciones de la Dirección de Redes y Acción Colectiva de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la de: "(…) b. Gestionar las acciones para la transversalización del enfoque de cultura ciudadana en políticas, planes, programas y proyectos distritales y en otros instrumentos para la planeación estratégica del Distrito. (…)”.

 

Que, en dicho sentido, el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales. 

 

Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de convocatorias que se adapten a las necesidades particulares o concertaciones con las poblaciones, sectores sociales o agentes de la ciudad, y les permita a las organizaciones, colectivos o personas, encontrar otros medios a través de los cuales acceder a recursos económicos o en especie; así como a espacios que les facilite iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

 

Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte- SCRD, a través de la Subsecretaría de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento, ha establecido un Convenio Interadministrativo No. 390 del 2024 con TRANSMILENIO S.A, que tiene como objeto: “(…) Aunar esfuerzos institucionales, técnicos, logísticos y administrativos para el diseño e implementación de estrategias de Cultura Ciudadana que fomenten las buenas prácticas, el respeto y la solidaridad entre los usuarios, así como la valoración y apropiación del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá como bien público y patrimonio de la ciudad (…)”.

 

Que la “Invitación Cultural en Transmilenio Pasan Cosas Buenas” tiene como objeto seleccionar agrupaciones que presenten iniciativas artísticas o culturales de carácter performático o relacionadas con las artes escénicas para el desarrollo de acciones que respondan al objetivo de visibilizar, reconocer, exaltar y agradecer las buenas acciones, el cumplimiento de las normas y las acciones positivas en espacios no convencionales como estaciones o buses que hacen parte de TransMilenio.

 

Que las iniciativas deberán visibilizar, exaltar y agradecer las buenas prácticas, el cumplimiento de las normas, el respeto, la convivencia, la tolerancia y la solidaridad entre los usuarios, así como la apropiación y el sentido de pertenencia hacia TransMilenio como un bien público y patrimonio de la ciudad. Asimismo, se espera que estas iniciativas de acciones performáticas contribuyan a enriquecer la experiencia de los usuarios, promoviendo el cambio comportamental y la transformación cultural mediante la corresponsabilidad y la autorregulación, reconociendo las cosas buenas que suceden en TransMilenio.

 

Que, así mismo,  la “Invitación Cultural Jóvenes Creadores Digitales” tiene como objeto seleccionar a personas naturales o jurídicas que  desarrollen contenidos audiovisuales que puedan ser difundidos de manera orgánica en sus principales redes sociales (FaceBook, Instagram, TikTok, YouTube) en los formatos de mayor consumo y audiencia (videos cortos e historias interactivas)  promoviendo la valoración y apropiación del sistema integrado de transporte como un bien público y un patrimonio de la ciudad, a través de narrativas positivas sobre la importancia y el uso del sistema.

 

Que, para soportar las presentes invitaciones culturales, la SCRD cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se citan a continuación:

 

Invitación

Monto del incentivo

No. de incentivos

Monto total de la invitación

CDP

Dependencia encargada de la invitación

Invitación Cultural en Transmilenio Pasan Cosas Buenas

El valor individual de cada incentivo es de TREINTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($36.400.000)

Quince (15) incentivos económicos

QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($546.000.000)

N.º 1570 del 20 agosto de 2024

Dirección de Transformaciones Culturales

Invitación Cultural Jóvenes Creadores Digitales

El valor individual de cada incentivo es de VEINTICINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($25.000.000)

Veinte (20) incentivos económicos

QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($500.000.000)

N°1569 del 20 de agosto de 2024

Dirección de Redes y Acción Colectiva


Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte da apertura a la “Invitación Cultural en Transmilenio Pasan Cosas Buenas” e “Invitación Cultural Jóvenes Creadores Digitales”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la “Invitación Cultural en Transmilenio Pasan Cosas Buenas” e “Invitación Cultural Jóvenes Creadores Digitales”, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que, en consideración de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la “Invitación Cultural en Transmilenio Pasan Cosas Buenas” e “Invitación Cultural Jóvenes Creadores Digitales”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.

 

PARÁGRAFO: Los incentivos económicos a que hace referencia la invitación que se apertura “Invitación Cultural en Transmilenio Pasan Cosas Buenas” e “Invitación Cultural Jóvenes Creadores Digitales”.  tienen su soporte en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal con números 1570 del 20 agosto de 2024 y 1569 del 20 de agosto de 2024, respectivamente, relacionados en la parte motiva del presente

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación Cultural en Transmilenio Pasan Cosas Buenas” e “Invitación Cultural Jóvenes Creadores Digitales”, se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO TERCERO: La Dirección de Transformaciones Culturales y la Dirección de Redes y Acción Colectiva de la SCRD serán responsables de realizar los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en cada invitación cultural de la cual es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO CUARTO: Solicitar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de cada invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO QUINTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, comunicar el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Fomento, Dirección de Transformaciones Culturales, Dirección de Redes y Acción Colectiva y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

 

ARTÍCULO SEXTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C.


ARTÍCULO SÉPTIMO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


Dado en Bogotá D.C, a los 19 días del mes de septiembre de 2024.


SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

Nota: Ver norma original en Anexos.