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CIRCULAR CONFIS 003 DE 2020
(Mayo 27)
DE: ADRIANA CÓRDOBA ALVARADO - Secretaria Técnica de CONFIS.
ASUNTO: MODIFICACIÓN A LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA LAS LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021-2024 Y PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS
FECHA: 27 de mayo de 2020
De acuerdo con lo establecido en el Decreto Distrital 768 de 2019, el CONFIS Distrital en sesión N° 08 llevada a cabo el día 21 de mayo de 2020, aprobó modificación a LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA LAS LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021-2024 Y PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS, adoptados y aprobados en sesión N° 04 del 28 de febrero de 2020.
La modificación aprobada por el CONFIS Distrital, fue solicitada por este Consejo en desarrollo de la revisión y emisión del concepto previo al Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo Distrital 2020-2024 "Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI", que bajo los principios de concurrencia, subsidiariedad y complementariedad incluye recursos provenientes de los Fondos de Desarrollo Local - FDL que contribuyen a financiar metas del Plan de Desarrollo Distrital relacionadas con la atención de la emergencia generada por el Covid-19 y sus impactos económicos y sociales.
La modificación aprobada corresponde a la revisión efectuada por el CONFIS Distrital sobre propuesta presentada por las Secretarías Distritales de Planeación y Gobierno.
En virtud de lo anterior y en seguimiento de lo establecido en los artículos 7°, 20° y 21° del Decreto Distrital 768 de 2019, el CONFIS Distrital en sesión N° 08 del 21 de mayo de 2020, aprobó y adoptó la MODIFICACIÓN A LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA LAS LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021-2024 Y PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS, así:
I. APROBACIÓN Y ADOPCIÓN DE LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA LAS LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021-2024
DEFINICIÓN DE LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021 -2024
Las líneas de inversión local para el período 2021-2024, están agrupadas en 3 grandes componentes que se presentan a continuación:
a. Inversiones del componente inflexible (45%): Representan los recursos de inversión que las Alcaldías Locales deberán ejecutar con el fin de garantizar la continuidad de bienes y servicios que son necesarios para apoyar y mejorar la gestión local.
Este componente incluye inversiones asociadas a Inspección Vigilancia y Control (IVC), la terminación de sedes administrativas locales que mitiguen el riesgo de generar obras inconclusas para la Alcaldía Local; educación superior y primera infancia cuyo porcentaje de los recursos de inversión no podrá ser inferior al 10% y la garantía a la cobertura del subsidio tipo C y el ingreso mínimo garantizado en el marco del sistema Bogotá Solidaria, creado para responder a los impactos económicos y sociales producto de la pandemia y cuya asignación no podrá ser inferior al 20% de los recursos de inversión.
Tabla No. 1. Componente inflexible 45%
NOTA: La logística para los Encuentros Ciudadanos y los Presupuestos participativos son obligación de las Alcaldías Locales y deben estar incluidos en el Concepto de Fortalecimiento Institucional.
b. Inversiones del componente Presupuesto Participativo (50%): Representan los recursos de inversión que las Alcaldías Locales deberán ejecutar con el fin de complementar y fortalecer las inversiones estratégicas de la administración distrital. La totalidad de los recursos de inversión de este componente deberán ser priorizados a través de ejercicios de presupuestos participativos.
Tabla No. 2. Componente Presupuestos Participativos 50%
- Con cargo a la línea de inversión, los conceptos de gasto contemplarán la infraestructura de apoyo requerida.
c. Inversiones del componente flexible (5%): Este componente contiene un grupo de inversiones que se podrán adelantar por parte de las Alcaldías Locales que así lo requieran. La priorización de los recursos de este componente estará a cargo de la Alcaldía Local. Los conceptos de gasto que a continuación se presentan son indicativos para contar con insumos para orientar las discusiones al interior de cada Alcaldía.
Tabla No. 3. Componente flexible 5%
REGLAS DE DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTAL PARA CASOS ESPECIALES DE LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021 -2024.
1. En aquellas localidades cuyas necesidades de Inversión en temas inflexibles sean superiores a 45%, podrán tomar los recursos faltantes del componente flexible. En este caso, la Alcaldía Local deberá contar con concepto previo favorable de Secretaría Distrital de Planeación y Secretaría Distrital de Gobierno.
2. En cuanto a los recursos destinados a población vulnerable, Subsidio tipo C adulto mayor, estos no podrán incrementarse en razón de la ampliación de oferta por parte de la Alcaldía Local.
3. En aquellas localidades cuyas necesidades de Inversión en temas inflexibles sea inferior a 45%, podrán distribuir el recurso según las necesidades de la localidad tanto en el componente de presupuestos participativos como el componente flexible. En este caso, la Alcaldía Local deberá contar con concepto previo favorable de Secretaría Distrital de Planeación y Secretaría Distrital de Gobierno.
4. Para el caso de la línea de inversión Movilidad y Espacio Público del componente presupuestos participativos, la Alcaldía Local deberá garantizar que los recursos provenientes de la sobretasa a la gasolina se destinen a malla vial y espacio público. REGLAS PARA TRASLADOS PRESUPUESTALES ENTRE LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021-2024.
Una vez definidos los recursos programados por línea de inversión, solamente se podrán adelantar traslados presupuestales entre proyectos de inversión al interior del mismo componente. Para ello, la Alcaldía Local deberá aportar prueba documental donde conste alguna de las siguientes situaciones:
1. Que el proyecto de inversión de donde se contraacredita el recurso, no necesita de más recursos presupuestales durante la vigencia, toda vez que ya realizó los compromisos presupuestales suficientes para garantizar el cumplimiento de la magnitud programada, vista como las metas definidas en los bienes y servicios a entregar con el proyecto. Esta modificación deberá contar con los soportes que la justifiquen.
2. Que el proyecto de inversión de donde se contraacredita el recurso, no haya adelantado los compromisos presupuestales que permitan el avance de la meta por razones de fuerza mayor. Estas razones deberán estar debidamente soportadas en documentos del sector o en actas de mesas de trabajo.
ACTIVIDADES DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021-2024.
1. Todos los conceptos de gasto se desarrollarán mediante documentos de criterios de elegibilidad y viabilidad, conforme al artículo 11 Decreto Distrital 768 de 2019. La Secretaría Distrital de Planeación establecerá los lineamientos, instrumentos y plazos necesarios para la expedición de estos documentos.
2. La comisión Intersectorial de Gestión y Desarrollo Local velará por la incorporación de temas transversales y enfoques poblacional, diferencial y de género en los criterios de elegibilidad y viabilidad de los sectores, en las inversiones donde sea técnicamente viable.
3. La estructura de los proyectos de inversión para la implementación de las líneas de inversión local y sus conceptos de gasto deberá responder a los lineamientos establecidos por la Secretaría Distrital de Planeación.
II. APROBAR LOS PORCENTAJES DE RECURSOS PARA PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS
De acuerdo con lo establecido en el artículo 4° del Acuerdo Distrital 740 de 2019 y en el artículo 20° del Decreto Distrital 768 de 2019, el monto destinado para presupuestos participativos se realizará de la siguiente forma para cada vigencia:
Tabla N° 3 Porcentaje para presupuestos participativos
III. IDENTIFICAR LAS INVERSIONES QUE SERÁN OBJETO DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS A PARTIR DE LAS SEÑALADAS EN LOS CONCEPTOS DE GASTO
Las inversiones del Componente de Presupuestos Participativos 50% detalladas por concepto de gasto en la Tabla N° 2 de las Líneas de inversión local 2021-2024 serán objeto de presupuestos participativos. La totalidad de los recursos de inversión de este componente, deberán ser priorizados a través de ejercicios de presupuestos participativos.
Cabe mencionar que de acuerdo con el artículo 17 del Decreto Distrital 768 de 2019, la Coordinación General de presupuestos participativos definirá los criterios, lineamientos, metodología y cronograma para el ejercicio de los presupuestos participativos.
La presente Circular CONFIS, reemplaza en su totalidad el contenido de la Circular CONFIS 01 del 28 de febrero de 2020.
Cordial saludo,
ADRIANA CÓRDOBA ALVARADO
Secretaria Técnica de CONFIS
Aprobó: Isauro Cabrera Vega- Subsecretario de Planeación de la Inversión - Secretaría Distrital de Planeación. Ángela Rocío Díaz Pinzón - Subsecretaria Jurídica-Secretaría Distrital de Planeación Revisó: Yohana Montaño Ríos - Directora de Análisis y Conceptos Jurídicos - Secretaría Distrital de Planeación Elaboró: Viviana Luz Torres Núñez. Directora de CONFIS (E) -Secretaría Distrital de Planeación
Nota: Ver Circular original en Anexos. |
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