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Acuerdo 199 de 2024 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
30/09/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/09/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8154 del 11 de octubre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 199 DE 2024

 

(Septiembre 30)

 

Por medio del cual se emite autorización de la Junta Directiva de la EAAB-ESP para asumir obligaciones en la vigencia 2024 que afectan el presupuesto de vigencias futuras ordinarias 2025 y 2026, en Gastos de Funcionamiento

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA-ESP, 


EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES Y ESTATUARIAS CONSAGRADAS EN EL LITERAL D, NUMERAL 3 DEL ARTÍCULO 411 DEL ACUERDO 05 DE 2019; EL ARTICULO 9 DEL DECRETO 191; LA RESOLUCION 13 DE 2021 Y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que es función de la Junta Directiva, por disposición, del literal D del numeral 3 del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019, evaluar las solicitudes de autorización para adquirir obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras y emitir concepto de acuerdo con los procedimientos legales y distritales.

 

Que conforme a lo establecido en el artículo 38° del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo 4 del Decreto Distrital 191 de 2021, que reglamenta y establece directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales y dicta otras disposiciones:

 

"El CONFIS Distrital podrá autorizar la asunción de. obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del comprómiso.se lleve a cabo en cada una de ellas siempre y cuando se cumpla que:

 

a) El monto máximo de vigencias futuras, el plazo y sus condiciones consulte las metas. del Plan de Desarrollo Distrital y él Plan Financiero Plurianual de la respectiva empresa.

 

b) Como mínimo, de las vigencias futuras que se soliciten se deberá contar con apropiación del. quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal en las que éstas sean autorizadas.

 

El CONFIS Distrital se abstendrá de otorgar la autorización si sumados todos los compromisos que se pretendan adquirir por esta modalidad y sus costos futuros de mantenimiento y/o administración, exceden la capacidad de endeudamiento de la Empresa.

 

La autorización por parte del CONFIS Distrital no podrá superar el respectivo periodo de Gobierno. Se exceptúan los proyectos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno Distrital previamente los declare de importancia estratégica...”

 

Que conforme a lo estipulado en el artículo 9 del Decreto Distrital 191 de 2021 "la aprobación de vigencias futuras por parte de las juntas directivas o de consejos directivos de las empresas regidas por este decreto, se podrá realizar previa delegación del CONFIS Distrital. En todo caso, deberán cumplirse los requisitos establecidos para cada tipo de vigencia futura en el régimen presupuestal de las empresas... ".

 

Que el CONFIS Distrital mediante Resolución 013 de 2021, aprobó delegar en las juntas o consejos directivos la autorización de vigencias futuras conforme a lo indicado en el artículo 9 del Decreto 191 de 2021, hasta por un treinta (30%) de la apropiación correspondiente a Gastos de Funcionamiento de la vigencia fiscal en la cual se concede la autorización y para cada una de las vigencias que se afecten, según lo establecido en su artículo 2°:

 

"ARTICULO SEGUNDO. Delegar en las Juntas o Consejos Directivos de las Empresas, a que hace referencia el artículo primero de la presente Resolución, la autorización para asumir obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras financiadas con recursos propios y que no superen el periodo de gobierno, hasta por un treinta por ciento (30%) de la apropiación correspondiente a Gastos de Funcionamiento de la vigencia fiscal en la cual se concede la autorización y para cada una de las vigencias que se afecten".

 

Que para las vigencias futuras de Gastos de Funcionamiento no aplica la consulta a las metas del Plan de Desarrollo Distrital. Así, la Empresa pretende desarrollar dos actividades en Gastos de Funcionamiento para lo cual requiere vigencias futuras de carácter ordinario, con el objetivo de garantizar su continuidad. Por lo expuesto es necesario solicitar autorización de vigencias futuras ordinarias por valor de DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS DOCE PESOS M/CTE ($16.906.260.712), como se detalla a continuación:

 

 

Que las autorizaciones de vigencias futuras para Gastos de Funcionamiento, objeto de esta solicitud, están cubiertas por los techos de gasto establecidos en el Plan Financiero Plurianual vigente, aprobado por la Junta Directiva el 27 de septiembre de 2024, el cual contempla los lineamientos de política económica y fiscal y el Marco Fiscal de Mediano Plazo, aplicables a las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito. El total de las vigencias futuras aprobadas y solicitadas en Gastos de Funcionamiento equivalen al 13% en la vigencia 2025, al 14% en el 2026, y para la vigencia 2027 equivalen al 6%, de los Gastos de Funcionamiento proyectados en el Plan Financiero sin incluir las cuentas por pagar.

 

Que conforme a la Resolución 013 de 2021 las presentes autorizaciones en Gastos de Funcionamiento se encuentran dentro del techo de aprobación del 30% delegado en las juntas o consejos directivos, de la vigencia fiscal en la cual se concede la autorización y para cada una de las vigencias que se afecten. Así, conforme a la certificación de la Dirección de Presupuesto de la EAAB-ESP, los gastos cumplen con el requisito de tener mínimo el 15% en la vigencia 2024, de la sumatoria de las vigencias futuras ordinarias solicitadas.

 

Que en sesión No. 2678 de la Junta Directiva de la EAAB-ESP, llevada a cabo el 30 de septiembre de 2024, por unanimidad los miembros de la Junta Directiva autorizan, por delegación del CONFIS Distrital, asumir compromisos que afectan el presupuesto de vigencias futuras ordinarias para las vigencias 2025 y 2026 en Gastos de Funcionamiento, por valor de DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS DOCE PESOS M/CTE ($16.906.260.712).

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar asumir compromisos en la vigencia 2024, que afecten el presupuesto de Gastos de Funcionamiento de vigencias futuras 2025 y 2026, con carácter de ordinarias, por valor de DIECISEIS MIL NOVECIENTOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS DOCE PESOS M/CTE ($16.906.260.712), conforme al siguiente detalle:

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de septiembre del año 2024.

 

Vanessa Alexandra Velasco Bernal

 

Presidente

 

Heyby Poveda Ferro

 

Secretaria

 

Nota: Ver norma original en Anexos.