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Resolución 269 de 2004 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep

Fecha de Expedición:
09/11/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/11/2004
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 269 DE 2004

(Noviembre 09)

Derogada por el art. 1, Resolución 062 de 2024.

Por medio de la cual se adopta el Inventario de Bienes Fiscales disponibles de propiedad del Distrito Capital - Sector Central

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PÚBLICO DE BOGOTA D.C.

En uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por las Leyes 9 de 1989, 80 de 1993 y 489 de 1998, por el Acuerdo 18 de 1999, y los Decretos Distritales 854 de 2001 y 138 de 2002, y

Ver Resolución 162 de 2020. Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público., Resolución 379 de 2022 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep


CONSIDERANDO:

Que el Articulo 3 del Acuerdo No. 018 de 1.999, previene como función atribuida al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PUBLICO, "la defensa, inspección, vigilancia, regulación y control del espacio público del Distrito Capital; la administración de los bienes inmuebles y la conformación del inventario general del patrimonio inmobiliario Distrital", así mismo el artículo 6 ibídem dispone que de igual modo le corresponde, ejercer la administración, directa o indirecta, de todos los bienes inmuebles del nivel central del Distrito Capital. No obstante, los inmuebles donde funcionen las entidades u organismos del nivel central del Distrito Capital, serán administrados directamente por tales autoridades, previa suscripción de la correspondiente acta.

Que de análoga manera, en el literal I) del artículo 4 del citado Acuerdo, se le asigna al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PUBLICO, la función de identificar los espacios de la ciudad destinados a la ubicación de vendedores informales en procesos de reubicación en zonas estratégicas que les permitan adelantar sus actividades, y de igual modo, el literal e) del artículo 7 del Acuerdo mencionado, se previene como función el envío que semestralmente hará este Departamento Administrativo a la Secretaría de Gobierno, del inventario del patrimonio inmobiliario Distrital, con el fin de definir los posibles predios donde sea viable la ubicación de vendedores ambulantes que estén siendo objeto del proceso de reubicación.

Que de conformidad con el numeral 4 del artículo 8 del Decreto Distrital No.138 del 2002, le está atribuido a la Subdirección de Administración Inmobiliaria y del Espacio Público, recibir y entregar los bienes inmuebles que a cualquier título se transfieran a la Defensoría, así como proyectar y recomendar la suscripción de los actos administrativos correspondientes para su debida administración.

Que de igual forma, mediante los artículos 60 y 61 del Decreto Distrital No. 854 del 2001, se delegó en el Director del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PUBLICO, la representación legal del Distrito Capital para celebrar los Convenios Interadministrativos, adjudicar y celebrar todo tipo de contratos o negocios jurídicos relacionados con el patrimonio inmobiliario Distrital, incluyendo aquellos que impliquen actos de disposición sobre bienes de naturaleza fiscal.

Que de conformidad con el artículo 38 la Ley 9 de 1989, "Las entidades públicas no podrán dar en comodato sus inmuebles, sino únicamente a otras entidades públicas, sindicatos, cooperativas, asociaciones o fundaciones que no repartan utilidades entre sus asociados o fundadores ni adjudiquen sus activos en el momento de su liquidación a los mismos, juntas de acción comunal, fondos de empleados y las demás que puedan asimilarse a las anteriores y por un término máximo de cinco (5) años, renovables."

Que de igual manera, la Ley 489 de 1998, "Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones", en su artículo 6, previó los Principios de Coordinación y de Colaboración en los siguientes términos: "En virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales. En consecuencia, prestarán su colaboración a las demás entidades para facilitar el ejercicio de sus funciones y se abstendrán de impedir o estorbar su cumplimiento por los órganos, dependencias, organismos y entidades titulares". Principios que por tanto son de recibo para el debido y oportuno cumplimiento de la gestión administrativa asignada a este Departamento Administrativo en materia de administración inmobiliaria.

Que en virtud a lo anterior, se impone la conformación del Inventario de Bienes Fiscales Disponibles de propiedad del Distrito Capital - Sector Central y su adopción mediante la presente Resolución, con el propósito fundamental de darle publicidad para que sea del conocimiento de las autoridades distritales del sector central y descentralizado del Distrito Capital, básicamente a los fines de sus necesidades inmobiliarias y de solución en la problemática alusiva a la reubicación de los vendedores informales de la ciudad.

Que en mérito de lo expuesto,

Ver la Resolución del D.A.D.E.P. 42 de 2005

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el siguiente Inventario de los Bienes Fiscales Disponibles de propiedad del Distrito Capital - Sector Central, conforme a la parte considerativa de la presente Resolución.

No.

No. Predio

(RUPI)

CODIGO APID

(Archivo del Patrimonio Inmobiliario Distrital)

Dirección

Localidad

Barrio

Tipo Inmueble

Área M2

Datos de Propiedad

Escritura Pública

Folio Matrícula Inmobiliaria

1

2-668

F/008108/CL31-13-76/78

Cll 31 13-76/78

3

Samper Mendoza

Casa Lote en ruinas

183,20

110 17/01/1966 Notaría 3

2

2-898

F/003202/CL1C-6-66

Calle 1C No. 6-66

3

Las Cruces

Casa Lote

239,4

364 10/02/1926 Notaría 2

50C-00752207

3

2-1014

F/003211/CR2E-1F-65

Cra 2E 1F-65

3

Girardot

Lote de terreno

119,17

3615 Notaría 9 4/7/1974

50C-00194338

4

2-1015

F/003211/CR2E-1F-81 (CR2E-2-29)

Cra 2 E 2-29 (Cra 2E 1F-81)

3

Girardot

Lote de terreno

110,62

3880 Notaría 1 17/6/1974

50C-00158669

5

1-26

P/B 083 Calle. 23 A 1-76/78

Calle 23 A No. 1-78

3

Bosque Izquierdo

Lote de terreno

166.80

2610 Notaría 3, 16/06/65

50C-00667683

6

2-1069

F/003211/CR4E-1F-24

Cra 4E 1E-30 (Cra 4 Este 1F-24)

3

Girardot

Lote de terreno

274,8

2451 Notaría 6 2/5/1974

50C-00225295

7

2-1017

F/003211/CR3E-2-17 (CR3E-2A-17)

Cra 3E 2A-17 (Cra 3E 2-17)

3

Girardot

Lote de terreno

192

1460 Notaría 6 02/3/1974

50C-00170643

8

1 -3300

P/A 119 Cl 1F 2-38 (Cl 1E 2-38)

Cll 1E 2-38 E

3

Girardot

Lote de terreno

113,73

1459 Notaría 6 21/3/1974

50C-153038

9

2-1071

F/003211/TR1AE-2A-41

Cra 4E 2B-41 (Tv 1A Este 2A-41)

3

Girardot

Lote de terreno

72,42

3341 Notaría 5 8/7/1974

50C-00231549

10

2-1072

F/003211/TR1AE-2A-77

Cra 4E 2B-77 (Tv 1A Este 2A-77)

3

Girardot

Lote de terreno

84,5

1722 Notaría 6 30/3/1974

50C-00430294

11

2-1117

F/003211/CL2-2-27E

Cll 2 2-27 lote 10 Mz 5637 B (Cll 2 2-27 E)

3

Girardot

Lote de terreno

50,03

1513 Notaría 6 22/03/1974

50C-00065941

12

2-1018

F/003211/CR4E-1F-06 (CR4E-1E-06)

Cra 4E 1E-06 (Cra 4E 1F-06)

3

Girardot

Lote de terreno

100,37

2738 Notaría 6 10/5/1974

50C-00168639

13

2-1085

F/003211/CR2BISE-2A-34)

Cra 3E 2B-34 (Cra 2 bis este 2A-34)

3

Girardot

Lote de terreno

136,69

2266 Notaría 6 24/4/1974

50C-00162644

14

2-1101

F/003211/TR1AE-2A-39 (CR4-2B-39)

Cra 4 2B-39 (TV 1A Este 2A-39)

3

Girardot

Lote de terreno

64,40

2664 Notaría 6 8/5/1974

50C-00067888

15

2-1063

F/003211/CL2-3-15E (CL2B-3-17E-LT27-MZ5662)

Cll 2B 3-17 E Lote 27 Mz 5662 H (Cll 2 3-15 E)

3

Girardot

Lote de terreno

439,50

2360 Notaría 8 10/7/1974

50C-00019410

16

1-3223

P/A 119 Cl 2 2-12 Este (Cl 2A 2-12 Este)

Cll 2ª 2-12 Este (Cll 2 2-12E)

3

Girardot

Lote de terreno

52.08

2251 Notaría 8 1/7/1974

50C-190924

17

2-1028

F/008109/CR6-31-36

Cra 6 31-36

3

San Martín

Casa

51,34

3349 Notaría 1 12/7/1954

50C- 00637157

18

2-1016

F/003211/CR3E-1F-63 (CR3E-2-21/23)

Cra 3E 2-21/23 (Cra. 3 Este 1F-63)

3

Girardot

Lote de terreno

112,21

1664 Notaría 6 28/3/1974

50C-00165233

19

2-1060

F/003211/CL2-2-24E (CL2A-2-24E)

Cll 2 2-24 Este (Cll 2A 2-24 E)

3

Girardot

Lote de terreno

95.61

1624 Notaría 6 26/3/1974

50C-00156459

20

1-3307

P/A119/CL1FBIS-2-12E (CL2E-2-12)

Cl 2 2-12 E (Cll 1F Bis 2-12 E)

3

Girardot

Lote de terreno

51,13

964 Notaría 12 18/6/1974

50C-00161353

21

2-383

F/003202/ AVCL1-7-56

Avda. 1 No. 7-56

3

Las Cruces

Casa

147,10

Sucesión Secundino Navarro del 15-10-1980

50C-00302854

22

1-638

P/S592

Cll 4 10-11

3

San Bernardo

Lote de terreno

274,18

142 Notaría 10 6/8/1958

23

2-1093

F/003211/CL1F-2-48E

Cll 1E 2-48B (Cll 1F 2-48B)

3

Girardot

Lote de terreno

101.21

3724 Notaría 7 2/7/1974

50C-0016898

24

2-1013

F/003211/CL1F-4-25E (CL1E-4-25E)

Cll 1E 4-25 E (Cll 1F 4-25E) SUR

3

Girardot

Lote de terreno

321,16

3042 Notaría 6 21/5/1974

50C-00239857

25

1-1118

F/003211/CL1F-2-56E

Cll 1E 2-56 E (Cll 1F 2-56E)

3

Girardot

Lote de terreno

82,03

2258 Notaría 6 24/4/1974

50C-00222689

26

2-522

F/001114/CR5-15-28S

Cra. 5 No.15-28 Sur

4

Velódromo

Casa

151,00

4208 Notaría 3 9/10/68

050S-0216114

27

2-1026

F/001106/CR4E-19-47/49/51

Cra. 4 Este No. 19A-23

4

San Blas

Lote de terreno

77,53

18 Notaría 3 4/01/47

50C-00209369

28

2-1025

F/001108/DG13S-5-31E (CL13S-5-31E)

Cll 13 Sur 5-31 E (Diag 13 Sur 5-31 Este)

4

San Cristóbal Sur

Lote de terreno

288,24

3334 Notaría 6 30/5/1974

50S-00159774

29

2-1024

F/001108/DG13S-4-05E/4-13E (CL13S-4-05E)

Cll 13 Sur 4 05 E

4

San Cristóbal Sur

Lote de terreno

193,19

693 14/03/03 Notaria 5

50S40417698

30

2-714

F/001302/CL26S-2-26/2-32/2-38/2-46

Cll. 26 Sur No. 2-26/32/38/46

4

Montebello

Lote de terreno

560

EP 0373 28/02/03 Notaría 14,

50S-40417701

31

2-263

F/001101/CR4-0-54S

Cra 4 0-54 Sur

4

Las Brisas

Casa lote

128.07

Sentencia 694 de 30/06/71 Notaría 11

50S-40267357

32

2-1204

F/005402/AV54-103-98-LC10

Avenida 54 No. 103- 98 Local 10 Conjunto Residencial Torres de Valencia

11

Santa Rosa

Local comercial

77.40

Auto 410 de la Superintendencia de Sociedades. 2-11-02

50N-20228100

33

2-777

F/007306/CR19A-63C-40/44

Cra. 19 A No. 63C-40/44

12

Baquero

Apto. Segundo piso

232,50

Sent. Sucesión 27/11/69 JUZGADO 3

50C-301589

34

2-1150

F/006201 Cra 42 No. 24-84/88/92

Cra 42 24-84 (CR 42 24-92)

13

El Recuerdo

Lote de terreno

180,01

686 Notaría 1 11/3/1957

50C-00662770

35

2-219

F/006104/CL20-19-51

Calle 20 No. 19-51

14

La Favorita

Casa Lote

331,11

1470 05/06/01 Notaria 25

50C- 752205

36

2-532

F/002103/CL15S-15-70 ¿ CR 16 -14-80¿/14-86 S

CL15S-15-70 ¿ CR 16 -14-80¿/14-86 Sur

15

El Restrepo

Lote de terreno

412,76

182 18/02/2003 Notaría 27

50S-40424950

37

2-239

F/002103/CL15S-15-40/44/48/50(CL15S-15-32)

Cll 15 Sur 15-40/44/48/50 (Calle 15 Sur No. 15-32)

15

El Restrepo

Lote de terreno

613,80

5194 26/12/2002 Notaría 30

50S-40417683

38

2-1020

F/006215/CL 13-53-26

Cll 13 53-24/28 (Cl 13 53-26)

16

Puente Aranda

Lote de terreno

170,71

498 16/7/1981 Notaría 25

50C-00518077

39

2-182

F/003203/CR7-5-30/36/40/44

Cra. 7 No. 5-40/44

17

Santa Bárbara

Casa lote

1,211

Sentencia Secundino Navarro del 21-10-80 Notaría 15

50S-145651

40

2-439

F/003110/CR6-12-23/25

Cra 6 12-21 Pisos 2 - 3- 4 y 5

17

La Catedral

Oficinas

30,08

Sentencia Secundino Navarro del 21-10-80 Notaría 15

050C-00110642

ARTÍCULO SEGUNDO: El inventario a que hace referencia la presente Resolución será actualizado periódicamente y publicado en la página Web del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, www.dadep.gov.co

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución se comunicará a la Secretaría de Gobierno Distrital y al Fondo de Ventas Populares en los términos del literal e) del artículo 7 del Acuerdo 018 de 1999, para lo de su competencia.

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de noviembre del año 2004.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

GERMAN DARÍO RODRÍGUEZ

Director

Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Publico