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Resolución 702 de 2024 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
16/10/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/10/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8166 del 24 de octubre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 702 DE 2024

 

(Octubre 16)

 

Por medio de la cual se ordena la apertura de las Invitaciones Culturales “curadurías artísticas independientes - Arte Popular Intervenciones artísticas barriales - en el marco de la Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que, los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

 

Que, el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que:

 

“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

 

Que, la Ley 397 de 1997 “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, en su artículo 17 señala:

 

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.

 

Que, así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece: 

 

" (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”

 

Que, el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto: 

 

“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.

 

Que, el literal (j) del artículo 3º del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.

 

Que, dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como aquel mecanismo que busca diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de convocatorias que se adapten a las necesidades particulares o concertaciones con las poblaciones, sectores sociales o agentes de la ciudad, y les permita a las organizaciones, colectivos o personas, encontrar otros medios a través de los cuales acceder a recursos económicos o en especie; así como a espacios que les facilite iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

 

Que, la Secretaría de Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en el marco de la Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá, que se llevará a cabo entre septiembre y noviembre de 2025 en la capital del país, busca proponer una mirada de la ciudad de Bogotá desde diferentes aspectos, como lo son: historia, paisaje urbano, migraciones, naturaleza, la multiculturalidad etc., enmarcados en problemáticas mundiales como el cambio climático, las fake news, la postpandemia, el auge de inteligencia artificial, entre otras tendencias.

 

Que, de acuerdo con lo anterior, la SCRD mediante la “Invitación Cultural curadurías artísticas independientes - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”, invita a curadores(as) independientes, a presentar iniciativas curatoriales enfocadas en algunos de los temas antes mencionados, presentando un eje central conceptual que invite a mirar a la ciudad desde una perspectiva crítica y original.

 

Que, para soportar la “Invitación Cultural curadurías artísticas independientes - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:

 

Invitación

Monto del incentivo

No. de incentivos

Monto total de la invitación

CDP

Dependencia encargada de la invitación

“Invitación Cultural curadurías artísticas independientes- Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”

El valor individual de cada incentivo es de QUINCE  MILLONES DE PESOS ($15.000.000) M/CTE

Cinco (05) incentivos económicos

SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($75.000.000) M/CTE

1714 de 2024

Subsecretaría de Gobernanza.

 

Que, los requisitos y condiciones específicas de participación para la “Invitación Cultural Curadurías artísticas independientes-Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte de Bogotá en el marco de la Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá, que se llevará a cabo entre septiembre y noviembre de 2025 en la capital del país, busca proponer una mirada de la ciudad de Bogotá desde diferentes aspectos, como lo son: historia, paisaje urbano, migraciones, naturaleza o la multiculturalidad.

 

Que, de acuerdo con lo anterior, la SCRD mediante la “Invitación cultural Arte Popular - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”, invita a artistas o agrupaciones a presentar obras de las artes plásticas o visuales relacionadas con las temáticas antes mencionadas.

 

Que, para soportar la “Invitación cultural Arte Popular - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:

 

Invitación

Monto del incentivo

No. de incentivos

Monto total de la invitación

CDP

Dependencia encargada de la invitación

“Invitación Cultural Arte Popular - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”

El valor individual de cada incentivo es de CUATRO  MILLONES DE PESOS ($4.000.000) M/CTE

Treinta (30) incentivos económicos

CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS ($120.000.000) M/CTE

1713 de 2024

Subsecretaría de Gobernanza.

 

Que, los requisitos y condiciones específicas de participación para la “Invitación Cultural Arte Popular - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que, la Secretaría de Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en el marco de la Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá, que se desarrollará en el mismo tiempo descrito para las tres invitaciones culturales ( Curadurías Artísticas Independientes, Arte Popular , Intervenciones artísticas barriales con el fin de promover la creación artística colaborativa y el empoderamiento de las comunidades a través del arte, busca iniciativas que involucren la participación activa de la comunidad en todas las fases del proceso creativo, desde la conceptualización hasta la ejecución.

 

Que, de acuerdo con lo anterior, la SCRD mediante la “Invitación Cultural Intervenciones artísticas barriales - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”, invita a participar a artistas de manera individual o agrupaciones que tengan experiencia e interés en trabajar de manera colaborativa con comunidades a través de iniciativas que buscan generar una reflexión sobre Bogotá y el tema de los proyectos debe estar alineado con los intereses y necesidades de la comunidad con la que se trabajará. Puede abordar temáticas como identidad del territorio, memoria, sostenibilidad, inclusión social, derechos humanos, paisajes urbanos, naturaleza, historia de la ciudad, multiculturalidad, entre otros.

 

Que, para soportar la “Invitación Cultural Intervenciones artísticas barriales - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:

 

Invitación

Monto del incentivo

No. de incentivos

Monto total de la invitación

CDP

Dependencia encargada de la invitación

“Invitación Cultural Intervenciones artísticas barriales - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”

El valor individual de cada incentivo es de TREINTA  MILLONES DE PESOS ($30.000.000) M/CTE

Cinco (5) incentivos económicos

CIENTO CINCUETA  MILLONES DE PESOS ($150.000.000) M/CTE

1712 de 2024

Subsecretaría de Gobernanza.

 

Que, los requisitos y condiciones específicas de participación para la “Invitación Cultural Intervenciones artísticas barriales - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que, de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte da apertura a la  “Invitación Cultural curadurías artísticas independientes- Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”, “Invitación cultural Arte Popular - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025” e “Invitación Cultural Intervenciones artísticas barriales - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que, en consideración de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de las Invitaciones Culturales “curadurías artísticas independientes - Arte Popular Intervenciones artísticas barriales - en el marco de la Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.

 

PARÁGRAFO: Los incentivos económicos a que hacen referencia las invitaciones que se apertura “Invitación Cultural curadurías artísticas independientes- Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”, “Invitación cultural Arte Popular - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025” e “Invitación Cultural Intervenciones artísticas barriales - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025” tienen su soporte en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal con números: 1714,  1713 y 1712 del 11 de octubre de 2024, respectivamente relacionados en la parte motiva del presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación Cultural curadurías artísticas independientes - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025”, “Invitación cultural Arte Popular - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025” e “Invitación Cultural Intervenciones artísticas barriales - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025” se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO TERCERO: La Subsecretaria de Gobernanza de la SCRD será responsable de realizar los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en las citadas invitaciones culturales de las cuales es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO CUARTO: Solicitar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de las invitaciones culturales en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO QUINTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, comunicar el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Fomento, la Subsecretaría de Gobernanza y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

 

ARTÍCULO SEXTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

Dado en Bogotá, D.C, a los 16 días del mes de octubre del año 2024.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte


Nota: Ver norma original en Anexos.