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RESOLUCIÓN 1731 DE 2024
(Octubre 23)
Por medio de la cual se adiciona la resolución No. 301 de 2024 “Por medio de la cual se reasumen unas funciones y se delegan al Jefe de la Oficina Jurídica”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONOMICO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política de Colombia, los artículos 6, 9 a 12 de la Ley 489 de 1998; los artículos 10, 11 y 13 del Acuerdo 257 de 2006 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.
Que el artículo 12 de la Ley 489 de 1998 permite al delegante reasumir las funciones delegadas.
Que la Ley 1437 de 2011 establece que las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad.
Que el artículo 3º de la Ley 1437 de 2011 regula el principio de publicidad, así: “En virtud del principio de publicidad, las autoridades darán a conocer al público y a los interesados, en forma sistemática y permanente, sin que medie petición alguna, sus actos, contratos y resoluciones, mediante las comunicaciones, notificaciones y publicaciones que ordene la ley, incluyendo el empleo de tecnologías que permitan difundir de manera masiva tal información”.
Que el artículo 1º de la resolución 339 de 2023[1], establece: “Delegar en el Empleo de libre nombramiento y remoción, denominado Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, la facultad de celebrar todos los contratos, convenios, negocios jurídicos o acuerdos de voluntades que se deriven del adelantamiento de las diferentes modalidades de selección de contratistas/asociados consagradas en la normatividad vigente aplicable, y en general, todos los actos y documentos propios de cada una de las etapas precontractual, contractual y postcontractual con independencia de su régimen legal y de su cuantía, relacionados con los proyectos de inversión y demás diferentes a funcionamiento, incluso los que no generen erogación y se encuentren relacionados con las actividades a cargo de las diferentes áreas que conforman la estructura de la Entidad”.
Que el artículo 3 del Decreto 100 de 2023[2] señala que “Son funciones de la Oficina Jurídica de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, las siguientes: (…)
b) Dirigir y revisar en los aspectos jurídicos, los proyectos de acuerdo, decreto, resolución o cualquier otro acto administrativo que sea sometido a su consideración y que tengan relación con los asuntos de competencia de la Secretaría. (…)
i) Ejercer la representación judicial de la Secretaría en los diferentes procesos y ante las instancias judiciales y administrativas, de conformidad con la delegación y bajo las directrices e instructivos que en materia de defensa judicial se establezcan en el Distrito Capital. (…) q) Absolver las peticiones que en relación con la celebración, ejecución y liquidación de los acuerdos de voluntades que suscriba la entidad, y de las diferentes etapas de los procesos de selección, formulen las diferentes dependencias de la Secretaría y los particulares”.
Que el artículo 1º del Decreto Distrital 089 de 2021 dispone que: “Delegase a los Jefes y/o Directores de las Oficinas o direcciones Jurídicas y/o Subsecretarios Jurídicos de las entidades y organismos distritales del sector central la representación judicial y extrajudicial de Bogotá, Distrito Capital, en relación con sus respectivos organismos, para todos aquellos procesos, acciones de tutela, diligencias, y/o actuaciones judiciales, extrajudiciales o administrativas que se adelanten con ocasión de los actos, hechos, omisiones u operaciones que realicen, en que participen o que se relacionen con asuntos inherentes a cada uno de ellos, conforme a su objeto, misionalidad y funciones”.
Que a través de la resolución 301 de 2024, se reasumieron algunas de las funciones delegadas mediante resolución 339 de 2023 al empleo de libre nombramiento y remoción del Subsecretario(a) de Desarrollo Económico y se delegó en el Jefe de la Oficina Jurídica la facultad de adelantar los trámites relacionadas con los contratos de cesión de crédito del contrato interadministrativo No. 959 de 2022, suscrito con Central de Inversiones SA CISA, con la finalidad de optimizar el funcionamiento institucional y el cumplimiento de los fines del Estado en aplicación de los principios constitucionales y legales de la función administrativa.
Que al tenor de lo dispuesto por los artículos 2º, 3º y 4º del referido acto de delegación, se facultó al Jefe de la Oficina Jurídica para:
“(…) Artículo 2. Delegación en la Oficina Jurídica. Delegar en el Jefe de la Oficina Jurídica la ordenación del gasto, en el marco de sus competencias para suscribir los contratos de cesión de crédito del contrato interadministrativo No. 959 de 2022, suscrito con Central de Inversiones SA CISA.
Artículo 3. Con la delegación prevista en ese artículo el Jefe Oficina Jurídica queda facultado para adelantar los tramites y las actuaciones requeridas para lograr el cumplimiento de la cesión de las obligaciones a las que se refiere esta resolución.
Artículo 4. Corresponde al delegatario ejercer las atribuciones conferidas conforme a las disposiciones legales vigentes que regulan la materia y responder en los términos de la Constitución Política y la Ley (…)”
Que a pesar de haberse delegado en forma expresa en cabeza del Jefe de la Oficina Jurídica la facultad de suscribir los contratos de cesión de crédito del contrato interadministrativo No. 959 de 2022, suscrito con Central de Inversiones SA CISA, se hace necesario adicionar la resolución 301 de 2024 con el propósito de incluir la facultad de suscribir también los endosos correspondientes a las obligaciones pendientes de remisión a Central de Inversiones SA CISA.
Que por este motivo, en adición a la competencia que fue reasumida por el Despacho respecto de estos contratos, para inmediatamente delegarla en el Jefe de la Oficina Jurídica a través de la resolución 301 de 2024, se resumirá y delegará aquella.
En mérito de lo expuesto,
RESULVE:
Artículo 1. Adicionar la resolución 301 de 2024, por medio de la cual se reasumen unas funciones y se delegan al Jefe de la Oficina Jurídica, así:
Reasunción de funciones. Reasumir la función de celebrar contratos, delegada mediante resolución 339 de 2023 en el Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, exclusivamente en lo relacionado con los contratos de cesión de crédito y los endosos derivados del contrato interadministrativo No. 959 de 2022, suscrito con Central de Inversiones SA CISA.
Parágrafo. El Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Desarrollo Económico continuará ejerciendo las demás funciones delegadas mediante resolución 339 de 2023 distintas a las reasumidas mediante este acto administrativo.
Artículo 2. Delegación en la Oficina Jurídica. Delegar en el Jefe de la Oficina Jurídica la ordenación del gasto, en el marco de sus competencias para suscribir los contratos de cesión de crédito, así como los endosos derivados del contrato interadministrativo No. 959 de 2022, suscrito con Central de Inversiones SA CISA.
Artículo 3. Con la delegación prevista en ese artículo el Jefe Oficina Jurídica queda facultado para adelantar los tramites y las actuaciones requeridas para lograr el cumplimiento de la cesión y el endoso de las obligaciones a las que se refiere esta resolución.
Artículo 4. Corresponde al delegatario ejercer las atribuciones conferidas conforme a las disposiciones legales vigentes que regulan la materia y responder en los términos de la Constitución Política y la Ley.
Artículo 5. La presente resolución rige a partir del día de su publicación en el Registro Distrital de Bogotá.
Artículo 6. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno.
Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de octubre del año 2024.
MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE
Secretaria de Desarrollo Económico
NOTA: Ver norma original en Anexos.
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