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RESOLUCIÓN 734 DE 2024
(Octubre 29)
Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria “En Bogotá nos mueve el respeto” en el marco de la fase III del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
LA SECRETARIA DE DESPACHO (E)
De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, Decreto 371 de 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que: “(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la Ley 397 de 1997 “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”
Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 340 de 2020, artículo 3º, literal j: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”.
Que la misma norma(sic) en el literal (a) del artículo 4, contempla como una de las funciones de la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, la de: "Liderar la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación participativa de las políticas distritales de cultura ciudadana y de transformación cultural".
Que, en dicho sentido, el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado por la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, establece el proceso misional del fomento a la cultural, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, a través de la Subsecretaría de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento, en colaboración con la Secretaría Distrital de Movilidad, busca unir esfuerzos institucionales, técnicos, logísticos y administrativos para desarrollar estrategias que fomenten y fortalezcan la cultura ciudadana. Estas estrategias integrarán actividades artísticas, culturales y recreativas impulsadas por agrupaciones y organizaciones sociales y comunitarias.
Que reconociendo la importancia de la corresponsabilidad entre el sector público, privado y la ciudadanía en la gestión de la cultura y la resolución de problemas urbanos, el objetivo es promover cambios en los comportamientos ciudadanos. Esto se logrará mediante programas y acciones que fomenten el respeto mutuo, fortalezcan el tejido social y promuevan la autorregulación como base de la convivencia.
Que para el desarrollo de las estrategias de fomento y fortalecimiento de la cultura ciudadana, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte suscribió con la Secretaría de Movilidad el Convenio Interadministrativo SDM No. 2024-2855 - SCRD No. 596 de 2024, donde establece herramientas con diversos instrumentos de planeación, como lo son la Política Pública de la Bicicleta, la Política Pública del Peatón y la Política Pública de Cultura Ciudadana.
Que el objeto de la presente convocatoria es incentivar el desarrollo de propuestas de cultura ciudadana innovadoras que, mediante el arte, la cultura y/o la pedagogía social, promuevan comportamientos ciudadanos y cambios culturales sostenibles entre los diversos actores de la movilidad activa (peatones, ciclistas, colectivos, consejeros/as, bicimensajeros/as, entre otros) basados en el respeto, el autocuidado y la cordialidad en la vía. La movilidad activa entendida como una práctica social en la que se satisfacen las necesidades de desplazamiento usando la energía del cuerpo, ya sea caminando o empleando otros medios de transporte que aprovechen al ser humano como motor.
Que las “CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS 2024” son una ruta de acceso a la ciudadanía al programa, que organiza tanto criterios como procesos para participar, verificar, evaluar y otorgar los distintos estímulos, basados en los principios de transparencia, participación, inclusión, cooperación y corresponsabilidad.
Que las condiciones y requisitos de participación de la convocatoria que se apertura mediante el presente acto administrativo se encuentran establecidas en el documento denominado “CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS 2024” y en los documentos que contienen los requisitos específicos de cada una de ellas, los cuales hacen parte integral de la presente resolución, y que serán publicados en el siguiente micrositio: https://sicon.scrd.gov.co/ Que, de conformidad con los requisitos específicos de las convocatorias, el cual indica que: “(…) Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co (…)”. Por lo tanto, la convocatoria que se relaciona en el artículo primero del presente acto administrativo se publicará en el micrositio mencionado en párrafo anterior desde el treinta (30) de octubre de 2024 para los fines correspondientes, y la apertura de la misma será el ocho (8) de noviembre de 2024.
Que para soportar presupuestalmente la convocatoria del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024, relacionada en el artículo primero de la presente resolución, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte cuenta con el siguiente Certificado de Disponibilidad Presupuestal, descrito a continuación:
Que, en virtud del anterior marco normativo, y en desarrollo de la política de fomento, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ordenará la apertura de la convocatoria “En Bogotá nos mueve el respeto” en el marco de la fase III del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2024.
Que, en consideración de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la convocatoria “En Bogotá nos mueve el respeto” en el marco de la fase III del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, el cual se describe de la siguiente manera:
PARÁGRAFO: Los recursos para el desarrollo y ejecución de la convocatoria relacionada, se encuentran amparados con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal relacionado en el presente artículo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la convocatoria del Programa Distrital de Estímulos 2024 que tiene apertura mediante el presente acto administrativo, se encuentra establecido en el documento denominado “CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS 2024”, y en el documento que contiene los requisitos específicos de la convocatoria, el cual forma parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: La Dirección de Redes y Acción Colectiva será responsable de realizar los trámites correspondientes al desembolso de los estímulos, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo.
ARTÍCULO CUARTO Solicitar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la convocatoria en el micrositio: https://sicon.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO QUINTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano comunicar el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Dirección de Fomento, a la Dirección de Redes y Acción Colectiva y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
ARTÍCULO SEXTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano solicitar la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá.
ARTÍCULO SEPTIMO: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación y contra este no proceden los recursos en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de octubre del año 2024.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
NATHALIA RIPPE SIERRA
Secretaria de Despacho (E)
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Nota: Ver norma original en Anexos. |