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Acuerdo Regional 019 de 2024 Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca

Fecha de Expedición:
23/10/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/12/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8202 del 02 de diciembre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO REGIONAL 019 DE 2024

 

(Octubre 23)

 

Por medio del cual se concede autorización al director de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca para suscribir convenios o contratos por una cuantía superior a dos mil (2.000) SMMLV

 

EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ - CUNDINAMARCA

 

En ejercicio de las facultades constitucionales, legales y estatutarias, en especial, las conferidas por el artículo 62 del Acuerdo Regional 01 de 2022, y

 

CONSIDERANDO

 

Que a través del Acto Legislativo 02 del 22 de julio de 2020, el cual modifica el artículo 325 de la Constitución Política, se crea la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, reglamentada por la Ley Orgánica 2199 del 2022, con la cual se adopta su régimen especial y se define su reglamento de su funcionamiento, en el marco de la autonomía reconocida a sus integrantes por la Constitución Política.

 

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 de la citada Ley Orgánica 2199 de 2022, la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca es una entidad administrativa de asociatividad regional con régimen especial, dotada de personería jurídica de derecho público, autonomía administrativa y patrimonio propio.

 

Que el articulo 9 ibidem establece las competencias que, en el marco de los principios de concurrencia, complementariedad, coordinación y subsidiariedad, corresponde ejercer a la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.

 

Que el artículo 10 de la mencionada Ley Orgánica 2199 de 2022 consagra que la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca ejercerá sus competencias, entre otras, en el área temática de Seguridad Alimentaria y Comercialización.

 

Que el literal c) del numeral 7 del artículo 21 de la citada Ley, dispuso que el Consejo Regional de la Región Metropolitana deberán, en concordancia con la ley, fijar los límites, naturaleza y cuantía de los contratos que puede celebrar el director Metropolitano, así como señalar los casos en que requiere autorización previa del Consejo.

 

Que es función del director de la Región Metropolitana, de conformidad con el numeral 7 del artículo 27 de la Ley Orgánica 2199 de 2022, celebrar los contratos necesarios para la administración de los servicios, la ejecución de las obras y el cumplimiento de las funciones propias de la Región Metropolitana, de acuerdo con las autorizaciones, límites y cuantías que al respecto le fije el Consejo Regional.

 

Que, al Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, aunque no sobrepaso el porcentaje establecido en el acuerdo No 5 de 1998, acoge la solicitud de reducción de recursos informada por la Secretaría de Hacienda Distrital y solicita la modificación en su presupuesto mediante radicado No.20242000039901 del 19 de abril del 2024, solicitando la reducción de recursos.

 

Que, mediante el Acuerdo Regional No. 01 de 2022, se adoptaron los Estatutos de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, los cuales establecieron en su artículo 62 que, de conformidad con lo previsto en el numeral 7 del artículo 27 de la Ley 2199 de 2022, los contratos que celebre la Región Metropolitana serán suscritos por el director o su delegado. Asimismo, dispuso que aquellos contratos cuya cuantía exceda los dos mil (2.000) SMMLV, así como los contemplados en el literal d) del numeral 7 del Artículo 21 ibídem, requerirán autorización previa del Consejo Regional para ser celebrados.

 

Que mediante Acuerdo Regional No. 009 de 2023, el Consejo Regional declaró los siguientes hechos metropolitanos del área temática de Seguridad Alimentaria y Comercialización i) Gestión del sistema de abastecimiento y comercialización agropecuaria para mayor eficiencia de la relación funcional entre la producción y el consumo; y ii) Gestión del sistema de logística y distribución de alimentos para reducir ineficiencias y sus impactos sociales, económicos y ambientales.

 

Que en el marco de los hechos metropolitanos declarados, y ante la necesidad de potenciar el sistema de abastecimiento, comercialización y logística de alimentos en la región y contribuir a mejorar la seguridad alimentaria de los habitantes de las entidades territoriales asociadas a la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, se precisa contar con un programa enfocado en promover la comercialización de productos agropecuarios, la asociatividad y la articulación de la producción regional mejorando las condiciones de pago para los productores campesinos con el fin de mejorar la seguridad alimentaria de los habitantes de Bogotá y Cundinamarca.

 

Que el Documento Técnico de Soporte (DTS) relacionado con el hecho metropolitano de “Gestión del sistema de abastecimiento y comercialización agropecuaria para mayor eficiencia de la relación funcional entre la producción y el consumo” señala que “COMPRAMOS TU COSECHA REGIONAL” es uno de los proyectos a implementar por parte de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.

 

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° del Acuerdo Regional No. 12 de 2023, a través del cual el Consejo Regional aprobó el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento e Inversión de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y su Plan Anual de Inversiones para la vigencia fiscal del 2024, se contempla la inversión de recursos de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca por SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES DE PESOS ($7.326.000.000) M/CTE, destinados a la implementación del programa “COMPRAMOS TU COSECHA REGIONAL”, tal como lo establece el anexo No. 3 del Acuerdo Regional No. 12 de 2023.

 

Que el programa “COMPRAMOS TU COSECHA REGIONAL” será una estrategia integral que tendrá como objetivo contribuir a satisfacer las necesidades de seguridad alimentaria de las entidades territoriales asociadas a la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, a través de la compra y venta directa de alimentos, lo cual permitirá reducir los eslabones de intermediación y a su vez obtener alimentos en las cantidades y calidades requeridas por la población.

 

Que con los recursos contemplados para la implementación del programa “COMPRAMOS TU COSECHA REGIONAL”, la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca pretende financiar la operación de una iniciativa integral que contempla la generación de canales de comercialización regionales, la implementación de encadenamientos comerciales, el desarrollo de procesos de compra y venta de alimentos y el apoyo a la gestión logística y de suministro requeridas para satisfacer las necesidades de seguridad alimentaria de los habitantes de las entidades territoriales asociadas a la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.

 

Que, en consideración a lo anterior, es viable autorizar al director de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca para que celebre los contratos o convenios, cuya cuantía supere dos mil (2.000) SMMIY, que se requieran para implementar el programa “COMPRAMOS TU COSECHA REGIONAL” para contribuir a mejorar los índices de inseguridad alimentaria de la población de las entidades asociadas a la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA

 

Artículo 1. AUTORIZAR al director de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca para celebrar contratos o convenios cuya cuantía exceda los dos mil (2.000) smmlv, en el marco de la implementación del programa COMPRAMOS TU COSECHA REGIONAL”, comprometiendo recursos de la Región Metropolitana hasta por la suma de SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES DE PESOS ($7.326.000.000) M/CTE, de conformidad con la parte motiva de este acto administrativo.

 

Artículo 2. VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en la Gaceta Departamental de Cundinamarca, en el Registro Distrital de Bogotá, D.C. y en la página electrónica de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.  

 

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días de octubre del año 2024.

 

CAREÓS FERNANDO GALÁN

 

Presidente

 

LUIS FELIPE LOTA

 

Secretario Técnico

 

Nota: Ver norma original en Anexos