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Resolución Regional 480 de 2024 Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca

Fecha de Expedición:
05/12/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/12/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8210 del 09 de diciembre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 480 DE 2024

 

(Diciembre 05)

 

Por la cual se efectúa la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos para la vigencia fiscal 2024 de la Agencia Regional de Movilidad y se dictan otras disposiciones

 

EL DIRECTOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ - CUNDINAMARCA

 

En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 6 del artículo 27 de la Ley 2199 del 2022, el artículo 36 del Acuerdo Regional 004 del 2023; y

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que el artículo 32 de la Ley 2199 del 2022 creó la Agencia Regional de Movilidad a través de la cual la Región Metropolitana ejercerá la autoridad Regional de Transporte, como entidad pública adscrita a la Región Metropolitana, encargada de la planeación, gestión y cofinanciación de la movilidad y el transporte a nivel regional. Esta entidad estará a cargo del Sistema de Movilidad Regional, el cual está integrado por el conjunto de infraestructuras y servicios de transporte público y privado de carácter regional que conectan las personas y mercancías entre los municipios del ámbito geográfico de la movilidad, así como los demás elementos requeridos para su organización, planeación, gestión, regulación, financiación y operación.

 

2. Que, mediante el Acuerdo Regional 004 de 2023, se expidió el Estatuto Presupuestal de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, el cual de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 regula el Sistema Presupuestal de la Región Metropolitana compuesto por el presupuesto anual del nivel central de esta entidad y el presupuesto de sus entidades adscritas asimiladas presupuestalmente a los establecimientos públicos, por tanto, todas las disposiciones en esta materia deben ceñirse a las prescripciones allí contenidas. 

 

3. Que, particularmente, el artículo 7 del referido Estatuto Presupuestal establece que el Acuerdo General de Presupuesto es el acto administrativo que contiene las proyecciones de rentas y gastos de la Región y sus entidades adscritas previa aprobación de las juntas directivas para cada vigencia fiscal, cuya formulación corresponde a la Administración de la Región Metropolitana. Conforme a lo cual el proyecto de acuerdo de presupuesto es radicado por el Director de la Región Metropolitana ante el Consejo Regional, para su debate y aprobación.  

 

4. Que, por otra parte, a través del Acuerdo Regional 007 del 2024, se adoptaron los estatutos de la Agencia Regional de Movilidad como entidad adscrita a la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, la cual es una Agencia Estatal de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la rama ejecutiva del orden territorial, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y técnica y patrimonio independiente.

 

5. Que el artículo 23 del Acuerdo Regional ibidem, estableció entre otros que “(…) El patrimonio y rentas de la Agencia Regional de Movilidad podrá estar constituido por los aportes iniciales y sus incrementos directos, y/o por las asignaciones o transferencias de los recursos de la Región Metropolitana (…)”.

 

6. Que de conformidad con lo anterior, el Director de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca expidió la Resolución 367 del 7 de octubre de 2024, la cual contempló el traslado de recursos por valor de DOS MIL TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS ($2.036.133.997) entre los rubros presupuestales Unidad Ejecutora - Agencia Regional de Movilidad y el de trasferencias corrientes, con el fin que esta entidad atienda los requerimientos de Gastos de Funcionamiento e Inversión que implique su entrada en funcionamiento.

 

7. Que en consideración a la existencia de partida presupuestal como transferencia corriente para la Agencia Regional de Movilidad, mediante el Acuerdo No. 02 del 5 de noviembre de 2024, la Junta Directiva de la Agencia Regional de Movilidad  aprobó  el Anteproyecto de Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2024, por la suma de de DOS MIL TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS M/CTE. ($2.036.133.997), para su posterior presentación y  aprobación ante el Consejo Regional de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, en cumplimiento de lo establecido en el literal a) del numeral 6 del artículo 21, “a) Aprobar el Plan de Inversiones y el Presupuesto Anual de Rentas y Gastos de la Región Metropolitana y sus entidades.”, de la Ley 2199 de 2022.

 

8. Que el Director de la Región Metropolitana presentó el 14 de noviembre de 2024 ante el Consejo Regional, el Anteproyecto de Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la Agencia Regional de Movilidad para la vigencia fiscal 2024, donde en cumplimiento de lo dispuesto en el literal b) del artículo 29 del Acuerdo Regional 4 de 2023 presentó un anexo con el detalle del proyecto de presupuesto de ingreso y las apropiaciones destinadas al gasto que pretenden realizarse durante la vigencia fiscal 2024. 

 

9. Que el Consejo Regional de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca expidió el Acuerdo Regional 021 de 14 de noviembre de 2024, por medio del cual se aprobó el presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la Agencia Regional de Movilidad de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca para la vigencia fiscal 2024, por valor de DOS MIL TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS ($2.036.133.997) y el presupuesto anual de  gastos e inversiones y plan anual de inversiones  para la vigencia fiscal 2024 por valor de DOS MIL TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS ($2.036.133.997).

 

10. Que conforme con lo establecido en el artículo 36 del Acuerdo Regional 04 de 15 de agosto de 2023, al Director de la Región Metropolitana “le corresponde expedir la resolución de liquidación del presupuesto anual aprobado por el Consejo Regional, teniendo en cuenta los soportes presentados para su debate y que se tuvieron en cuenta para la aprobación, discriminando las cuentas conforme al Catálogo Integrado de Clasificación Presupuestal vigente, junto con un anexo en donde se desagreguen los gastos”.  

 

Que, en virtud de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. LIQUIDAR EL PRESUPUESTO ANUAL DE RENTAS E INGRESOS. Liquidar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de la Agencia Regional de Movilidad para la vigencia fiscal de 2024, por la suma de DOS MIL TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS M/CTE. ($2.036.133.997), conforme con el siguiente detalle:

 

CAPÍTULO I

 

INGRESOS

 

            CÓDIGO                     

DESCRIPCIÓN

 VALOR ($)

1

INGRESOS

2.036.133.997

1.1

INGRESOS CORRIENTES

2.036.133.997

1.1.02

INGRESOS NO TRIBUTARIOS

2.036.133.997

1.1.02.06

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

2.036.133.997

1.1.02.06.006

TRANSFERENCIAS DE OTRAS ENTIDADES DEL GOBIERNO GENERAL

2.036.133.997

1.1.02.06.006.06

OTRAS UNIDADES DE GOBIERNO

2.036.133.997

1.1.02.06.006.06.10

REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA

2.036.133.997

 

ARTÍCULO 2. LIQUIDAR EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO E INVERSIONES. Liquidar el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento e Inversiones de la Agencia Regional de Movilidad para la vigencia fiscal de 2024, por la suma DOS MIL TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS M/CTE. ($2.036.133.997), conforme con el siguiente detalle:

 

CAPÍTULO II

 

GASTOS

 

RUBRO

DESCRIPCIÓN

 VALOR ($)

2

GASTOS

2.036.133.997

UNIDAD EJECUTORA 01

AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD

 

2.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 

1.536.133.997

2.1.2 

ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

1.527.989.461

2.1.2.01 

ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

1.157.500.000

2.1.2.01.01 

ACTIVOS FIJOS

1.157.500.000

2.1.2.01.01.003

MAQUINARIA Y EQUIPOS

457.500.000

2.1.2.01.01.005

OTROS ACTIVOS FIJOS

700.000.000

2.1.2.02 

ADQUISICIONES DIFERENTES DE ACTIVOS

370.489.461

2.1.2.02.02

ADQUISICION DE SERVICIOS

370.489.461

2.1.2.02.02.007

SERVICIOS FINANCIEROS Y SERVICIOS CONEXOS; SERVICIOS INMOBILIARIOS; Y SERVICIOS DE

ARRENDAMIENTO Y LEASING

235.662.840

2.1.2.02.02.008

SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN

132.326.621

2.1.2.02.02.009

SERVICIOS PARA LA COMUNIDAD, SOCIALES Y PERSONALES

2.500.000

2.1.8

GASTOS POR TRIBUTOS,  TASAS,  CONTRIBUCIONES,     MULTAS,  SANCIONES  E  INTERESES DE MORA

8.144.536

2.1.8.01

IMPUESTOS

8.144.536

2.1.8.01.14

GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS

8.144.536

UNIDAD EJECUTORA 01 

AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD

 

2.3

GASTOS DE INVERSIÓN

500.000.000

2.3.2 

ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

500.000.000

2.3.2.01

ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

200.000.000

2.3.2.01.01

ACTIVOS FIJOS

200.000.000

2.3.2.01.01.001

EDIFICACIONES Y ESTRUCTURAS

200.000.000

2.1.2.02

ADQUISICIONES DIFERENTES DE ACTIVOS

300.000.000

2.1.2.02.02

ADQUISICIÓN DE SERVICIOS

300.000.000

2.1.2.02.02.005

CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DE LA

CONSTRUCCIÓN

300.000.000

 

PARÁGRAFO: Los Gastos de Inversión se presentan a nivel agregado, teniendo en cuenta que actualmente se adelantan las gestiones para el registro de los proyectos en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional.

 

ARTÍCULO 3. COMUNICACIÓN. Comunicar el presente acto administrativo a la Subdirección de Gestión Corporativa de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y a la Directora Ad Hoc de la Agencia Regional de Movilidad para que proceda conforme a sus competencias.

 

ARTÍCULO 4. PUBLICACIÓN Y VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación de conformidad con lo establecido en los estatutos de la Región Metropolitana.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de diciembre del año 2024.

 

LUIS FELIPE LOTA

 

Director

 

Nota: Ver norma original y anexos en Anexos.