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RESOLUCIÓN 069 de 2023
(Junio
08)
Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de Canal Capital y se dictan otras disposiciones
LA GERENTE
GENERAL DE CANAL
CAPITAL
En uso de sus facultades legales
y estatutarias y en especial
las conferidas por el Acuerdo
004 de 2016 y,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política
en su artículo 122 establece que “No habrá empleo público
que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén
contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el
presupuesto correspondiente”.
Que el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único
Reglamentario del Sector de Función
Pública, dispone: “ARTÍCULO 2.2.2.6.1 EXPEDICIÓN. Los organismos y entidades a los cuales se refiere el presente
Título expedirán el manual específico de funciones y de competencias laborales describiendo las funciones que correspondan a los empleos
de la planta de personal
y determinando los requisitos
exigidos para su ejercicio. La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico
se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o
entidad, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Título. Corresponde a la unidad de personal, o a la que haga sus veces, en cada organismo
o entidad, adelantar los estudios para la elaboración, actualización,
modificación o adición del manual de funciones y de competencias
laborales y velar por el cumplimiento de las disposiciones aquí previstas. (…)”.
Que el
artículo 4 del Acuerdo No. 005 de fecha 7 de diciembre de 2011, expedido por la
Junta Administradora Regional de Canal Capital establece: “DE LAS ADICIONES,
MODIFICACIONES Y ACTUALIZACIÓN” del Manual de Funciones, teniendo en cuenta la especificidad de la entidad y las necesidades que para el cumplimiento de su misión se presenten, se podrá adicionar, modificar o actualizar
el presente manual mediante una Resolución interna firmada por la Gerente General.
Que
mediante la Resolución 012 de 2022 “(…) se compiló y modificó el Manual
Específico de Funciones y Competencias de la Planta de Canal Capital”.
Que el artículo 93 de la Ley 1952 de 2019, modificada por la ley 2094 de 2021, que entró en vigencia
el 30 de marzo de 2022, establece lo siguiente: “(…)
“Artículo 93. Control
Disciplinario Interno. Toda entidad u organismo del Estado, con excepción de las competencias de la Comisión
Nacional de Disciplina Judicial y las comisiones Seccionales de Disciplina Judicial, o quienes haga sus veces, debe organizar una unidad u oficina del más alto nivel, cuya estructura jerárquica permita preservar la garantía de la doble instancia,
encargada de conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus
servidores”. “(…) En todo caso la segunda instancia será de competencia del nominador, salvo disposición legal en contrario. En aquellas entidades donde no sea
posible organizar
la segunda instancia, será competente para ello el funcionario de la Procuraduría a quien
le corresponda investigar al servidor público de primera instancia”. “(…)
Parágrafo 2º. Se entiende por oficina del más alto nivel la conformada por
servidores públicos mínimo del nivel profesional de la administración. El jefe de la Oficina de Control Disciplinario Interno, quien deberá ser abogado,
pertenecerá al nivel directivo de la entidad.”
Adicionalmente,
la citada ley 2094 estableció la denominada división de roles, por la cual: El
disciplinable deberá ser investigado y luego juzgado por funcionario diferente,
independiente, imparcial y autónomo
que sea competente, quienes
deberán actuar con
observancia formal y material
de las normas que determinen la ritualidad del proceso, en los términos
de este código y dándole prevalencia a lo sustancial sobre lo formal.
En el proceso
disciplinario debe garantizarse que el funcionario instructor no sea el mismo
que adelante el juzgamiento.
Todo disciplinable tiene derecho a que el fallo sancionatorio sea revisado por una autoridad diferente, su trámite
será el previsto
en esta ley para el recurso de apelación. En el evento en que el primer fallo sancionatorio sea proferido por el Procurador General de la Nación, la doble conformidad será resuelta en la forma indicada en esta ley.
Que
la Ley 1952 de 2019 modificada por la Ley 2094 de 2021 establece en el artículo
12 el debido proceso en el proceso disciplinario indicando que el disciplinable
deberá ser investigado y luego juzgado por funcionario diferente,
independiente, imparcial y autónomo que sea competente, por lo que en este
proceso deberá garantizarse la separación de roles, así: i) etapa de
instrucción que culmina con la notificación del pliego de cargos, a cargo de la
oficina de control disciplinario interno, que de acuerdo con el parágrafo 1 del
artículo 93 de la Ley 1952 de 2019, está conformada por servidores públicos
mínimo del nivel profesional y el jefe de la oficina debe ser abogado
y pertenecer al nivel
directivo de la entidad; ii) etapa de juzgamiento que comienza con la
calificación del procedimiento a seguir,
es decir, si el juicio
es ordinario o verbal, a cargo de la oficina
jurídica o quien haga sus veces, u otra oficina
que se encuentre adscrita al despacho del representante legal,
también del nivel directivo y con calidad de abogado.
Que
el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y la Dirección
Distrital de Presupuesto expidieron la Circular Conjunta No. 05 del 27 de mayo
de 2021, a través de la cual se fijaron lineamientos para la creación de las
Oficinas de Control Disciplinario Interno en el Distrito.
Que mediante
el Acuerdo 006 expedido
el 31 de mayo de 2023 por
la Junta Administradora Regional de Canal Capital
se creó la Oficina de Control Disciplinario Interno (encargada de la
instrucción) y la Oficina Jurídica
(encargada del juzgamiento) en la estructura organizacional de Canal Capital,
en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 93 de la Ley 1952 de 2019.
Que mediante
el Acuerdo 007 expedido el 31 de mayo de 2023 por la Junta Administradora Regional de Canal Capital, se creó el empleo de Jefe de Oficina de Control Disciplinario Interno y el de Jefe de Oficina Jurídica dentro de la planta
global de Canal Capital.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante
oficio radicado No. 2-2023-
6100 del 04 de mayo de 2023, emitió concepto técnico favorable para la adición
del Manual de Funciones y Competencias Laborales de Canal Capital.
Que,
por otra parte, mediante el memorando 310 del 04 de mayo de 2023, el Director
Operativo solicita el traslado
de los 4 cargos de auxiliares en el master
de emisión que hacen parte de la planta
de personal de Canal Capital,
del área de Programación al área Técnica , teniendo en cuenta que, si
bien la programación general de la señal abierta es del resorte
del área de Programación, en cuanto
al diseño de parrilla alineado con líneas editoriales, la operación técnica y
puesta en marcha de los procesos de emisión son actividades afines al área
técnica y deben engranarse eficientemente con las lógicas determinadas por
ésta. Lo anterior garantiza la celeridad y capacidad de respuesta coordinada con
las lógicas de los protocolos ya establecidos.
En mérito
de todo lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
Competencias Laborales adoptado por Canal Capital
mediante Resolución 012 de
2022, adicionando la ficha de los
empleos que se indican a continuación:
|
I. IDENTIFICACIÓN.
|
|
Nivel jerárquico
|
Directivo
|
|
Denominación del Empleo
|
Jefe de Oficina
|
|
Código
|
006
|
|
Grado
|
01
|
|
Nº de cargos
|
1
|
|
Dependencia
|
Control Disciplinario Interno
|
|
Cargo del Jefe inmediato
|
Gerente General
|
|
II. ÁREA FUNCIONAL: CONTROL
DISCIPLINARIO INTERNO
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Adelantar
la etapa de instrucción en primera instancia de los procesos disciplinarios
que se adelanten en contra de los servidores y ex servidores públicos, en los
términos de oportunidad, de conformidad con la normatividad vigente sobre la
materia.
|
|
IV. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES
|
|
1.
Orientar al Gerente General en la formulación e implementación
de las políticas y estrategias para el ejercicio de la función disciplinaria
de la Entidad.
2.
Dar trámite a las denuncias de tipo disciplinario radicadas en
la entidad de conformidad con los términos señalados por la normatividad
vigente.
3.
Adelantar la etapa de instrucción hasta la notificación del
pliego de cargos de los/las servidores/as públicos que presuntamente hubiesen
incurrido en faltas disciplinarias, de conformidad con lo establecido en la
normatividad vigente.
1.
Adelantar la indagación preliminar, la investigación formal de los procesos disciplinarios contra los/as servidores/as y ex servidores/as del organismo,
hasta la formulación del pliego de cargos, de conformidad con el Código
General Disciplinario o la norma que lo modifique o sustituya y las demás
disposiciones vigentes sobre la materia.
2.
Mantener actualizada la información de los procesos
disciplinarios en la etapa de instrucción de la entidad, en el Sistema de
Información Disciplinaria Distrital o el que haga sus veces, y fijar procedimientos operativos disciplinarios acorde
con las pautas
señaladas por la Dirección
Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica Distrital.
3.
Efectuar el seguimiento a la ejecución de las sanciones que se impongan a los servidores y ex servidores
públicos de la entidad, de manera oportuna y eficaz.
4.
Orientar y capacitar a los servidores públicos de la entidad
en la prevención de acciones disciplinarias
en aplicación de las políticas que en materia
disciplinaria se expidan por parte de la Secretaría Jurídica Distrital.
5.
Surtir el proceso de notificación y/o comunicación y
organización documental de los expedientes disciplinarios que conozca en la
etapa de instrucción en los términos y forma establecida en la normatividad
disciplinaria vigente.
6.
Resolver las consultas sobre aspectos relacionados con la acción
disciplinaria que se formulen
a la entidad, en términos de interpretación y aplicación de las normas sobre
la materia.
7.
Diseñar e implementar estrategias de difusión de la normatividad disciplinaria a los servidores
de la entidad, con el fin de prevenir la ocurrencia de comportamientos o conductas violatorias de las normas que rigen la
materia.
8.
Atender las peticiones y requerimientos relacionados con
asuntos de su competencia, de manera oportuna y eficaz.
9.
Realizar todas las actividades en el marco
del debido proceso.
10.
Las demás que le sean asignadas, o que se establezcan en las
leyes o reglamentaciones aplicables, conforme con la naturaleza de la
dependencia.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
|
|
1.
Constitución Política de Colombia.
2.
Código General Disciplinario.
3.
Derecho Disciplinario.
4.
Estatuto Anticorrupción.
5.
Derecho Probatorio y Derecho Procesal.
6.
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información.
8.
Herramientas Ofimáticas.
|
|
VI. IDENTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL
JERÁRQUICO
|
|
·
Aprendizaje continuo
·
Orientación a resultados
·
Orientación al usuario y al ciudadano
|
·
Visión estratégica
·
Liderazgo efectivo
·
Planeación
|
|
·
Compromiso con la organización
·
Trabajo en equipo
·
Adaptación al cambio
|
·
Toma de decisiones
·
Gestión del desarrollo de las personas
·
Pensamiento Sistémico
·
Resolución de conflictos
|
|
VIII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en una de las disciplinas académicas de las áreas de
conocimiento de:
●
Derecho y Afines.
Título de postgrado en
la modalidad de maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta o matrícula profesional en los casos
reglamentados por la Ley.
|
Cuarenta y ocho (48) meses de experiencia profesional relacionada con las
funciones del cargo.
|
|
ALTERNATIVA 1
|
|
FORMACIÓN ACADÉMICA
|
EXPERIENCIA
|
|
Título
profesional en una de las disciplinas académicas de las áreas de conocimiento
de:
●
Derecho y Afines.
Título
de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las
funciones del cargo.
Tarjeta
o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Sesenta (60) meses de
experiencia relacionada con las funciones del cargo.
|
|
ALTERNATIVA 2
|
|
FORMACIÓN ACADÉMICA
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en una de las disciplinas académicas de las áreas de
conocimiento de:
●
Derecho y Afines.
Tarjeta o matrícula profesional en los casos
reglamentados por la Ley.
|
Setenta y dos (72)
meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.
|
|
I. IDENTIFICACIÓN.
|
|
Nivel jerárquico
|
Directivo
|
|
Denominación del Empleo
|
Jefe Oficina
jurídica
|
|
Código
|
006
|
|
Grado
|
01
|
|
Nº de cargos
|
1
|
|
Dependencia
|
Oficina Jurídica
|
|
Cargo del Jefe inmediato
|
Secretaría General
|
|
II. ÁREA
FUNCIONAL: OFICINA DE JURÍDICA
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Dirigir,
ejecutar, desarrollar y hacer seguimiento a las actividades que se desprendan
del ejercicio de los asuntos jurídicos, actos administrativos, la defensa
judicial, la actividad contractual y llevar a cabo la etapa de juzgamiento dentro del proceso
disciplinario interno, en CANAL, con el fin de lograr
que las actividades se
desarrollen de conformidad con los mandatos legales vigentes y contribuyendo
a la prevención del daño antijurídico.
|
|
IV. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES
|
|
1.
Elaborar, analizar, tramitar y dar solución de los asuntos de
carácter jurídico que surjan en desarrollo de sus funciones y las necesidades
que surjan en la entidad, de manera eficiente, oportuna y de acuerdo con la
normatividad vigente.
2.
Elaborar lineamientos jurídicos para la expedición de conceptos y autorizaciones que deba emitir la Entidad, de acuerdo con la
normatividad vigente.
3.
Ejercer la representación judicial y extrajudicial de los
procesos que vinculen a la Entidad, así como
en la realización de aquellas diligencias para las cuales sea expresamente delegada y bajo las
directrices que en materia de defensa judicial establezca la entidad.
4.
Establecer y proponer a la Gerencia, planes, programas y
procedimientos que aseguren la adecuada y oportuna defensa jurídica de los
intereses de la Entidad.
5.
Desarrollar la etapa
probatoria del juicio
disciplinario en primera instancia.
6.
Fallar en primera
instancia, garantizando el debido proceso
de las partes
procesales.
7.
Mantener actualizada la información de los procesos
disciplinarios en la etapa de juzgamiento en el Sistema de Información
Disciplinaria Distrital o el que haga sus veces, y fijar procedimientos
operativos disciplinarios en esta etapa, acorde con las pautas señaladas por
la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica
Distrital.
8.
Realizar de manera oportuna el reporte de las sanciones
impuestas a los servidores(as) y ex servidores(as) públicos (as) de la
entidad, a la Oficina de Control Disciplinario Interno.
9.
Revisar y elaborar los documentos necesarios para la
celebración de convenios, contratos de apoyo y demás contratos para la
adquisición de bienes y servicios con las dependencias responsables de su
ejecución, durante las etapas de planeación, selección, contratación,
ejecución y liquidación.
10.
Gestionar, elaborar, legalizar y liquidar los convenios y
contratos que se requieran, previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y los procedimientos establecidos al interior de la Entidad.
11.
Dirigir las acciones necesarias para la compilación, actualización y difusión de normas jurídicas, jurisprudencia, doctrina,
procesos y demás información relacionada con los aspectos jurídicos de la
Entidad de forma oportuna, acertada y responsable.
12.
Dirigir las actividades relacionadas con los procesos de
jurisdicción preventiva y coactiva, y efectuar el cobro a través de este proceso, de las multas
impuestas o valores a favor del
Canal Capital por parte
de las autoridades competentes o hacer
efectivo ante las autoridades judiciales competentes, los derechos de
crédito que a su favor tiene y verificar que se desarrolle con la oportunidad
y calidad requerida.
13.
Absolver consultas, emitir
conceptos y prestar
asistencia jurídica en los asuntos
encomendados por el Gerente General y en aquellos que correspondan a
la naturaleza del área.
14.
Expedir las certificaciones que sean requeridas con ocasión de la actividad contractual de forma oportuna.
15.
Revisar y proyectar
los actos administrativos para la firma del Gerente General y/o de la Junta Administradora Regional que se
deban suscribir conforme a la Constitución Política y la Ley y que sean de
competencia de la Entidad con veracidad y oportunidad.
16.
Proyectar respuesta a los derechos de petición, tutelas y
acciones de cumplimiento de sentencias en coordinación con las dependencias comprometidas para su adecuada resolución y por las que deba responder o sea parte
el Canal en calidad y eficiencia.
17.
Responder por la ejecución del Plan de Adquisiciones de la Entidad, responder por su publicación
y realizar el seguimiento al mismo.
18.
Asesorar y adelantar las acciones necesarias para la solución
de controversias y/o diferencias derivadas de los contratos suscritos por la
Entidad.
|
|
19. Las demás que le sean
asignadas, o que se establezcan en las leyes
o reglamentaciones
aplicables, conforme con la naturaleza de la dependencia.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
|
|
1.
Constitución Política
2.
Estatuto Contractual.
3.
Derecho Administrativo.
4.
Normatividad referente a contratación pública.
5.
Carrera administrativa, empleo
público y normas
concordantes.
6.
Código General Disciplinario
7.
Estatuto Anticorrupción
8.
Derecho Probatorio y Derecho Procesal
9.
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
10. Ley de Transparencia y Acceso a la Información
11. Informática básica
y manejo de Software.
|
|
VI. IDENTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL
JERÁRQUICO
|
|
·
Aprendizaje continuo
·
Orientación a resultados
·
Orientación al usuario y al ciudadano
·
Compromiso con la organización
·
Trabajo en equipo
·
Adaptación al cambio
|
·
Visión estratégica
·
Liderazgo efectivo
·
Planeación
·
Toma de decisiones
·
Gestión del desarrollo de las personas
·
Pensamiento Sistémico
·
Resolución de conflictos
|
|
VIII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en una de las disciplinas académicas de las áreas de
conocimiento de:
|
Cuarenta
y ocho (48) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones
del cargo.
|
|
●
Derecho y Afines.
|
|
|
Título de postgrado en la modalidad de maestría en áreas relacionadas con las funciones
del cargo.
|
|
|
Tarjeta o matrícula profesional en los casos
reglamentados por la Ley.
|
|
|
ALTERNATIVA 1
|
|
FORMACIÓN ACADÉMICA
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en una de las disciplinas académicas de las áreas de
conocimiento de:
|
Sesenta (60)
meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.
|
|
●
Derecho y Afines.
|
|
|
Título
de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las
funciones del cargo.
|
|
|
Tarjeta o matrícula profesional en los casos
reglamentados por la Ley.
|
|
|
ALTERNATIVA 2
|
|
FORMACIÓN ACADÉMICA
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en una de las disciplinas académicas de las áreas de
conocimiento de:
●
Derecho y Afines.
Tarjeta o matrícula profesional en los casos
reglamentados por la Ley.
|
Setenta y dos (72) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.
|
ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
Competencias Laborales adoptado por Canal Capital
mediante Resolución 012 de 2022, de los empleos públicos
que se indican a continuación:
|
I. IDENTIFICACIÓN.
|
|
Nivel jerárquico
|
Directivo
|
|
Denominación del Empleo
|
Secretario General
de entidad descentralizada
|
|
Código
|
054
|
|
Grado
|
09
|
|
Nº de cargos
|
1
|
|
Dependencia
|
Secretaría General
|
|
Cargo del Jefe inmediato
|
Gerente General
|
|
II. ÁREA
FUNCIONAL: SECRETARÍA GENERAL
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Dirigir y controlar los asuntos legales, contractuales, jurídicos y administrativos en el marco
de la misión del Canal y llevar la
representación judicial.
|
|
1.
Asesorar
a la Gerencia General y demás áreas de la entidad, emitir conceptos y aportar
elementos de juicio para la toma de decisiones y realizar el seguimiento a los procesos jurídicos
en los cuales participe la entidad.
2.
Dirigir las acciones necesarias para el cumplimiento de las políticas, normas y las disposiciones
que regulen los procesos y trámites de carácter financiero y administrativo,
de la entidad en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas
trazadas.
3.
Garantizar
la adecuada prestación de los servicios administrativos y la disposición de
los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para el funcionamiento
de la entidad de acuerdo con las competencias de las áreas.
4.
Programar
y hacer seguimiento a la ejecución presupuestal, y gestionar y dirigir las
modificaciones presupuestales de la Empresa.
5.
Preparar,
en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación, el Anteproyecto Anual
de Presupuesto, velando por su correcta y oportuna presentación.
6.
Coordinar la atención al ciudadano y la respuesta a las quejas
y/o reclamos que presenten los servidores públicos o ciudadanos; así como dar traslado a la autoridad competente según los procedimientos y tiempos
establecidos.
7.
Aprobar y/o suscribir, como ordenadora del gasto, los procesos de contratación que requiera la
entidad en concordancia con la normatividad y demás disposiciones que
apliquen.
8.
Revisar y aprobar los proyectos de actos administrativos que deba suscribir el Gerente General en ejercicio de sus funciones
bajo los parámetros normativos, técnicos e institucionales que rigen.
9.
Autorizar
las capacitaciones para los funcionarios de la planta de personal de Canal
Capital, así como las comisiones de servicios al exterior y ordenar el pago
de sus viáticos.
10.
Controlar
el cumplimiento de las normas legales que rigen al Canal y el eficiente
desempeño de las funciones técnicas y administrativas del mismo.
11.
Acompañar
las negociaciones y contratos que celebre Canal Capital en el desarrollo de
su objeto social.
|
|

12.
Dar respuesta en los términos que fija la Ley a las peticiones que se formulen a la entidad.
13.
Participar
en la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, de
conformidad con las responsabilidades y autoridades definidas en los
procedimientos y documentos asociados a cada uno de los subsistemas de
gestión de Canal Capital.
14.
Llevar
a cabo sus actividades y funciones con atención, entre otros, a los
principios de autocontrol y autoevaluación; definir, documentar y formalizar los
procedimientos y procesos mediante los cuales se ejercen
las funciones que han sido asignadas, así como los riesgos inherentes a los
mismos y el plan para su administración.
15.
Las
demás que le sean asignadas por la Gerencia General para el cumplimiento de
la misión de la entidad, de acuerdo con la naturaleza y el área de desempeño
del cargo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
|
|
1.
Estructura administrativa del Estado y régimen disciplinario.
2.
Estatuto Orgánico del Presupuesto.
3.
Hacienda pública.
4.
Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
5.
Gestión administrativa estatal.
6.
Administración del recurso humano.
7.
Planeación estratégica.
8.
Administración pública.
9.
Formulación, seguimiento y evaluación de proyectos.
10.
Modelo integrado de planeación y gestión, MIPG.
11.
Modelo Estándar de Control Interno.
12.
Ofimática básica.
|
|
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL
JERÁRQUICO
|
|
●
Aprendizaje continuo.
●
Orientación a resultados.
●
Compromiso con la organización.
●
Orientación al usuario y al ciudadano.
●
Trabajo en equipo.
●
Adaptación al cambio.
|
●
Visión estratégica.
●
Liderazgo efectivo.
●
Planeación.
●
Toma de decisiones.
●
Gestión del
desarrollo de las personas.
●
Pensamiento sistémico.
●
Resolución de conflictos.
|
|
VII. LABORALES DE ÁREAS O PROCESOS TRANSVERSALES
|
|
Asesoría jurídica: Planeación,
trabajo en equipo y colaboración, comunicación efectiva, negociación,
orientación a resultados, visión estratégica y argumentación.
Gestión financiera: Manejo eficaz
y eficiente de recursos, negociación y transparencia.
Gestión de funcionamiento y operación: Orientación al usuario y al ciudadano, transparencia, gestión de procedimientos de calidad,
resolución de conflictos y toma de decisiones.
Gestión de talento humano:
Dirección, desarrollo personal y manejo
de la información.
|
|
VIII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
|
FORMACIÓN ACADÉMICA
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en la disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en:
·
Derecho y afines;
·
Economía, Administración, Contaduría y afines;
·
Ciencia Política y Relaciones Internacionales;
·
Ingeniería Industrial;
|
Sesenta (60) meses de experiencia profesional relacionada con las
funciones del cargo.
|
|
·
Ingeniería Administrativa y afines.
Título de postgrado en la modalidad de
maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
|
|
ALTERNATIVA 1
|
|
FORMACIÓN ACADÉMICA
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en
la disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en:
·
Derecho y afines;
·
Economía, Administración, Contaduría y afines;
·
Ciencia Política y Relaciones Internacionales;
·
Ingeniería Industrial;
·
Ingeniería Administrativa y afines.
Título de postgrado
en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones
del cargo.
Tarjeta o matrícula
profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Setenta y dos (72)
meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo.
|
|
ALTERNATIVA 2
|
|
FORMACIÓN ACADÉMICA
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en la disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en:
·
Derecho y afines;
·
Economía, Administración, Contaduría y afines;
·
Ciencia Política y Relaciones Internacionales;
·
Ingeniería Industrial;
·
Ingeniería Administrativa y afines.
Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Ochenta y cuatro (84)
meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo.
|
ARTÍCULO TERCERO: Modificar el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
Competencias Laborales adoptado por Canal Capital
mediante Resolución 012 de 2022, de los Trabajadores Oficiales que se indican a continuación:
|
I. IDENTIFICACIÓN.
|
|
Nivel jerárquico
|
Profesional
|
|
Denominación del cargo
|
Profesional Especializado
|
|
Tipo de
vinculación
|
Trabajador oficial
|
|
Grado
|
03
|
|
Nº de cargos
|
5
|
|
Dependencia
|
Oficina Jurídica
|
|
Cargo del Jefe inmediato
|
Quien ejerza
la supervisión directa
|
|
II. ÁREA
FUNCIONAL: OFICINA JURÍDICA
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Brindar
asesoría en asuntos jurídicos y contractuales, realizando los procesos de
contratación en sus diferentes etapas en los cuales sea parte el Canal, según
las disposiciones normativas vigentes, legal, institucional y los criterios
técnicos relacionados.
|
|
IV. FUNCIONES ESENCIALES
|
|
1.
Apoyar en la coordinación de los procesos de contratación para
la operación de Canal Capital.
2.
Asistir en la atención de las consultas o solicitudes que le formulen en materia jurídica de competencia de la Empresa.
3.
Elaborar y revisar los proyectos de actos administrativos de competencia del área.
4.
Proyectar y/o revisar los proyectos de resolución y demás
actos administrativos relacionados con asuntos que competen a la Entidad para
revisión del Jefe de Oficina Jurídica.
5.
Analizar, proyectar conceptos y resolver consultas de carácter
jurídico que deba expedir o proponer el Canal, de conformidad con los
lineamientos institucionales y la normativa sobre la materia, para revisión
del Jefe de Oficina Jurídica.
6.
Mantener organizados y actualizados los archivos de las normas
legales relacionadas con el desarrollo de las funciones propias del Canal e
instruir a todos los funcionarios de la misma, sobre su observancia.
7.
Apoyar la revisión de los estudios previos de los procesos de
contratación y los contratos que suscriba el Canal.
8.
Asistir en la coordinación y verificación del cumplimiento de
los requisitos de las etapas precontractual, contractual y el contenido de
los documentos contractuales y velar por su salvaguarda.
9.
Emitir los conceptos jurídicos que le sean solicitados, para revisión del Jefe de Oficina Jurídica.
10.
Asistir permanentemente en la verificación de los contratos que requieran cumplir
con la liquidación como
requisito legal.
11.
Asistir en la revisión y análisis de los actos que resuelvan
los recursos interpuestos contra los actos administrativos emitidos por la
Gerencia General.
12.
Dar trámite a las peticiones que en materia jurídica deban ser
resueltas por CANAL CAPITAL dentro de los términos de Ley.
13.
Apoyar el seguimiento y vigilancia de los asuntos judiciales de la entidad.
14.
Ejercer la supervisión de todos los
contratos de prestación de servicios del personal a su cargo.
15.
Coordinar, supervisar y controlar los proyectos específicos a
su cargo en todo lo relacionado con la ejecución de los mismos.
16.
Llevar a cabo sus actividades y funciones con atención, entre
otros, a los principios de autocontrol y autoevaluación; definir, documentar
y formalizar los procedimientos y procesos mediante los cuales se ejercen las
funciones que han sido asignadas, así como los riesgos inherentes a los
mismos y el plan para su administración.
17.
Las demás que le sean asignadas por la Gerencia, para el
cumplimiento de la misión de la Entidad, de acuerdo con la naturaleza y el
área de desempeño del cargo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES
|
|
1.
Constitución Política de Colombia
2.
Estatuto Anticorrupción
3.
Estatuto General de Contratación
4.
Normas de lo contencioso administrativo
5.
Estructura del Estado
6.
Gerencia pública
7.
Herramientas ofimáticas
|
|
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
●
Orientación a resultados
●
Compromiso con la organización
●
Orientación al usuario y al ciudadano
●
Aprendizaje continuo
●
Trabajo en equipo
●
Adaptación al cambio
|
●
Aporte técnico-profesional
●
Comunicación efectiva
●
Gestión de procedimientos
●
Instrumentación de decisiones
●
Dirección y Desarrollo de Personal
●
Toma de decisiones
|
|
VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
|
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
|
Título Profesional en
disciplina académica del Núcleo Básico del Conocimiento en:
·
Derecho y afines
Título de postgrado
en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones
del cargo.
Tarjeta o matricula
profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Cuarenta y dos (42)
meses de experiencia profesional relacionada
con las funciones del cargo.
|
|
EQUIVALENCIA 1
|
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
|
Título Profesional en disciplina académica del Núcleo
Básico del Conocimiento en:
●
Derecho y Afines.
Título de Postgrado en la modalidad de
Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta o matrícula profesional en los casos
reglamentados por la Ley.
|
Treinta (30) meses de experiencia profesional relacionada con las
funciones del cargo.
|
|
EQUIVALENCIA 2
|
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
|
Título Profesional en disciplina académica del Núcleo
Básico del Conocimiento en:
●
Derecho y Afines.
Tarjeta o matrícula profesional en los casos
reglamentados por la Ley.
|
Sesenta y seis (66)
meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo.
|
|
I. IDENTIFICACIÓN.
|
|
Nivel jerárquico
|
Profesional
|
|
Denominación del cargo
|
Profesional Especializado
|
|
Tipo de
vinculación
|
Trabajador oficial
|
|
Grado
|
02
|
|
Nº de cargos
|
5
|
|
Dependencia
|
Secretaría General
|
|
Cargo del Jefe inmediato
|
Quien ejerza
la supervisión directa
|
|
II. ÁREA FUNCIONAL: SECRETARÍA GENERAL
|
|
III. PROPÓSITO
|
|
Brindar asesoría en asuntos
jurídicos y contractuales de la dependencia, según las disposiciones normativas vigente, legal,
institucional y los criterios técnicos relacionados.
|
|
IV. FUNCIONES ESENCIALES
|
|
1.
Atender y resolver las consultas o solicitudes que le formulen en materia jurídica de competencia de
la Empresa.
2.
Elaborar y revisar los proyectos de actos administrativos de competencia del área.
3.
Proyectar
y/o revisar los proyectos de resolución y demás actos administrativos
relacionados con asuntos que
competen a la Entidad y someterlos a consideración de la Secretaría General.
4.
Analizar, emitir
conceptos y resolver consultas de carácter jurídico que deba
expedir o proponer el Canal, de conformidad con
los lineamientos institucionales y la normativa sobre la materia.
|
|
5.
Mantener
organizados y actualizados los archivos de las normas legales relacionadas
con el desarrollo de las funciones propias del Canal e instruir a todos los
funcionarios de la misma, sobre su observancia.
6.
Proyectar
y estructurar los estudios previos de los procesos de contratación y elaborar
los proyectos de contratos que realice por el área.
7.
Emitir los conceptos jurídicos que le sean
solicitados.
8.
Dar
trámite a las peticiones que en materia jurídica deban ser resueltas por el
área dentro los términos de Ley.
9.
Ejercer la supervisión de todos los
contratos de prestación de servicios del
personal a su cargo.
10.
Participar en la preparación y presentación de informes sobre
las actividades desarrolladas por la Dependencia, conforme la oportunidad reglamentaria o
periodicidad requerida.
11.
Llevar
a cabo sus actividades y funciones con atención, entre otros, a los
principios de autocontrol y autoevaluación; definir, documentar y formalizar
los procedimientos y procesos mediante los cuales se ejercen las funciones
que han sido asignadas, así como los riesgos inherentes a los mismos y el
plan para su administración.
12.
Las
demás que le sean asignadas por la Gerencia, para el cumplimiento de la
misión de la Entidad, de acuerdo con la naturaleza y el área de desempeño del
cargo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES
|
|
1.
Constitución Política de Colombia
2.
Estatuto Anticorrupción
3.
Estatuto General de Contratación
4.
Normas de lo contencioso administrativo
5.
Estructura del Estado
6.
Gerencia pública
7.
Herramientas ofimáticas.
|
|
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL
JERÁRQUICO
|
|
·
Orientación a resultados
·
Compromiso con la organización
·
Orientación al usuario y al ciudadano
·
Aprendizaje continuo
·
Trabajo en equipo
·
Adaptación al cambio
|
·
Aporte técnico-profesional
·
Comunicación efectiva
·
Gestión de procedimientos
·
Instrumentación de decisiones
·
Dirección y Desarrollo de Personal
·
Toma de decisiones
|
|
VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
|
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
|
Título Profesional en disciplina académica del Núcleo Básico del Conocimiento en:
·
Derecho y Afines.
Título de postgrado en la modalidad de
Especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta o matricula profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Cuarenta y dos (42)
meses de experiencia profesional relacionada
con las funciones del cargo.
|
|
EQUIVALENCIA 1
|
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
|
Título Profesional en disciplina académica del Núcleo Básico del Conocimiento en:
·
Derecho y Afines.
Título de Postgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones
del cargo.
|
Treinta (30) meses de experiencia
profesional relacionada con las funciones del cargo.
|
|
Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
|
|
EQUIVALENCIA 2
|
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
|
Título Profesional en disciplina académica del Núcleo Básico del Conocimiento en:
·
Derecho y Afines.
Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Sesenta y seis (66)
meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo.
|
|
I. IDENTIFICACIÓN.
|
|
Nivel
jerárquico
|
ASISTENCIAL
|
|
Denominación del Empleo
|
Auxiliar
|
|
Grado
|
01
|
|
Nº de cargos
|
4
|
|
Dependencia:
|
Donde
se ubique el cargo
|
|
Jefe
inmediato:
|
Quien
ejerza la supervisión directa
|
|
II. ÁREA FUNCIONAL: TÉCNICA
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Apoyar los procesos de emisión de la señal
de televisión de Canal Capital.
|
|
IV. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES
|
|
1.
Revisar
junto con el equipo de programación el formato MDCC-FT-013 (continuidad
diaria de programación) y compararla con la parrilla de programación para
verificar la emisión de los contenidos, la creación de los crawlers,
inserción de logos y enrutamiento de diferentes señales, entre otros.
2.
Informar
al supervisor cualquier anomalía y generar los reportes de novedades en
programación, pauta, verificación y reporte de emisión, closed caption, entre
otros.
3.
Verificar el playout en contraste con la parrilla semanal de programación y el formato MDCC-FT-013 (continuidad diaria de programación) para
garantizar que estos instrumentos coincidan en su contenido.
4.
Realizar
una bitácora para la actualización de los aspectos más relevantes cumplidos durante la prestación del servicio, así como los
pendientes a resolver por parte del resto del equipo.
5.
Apoyar a los equipos
de Programación e Ingeniería
en la emisión y en las actividades a desarrollar
relacionadas con la recepción e ingesta de todo el material proyectado para
emitir.
6.
Informar
las eventualidades que interfieran en el curso normal de la parrilla de
programación con anterioridad, tras prever siempre la adecuada emisión.
7.
Verificar la correcta inserción de los sistemas LSC (Lengua de Señas Colombiana) y closed
caption en el material que así lo requiera, para garantizar que la
programación al aire contenga lo exigido en
la resolución 350 de 2016
de la ANTV liquidada, o la norma
que la modifique, derogue o adicione.
8.
Apoyar
la organización y administración de la correcta operación de la emisión de
programas en directo o diferido en el switcher de emisión, y vigilarla y
monitorearla.
9.
Verificar,
antes de ser emitidas, las señales que hacen parte de las transmisiones del
estudio, microondas, sistemas por IP, fly-away, satélites, enlaces y demás, y
apoyar al área técnica y de emisión en las respectivas pruebas.
10. Verificar los parámetros técnicos (audio y video)
para la correcta emisión al aire
de la señal.
11. Realizar monitoreo y verificación de las señales a través de las plataformas de señal abierta análoga y TDT, cable,
satelital y streaming, y enrutar las
señales del servicio de televisión a las plataformas digitales.
12. Elaborar y apoyar la carga
de la guía electrónica de programación EPG para
la televisión satelital y terrestre.
13. Llevar a cabo
sus actividades y funciones con atención, entre
otros, a los principios de autocontrol
y autoevaluación; definir, documentar y formalizar los procedimientos y
procesos mediante los cuales se ejercen
las funciones que han sido
asignadas, así como
los riesgos inherentes a los mismos y el plan para su
administración.
14. Las demás
funciones que se le asignen y correspondan a la naturaleza de empleo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
|
|
1.
Sistemas de emisión de televisión
2.
Comunicaciones satelitales y radiofrecuencia
3.
Enlaces de fibra óptica
4.
Sistemas de emisión digitales y automatizados
5.
Operación de equipos de televisión.
|
|
VI. IDENTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
|
COMUNES
|
POR
NIVEL JERÁRQUICO
|
|
·
Orientación a resultados
·
Compromiso con la organización
·
Orientación al usuario y al ciudadano
·
Aprendizaje continuo
·
Trabajo en equipo
·
Adaptación al cambio
|
·
Manejo de la Información
·
Relaciones Interpersonales
·
Colaboración
|
|
VIII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
|
Diploma de Bachiller.
|
Doce
(12) meses de experiencia relacionada con las funciones
del cargo.
|
ARTÍCULO QUINTO:(sic) Respecto de los empleos del nivel directivo en los cuales se
actualiza los grados salariales en atención a lo establecido en el Acuerdo 007
de 2023, se debe entender que se actualizan las
fichas de estos empleos contenidos en la Resolución No.
012 de 2022 respecto de los grados
salariales, teniendo en cuenta que solo se trata de una modificación nominal y
no hubo cambios respecto de la asignación básica.
ARTICULO SEXTO: Entrega del Manual de Funciones y
Competencias Laborales. El Área
de Recursos Humanos, entregará a cada Empleado
Público y Trabajador Oficial, copia del Manual de Funciones y Competencias laborales del
respectivo cargo.
ARTICULO 3.(sic)-
Publicidad.
Publicar la presente Resolución en la página Web y en la Intranet del Canal
Capital.
ARTICULO 4.(sic)- Vigencia y Derogatorias. - La presente Resolución rige a partir de la fecha de su
expedición, y modifica en lo pertinente la Resolución 012 de 2022.
NOTIFÍQUESE
Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los
08 días del mes de junio
del año 2023.
ANA MARÍA RUIZ PEREA
GERENTE GENERAL
NOTA: Ver norma
original en Anexos.
|
|