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RESOLUCIÓN 239 DE 2025
(Enero 29)
Por la cual se hace una delegación ante el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público y se dictan otras disposiciones
EL SECRETARIO DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, los literales h) y j) del artículo 4° del Decreto Distrital 607 de 2007, modificado por el artículo 2º del Decreto Distrital 508 de 2022, artículo 2° del Decreto Distrital 375 de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política, establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que el artículo 211 de la Constitución Política dispuso que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.
Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9° establece que las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, determina que: "Las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercido de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias”, de conformidad con la citada ley.
Que el numeral 16.2 del artículo 16 del Acuerdo Distrital 927 de 2024, Plan de Desarrollo Distrital, en el marco de los programas del Objetivo Estratégico “Bogotá Confía en su Gobierno” estableció el fortalecimiento institucional para un Gobierno confiable, en virtud del cual, entre otras acciones, “(…) se creará un Comité Estratégico de Gestión del Espacio Público a partir de los aprendizajes de la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital - CIEP, cuyo alcance de corto plazo será la coordinación de las entidades distritales, en torno a proyectos, concretos y micro focalizados, y la resolución de las problemáticas asociadas a la construcción, recuperación, mantenimiento, embellecimiento y control del espacio público.”
Que el artículo 190 del Acuerdo Distrital 927 de 2024, estableció que con la adopción del Plan Distrital de Desarrollo se crea el Comité Estratégico de Gobernanza del Espacio Público como una instancia de coordinación ejecutiva, para:
“190.1. Priorizar acciones para resolver los problemas del espacio público.
190.2. Asignar a las entidades responsabilidad frente a las acciones priorizadas en materia de espacio público.
190.3. Supervisar el cumplimiento por parte de las entidades de las responsabilidades asignadas de las que habla el numeral anterior.”
Que el Decreto Distrital 607 de 2007 “Por el cual se determina el Objeto, la Estructura Organizacional y Funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social”, modificado por el art. 2, Decreto Distrital 508 de 2022, establece en su artículo 4° como funciones del Despacho, entre otras: “h) Preparar los proyectos de acuerdo, de decreto, de resolución y demás actos administrativos que deban dictarse relacionados con el Sector de Integración Social” y “j) Cumplir las funciones y atender los servicios que les está asignados y dictar, en desarrollo de los acuerdos y decretos distritales, las decisiones administrativas para tal efecto”.
Que según el artículo 18 de ese mismo Decreto Distrital, la Subdirección de Gestión Integral Local tiene entre otras, la función de: “(…) d) Asesorar a la Dirección Territorial, en coordinación con la Dirección de Análisis y Diseño Estratégico, la Dirección Poblacional y las demás Subdirecciones, en la realización de estudios, análisis e investigaciones sobre promoción, prevención, protección integral y restitución de derechos para orientar la formulación de políticas planes, programas y proyectos que respondan a las condiciones, necesidades y características de la población en situación de vulnerabilidad del Distrito Capital.”
Que mediante Decreto Distrital 375 de 2024 se reglamentó el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público, el cual tiene por objeto: “La coordinación de las entidades distritales en torno a proyectos, concretos y micro focalizados, y la resolución de las problemáticas asociadas a la construcción, recuperación, mantenimiento, embellecimiento y control del espacio público de Bogotá, D.C”.
Que mediante el Decreto en mención, se estableció en su artículo 2° que la Secretaria Distrital de Integración Social participará con voz pero sin derecho a voto, de conformidad con los temas que sean tratados en cada sesión, y previa convocatoria, siendo representada por El/la Secretario/a Distrital de Integración Social o su delegado/a.
Que en cumplimiento del Decreto Distrital 375 de 2024, se hace necesario delegar la representación de esta Secretaría ante el Comité Estratégico de Gobernanza del Espacio Público.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. DELEGACIÓN ANTE COMITÉ ESTRATÉGICO DE GOBERNANZA Y GESTIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO - CEGGEP. Delegar la representación de esta Secretaría ante el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público - CEGGEP-, en el servidor (a) que ejerza el cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 05 en la Subdirección para la Gestión Integral Local de la Dirección Territorial de la Secretaría de Integración Social.
ARTÍCULO 2. PUBLICACIÓN. La presente resolución deberá ser publicada en el enlace de Transparencia de la página web de esta Entidad, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 compilado en el Decreto 1081 de 2015.
ARTÍCULO 3. COMUNICACIÓN. Comunicar el contenido del presente acto administrativo al Subdirector(a) de Gestión Local Integral, para que ejerza la delegación establecida en el presente acto administrativo.
Igualmente, la presente resolución será comunicada al Secretario Distrital de Gobierno, en calidad de Presidente del Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público -CEGGEP- y a su delegado.
ARTÍCULO 4. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de enero del año 2025.
ROBERTO ANGULO SALAZAR
Secretario Distrital de Integración Social
Nota: Ver norma original en Anexos. |