| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 004 DE 2025
(Febrero 03)
Por la cual se modifica la Resolución 2371 del 14 de agosto de 2002 del Colegio Centro Integral José María Córdoba (IED) en el sentido de autorizar una nueva sede y ampliar el servicio educativo ofrecido
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 310 de 2022, la Resolución 2684 de 2019, y la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 67 establece que “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura”, e igualmente dispone que el Estado es responsable de la prestación del servicio educativo.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define las competencias de los distritos y municipios certificados en educación, especialmente en lo referente a la prestación del servicio educativo en los diferentes niveles y la administración de las instituciones educativas.
Que el literal l) del artículo 5 del Decreto 310 de 2022 consagra que corresponde a las funciones del secretario de educación “Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo.”
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas de Bogotá.
Que mediante la Resolución 3079 del 10 de diciembre de 2019 se reglamentó el procedimiento para la expedición y modificación del reconocimiento de carácter oficial.
Que el 14 de agosto de 2002, la Secretaría de Educación Distrital expidió la Resolución No. 2371, “Por la cual se integran el COLEGIO DISTRITAL JOSE MARIA CORDOBA y el CENTRO INTEGRAL SANTA FE DE BOGOTA, de la localidad 6 de Tunjuelito” en la cual se dispuso, entre otras, que la prestación del servicio educativo es en las jornadas mañana y tarde, en las plantas físicas ubicadas en las siguientes direcciones: Sede A: calle 48 C Sur No 24 14 y Sede B: carrera 24 D No 49 50 Sur.
Que el 05 de noviembre de 2002, la Secretaría de Educación expidió la Resolución No. 3522, “Por la cual se adopta el nombre definitivo de la institución conformada mediante la integración del COLEGIO DISTRITAL JOSE MARIA CORDOBA y el CENTRO INTEGRAL SANTA FE DE BOGOTA”, en la que se adoptó el nombre definitivo de la institución como “CENTRO INTEGRAL JOSE MARIA CORDOBA”, de la localidad 6 de Tunjuelito, con el código DANE No. 11100109656.
Que el colegio Centro Integral José María Córdoba tenía en funcionamiento, como sede B, una infraestructura en arriendo denominada Santa Fe de Bogotá. Debido a razones administrativas, la Secretaría de Educación le informó a la institución que no renovaría el contrato de arrendamiento para 2024 y ofreció como alternativa la sede denominada Agustín Codazzi, la cual fue desvinculada mediante Resolución 003 de febrero 2025 del Colegio INEM Santiago Pérez.
Que la rectora del colegio Centro Integral José María Córdoba mediante comunicaciones con radicados I-2024-85946 e I-2024-105909, solicitó la modificación del reconocimiento de carácter oficial con el fin de que la sede Agustín Codazzi se vincule como sede B al colegio Centro Integral José María Córdoba y, adicionalmente, se amplíe la prestación del servicio en los tres grados de preescolar.
Que la Dirección de Cobertura, mediante comunicaciones con radicados I-2024-73163 y I-2024-136414, conceptuó acerca del aumento de la matrícula en el colegio Centro Integral José María Córdoba, por lo que recomienda vincular la sede Agustín Codazzi a dicha institución. Así mismo, indicó que se le puede autorizar el grado jardín en la jornada mañana.
Que la Dirección de Construcciones y Conservación de Establecimientos Educativos mediante comunicaciones con radicados I-2024-76178 e I-2024-142837 emitió pronunciamiento de viabilidad para la modificación del RCO frente a vincular la sede Agustín Codazzi al Colegio Integral José María Córdoba IED y la ampliación del servicio educativo en la primera infancia de esta institución.
Que la Dirección de Educación Prescolar y Básica en comunicación con radicado I-2024-102116 dio concepto favorable sobre la modificación del RCO con base en el Proyecto Educativo Institucional.
Que la Dirección de Talento Humano, mediante comunicaciones con radicado I-2024-94518 y I-2024-134807, emitió concepto favorable sobre la modificación del RCO siendo viable la entrega de la sede Agustín Codazzi y la ampliación de un grado de jardín en el Colegio Centro Integral José María Córdoba. Indicó que es procedente cubrir la necesidad de docentes con la planta Global de Cargos de Docentes y Directivos Docentes de la SED.
Que la Dirección de Inspección y Vigilancia mediante comunicación con radicado I-2024-149302 conforme lo establecido en el numeral 3 del artículo 9 de la Resolución 3079 de 2019 emitió concepto técnico pedagógico favorable respecto de la modificación del reconocimiento de carácter oficial del colegio Centro Integral José María Córdoba IED de la localidad de Tunjuelito.
Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las Direcciones, es viable desvincular la sede Santa Fe de Bogotá y, en consecuencia, vincular la sede Agustín Codazzi, como nueva sede B, y autorizar la ampliación de un grado de jardín al Colegio Centro Integral José María Córdoba, por lo cual se modificará el artículo 2 de la Resolución 2371 del 14 de agosto de 2002.
Que el nombre de la institución Colegio Centro Integral José María Córdoba contiene un error tipográfico en el apellido del héroe de la patria por la Batalla de Ayacucho, por lo cual se trabajará con la comunidad educativa para la corrección del nombre y en la unificación de las normas que le aplican en cuanto a su reconocimiento de carácter oficial.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. MODIFICACIÓN ARTÍCULO 2 RESOLUCIÓN 2371 DE 2002. Modifíquese el artículo 2 de la Resolución 2371 del 14 de agosto de 2002 en el sentido de autorizar como sede B del Colegio Centro Integral José María Córdoba IED código DANE 11100109656 la planta física y la administración de la sede denominada Agustín Codazzi código DANE 111001038257 ubicada en la calle 48 B sur No. 28 - 56, localidad de Tunjuelito, y autorizar la ampliación del servicio educativo, el cual quedará así:
“ARTÍCULO 2º. El COLEGIO CENTRO INTEGRAL JOSE MARIA CORDOBA, ofrecerá el servicio educativo en los niveles de educación preescolar, básica y media así: (i) dos grados de preescolar; (ii) nueve grados de educación básica; (iii) dos grados de educación media y, (iv) cuatro ciclos lectivos especiales integrados correspondientes a la educación básica para adultos, y los dos ciclos lectivos especiales integrados correspondientes a la educación media.
La institución organizará la prestación del servicio educativo en las jornadas mañana y tarde, en las plantas físicas ubicadas en las siguientes direcciones: sede A - José María Córdoba: diagonal 48 B sur No 24 B 73 y sede B - Agustín Codazzi: calle 48 B sur No 28-56 (…)”
ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN, COMUNICACIÓN Y PUBLICACIÓN. NOTIFIQUESE el presente acto administrativo a los colegios INEM Santiago Pérez IED y Centro Integral José María Córdoba IED, y COMUNIQUESE a las dependencias de la Secretaría de Educación para los trámites pertinentes relacionados con la desvinculación la sede y la vinculación de la nueva al Directorio Único de Establecimientos del Ministerio de Educación Nacional. Así mismo, PUBLIQUESE este acto en un lugar visible tanto de los colegios mencionados como en la página web de la Secretaría de Educación del Distrito y en el Registro Distrital.
ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y las disposiciones de la Resolución 2371 de 14 de agosto de 2002 no modificadas expresamente por este acto administrativo continúan vigentes.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes febrero del año 2025.
DIEGO ESCALLÓN ARANGO
Subsecretario de Integración Interinstitucional
Nota: ver norma original en Anexos |