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RESOLUCIÓN 191 DE 2025
(Febrero 05)
Por medio de la cual se publican los resultados de la convocatoria para la selección de colegios profesionales del área de la salud en quienes se delegarán funciones públicas, conforme a la Resolución 2235 de 2024
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
En ejercicio de las facultades conferidas por el parágrafo 2 del artículo 10 de la Ley 1164 de 2007 y el articulo 2.7.2.1.1.1 del Decreto 780 de 2016, у
CONSIDERANDO
Que el artículo 26 de la Constitución Nacional, dispone que las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en Colegios, sometiendo su estructura interna y funcionamiento a los principios democráticos, asimismo que mediante ley se les podrá asignar funciones públicas.
Que el artículo 10 de la Ley 1164 de 2007 establece que los colegios profesionales del área de la salud cumplirán funciones públicas allí establecidas, siempre que demuestren el cumplimiento de los requisitos definidos en la normatividad vigente.
Que el artículo 2.7.2.1.1.1 del Decreto 780 de 2016 dispone las condiciones y requisitos para la delegación de funciones públicas en colegios profesionales, incluyendo la inscripción en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (ReTHUS), la expedición de tarjetas profesionales y la emisión de permisos transitorios para profesionales extranjeros.
Que mediante la Resolución 2235 de 2024 se convocó a un nuevo proceso para la delegación de funciones públicas en colegios profesionales del área de la salud, surtiéndose la etapa de convocatoria a través de la publicación en el Diario el Tiempo el día 28 de noviembre de 2024.
Que conforme con lo expuesto dentro del término de postulación, se presentaron los siguientes colegios del área de la salud:
1. Organización Colegial de Enfermería (OCE)
2. Colegio Colombiano de Fisioterapeutas (COLFI)
3. Colegio Colombiano de Odontólogos (CCO)
4. Colegio Colombiano de Fonoaudiólogos (CCF)
5. Colegio Médico Colombiano
6. Colegio Colombiano de Terapia Ocupacional (CCTO)
7. Colegio Colombiano de Nutricionistas Dietistas (COLNUD)
8. Federación Colombiana de Optómetras (FEDOPTO)
9. Colegio Colombiano de Instrumentación Quirúrgica (COLDINSQUI)
10. Colegio Colombiano de Terapeutas Respiratorios (CCTR)
11. Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia
Que con base en el procedimiento estipulado en la Resolución 2235 de 2024, la Dirección de Desarrollo de Talento Humano en Salud del Ministerio de Salud y Protección Social evaluó las postulaciones presentadas por los colegios profesionales de la salud, verificando el cumplimiento de los requisitos documentales y los criterios de evaluación establecidos.
Que luego del análisis correspondiente, se identificó que los siguientes colegios profesionales de la salud cumplen con los requisitos:
1. Organización Colegial de Enfermería (OCE) CUMPLE
El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No 1 que hace parte integral de la presente resolución.
2. Colegio Colombiano de Fisioterapeutas (COLFI) CUMPLE
El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No 2, que hace parte integral de la presente resolución.
3. Colegio Colombiano de Odontólogos (CCO) CUMPLE
El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 3, que hace parte integral de la presente resolución
4. Colegio Colombiano de Fonoaudiólogos (CCF) CUMPLE
El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 4, que hace parte integral de la presente resolución
5. Colegio Médico Colombiano CUMPLE
El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 5, que hace parte integral de la presente resolución.
6. Colegio Colombiano de Terapia Ocupacional (CCTO) CUMPLE
El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 6, que hace parte integral de la presente resolución
7. Colegio Colombiano de Nutricionistas Dietistas (COLNUD) CUMPLE
El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 7, que hace parte integral de la presente resolución.
8. Colegio Federación Colombiana de Optómetras (FEDOPTO) CUMPLE
El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 8, que hace parte integral de la presente resolución
9. Colegio Colombiano de Instrumentación Quirúrgica (COLDINSQUI) CUMPLE
El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 9, que hace parte integral de la presente resolución
10. Colegio Colombiano de Terapeutas Respiratorios (CCTR) CUMPLE
El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 10, que hace parte integral de la presente resolución
11.Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia CUMPLE
El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 11, que hace parte integral de la presente resolución
Que los colegios seleccionados demostraron idoneidad, cumplimiento normativo y capacidad técnica para gestionar las funciones públicas delegadas, alineándose con los principios de transparencia y eficiencia.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Artículo 1. Publicar los resultados de la convocatoria de selección de colegios profesionales del área de la salud en quienes se delegarán funciones públicas, que cumplieron con los requisitos fijados en la Resolución 2235 de 2024:
Artículo 2. Notificar personalmente el contenido del presente acto administrativo a los representantes legales de los Organización Colegial de Enfermería (OCE), Colegio Colombiano de Fisioterapeutas (COLFI), Colegio Colombiano de Odontólogos (CCO), Colegio Colombiano de Fonoaudiólogos (CCF), Colegio Médico Colombiano, Colegio Colombiano de Terapia Ocupacional (CCTO), Colegio Colombiano de Nutricionistas Dietistas (COLNUD), Federación Colombiana de Optómetras (FEDOPTO), Colegio Colombiano de Instrumentación Quirúrgica (COLDINSQUI), Colegio Colombiano de Terapeutas Respiratorios (CCTR), Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia, a sus apoderados o a quienes autoricen para tal efecto, advirtiéndoles que contra la presente resolución procede el recurso de reposición en los términos previstos en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -CPACA, el cual deberá ser interpuesto dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación.
Parágrafo. Si no pudiere hacerse la notificación personal, esta se surtirá por aviso de conformidad con lo previsto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA.
Artículo 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los 05 días del mes de febrero del año 2025.
GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTINEZ
Ministro de Salud y Protección Social
Nota: Ver norma original y Anexos. |