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Resolución 091 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
20/02/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/03/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8272 del 28 de febrero de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 091 DE 2025

 

(Febrero 20)

 

Por la cual se efectúa una delegación para el Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, el Decreto Distrital 081 de 2019, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 113° de la Constitución Política de 1991 establece “(...) Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.", por su parte, el artículo 209 prevé "(...) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.”

 

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, señala que: “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”.

 

Que el artículo 32° del Acuerdo 257 de 2006, “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones", emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.

 

Que el artículo 6° del Decreto Distrital 081 de 2019 estableció la conformación y funcionamiento del Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas, como un órgano de deliberación y decisión para la administración y asignación de los recursos de la contribución parafiscal cultural de conformidad con las funciones designadas en el mismo Decreto. En el artículo 7, estableció dentro de la conformación la participación de el/la Secretario(a) Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, o su delegado.

 

Que para garantizar la adecuada y oportuna participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, así como para la articulación, seguimiento, monitoreo y toma de decisiones en el Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas y teniendo que en cuenta el artículo 14 del Decreto Distrital 340 de 2020, el cual establece las funciones de la Dirección de Fomento, las cuales son afines al propósito de esta instancia, razón por lo cual se delegará en el Director de Fomento de esta Secretaría.

 

Que en merito de lo expuesto:

 

RESUELVE:

 

Artículo 1.  Delegar en el Director de Fomento, hoy en cabeza del señor Juan Diego Jaramillo Morales, o quien haga sus veces, la participación del Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en el Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas, de acuerdo con lo expuesto en parte considerativa del presente acto.

 

Parágrafo. La facultad otorgada podrá reasumirse en cualquier momento de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 489 de 1998, o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.

 

Artículo 2. El funcionario delegado deberá presentar un Informe a través de orfeo, cada vez que se reúna la instancia, al Secretario de Despacho sobre los avances de la misma.

 

Artículo 3. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, comunicar la presente Resolución a Juan Diego Jaramillo Morales, con correo institucional juan.jaramillo@scrd.gov.co en su condición de Director de Fomento de esta Secretaría; a Maurizio Toscano Giraldo, Subdirector de Infraestructura Cultural y en su condición de Secretaría Técnica de esta instancia; al correo institucional maurizio.toscano@scrd.gov.co; en atención a la solicitud del despacho radicada en esta entidad bajo el No. 20257100038172.

 

Artículo 4.  Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, efectuar la publicación en el Régimen Legal de Bogotá y en el Registro Distrital.

 

Artículo 5. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de febrero del año 2025.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Nota: ver norma original en Anexos.