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CIRCULAR CONFIS 08 DE 2024
(Noviembre 28)
PARA: ALCALDES LOCALES SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO DE: URSULA ABLANQUE MEJÍA
Secretaria Técnica del CONFIS Distrital
ASUNTO: Concepto previo favorable al Proyecto de Presupuesto Vigencia 2025 Fondos de Desarrollo Local - FDL
Me permito comunicarles que el CONFIS Distrital en sesión No. 21 celebrada el día 27 de noviembre de 2024 de acuerdo con lo establecido en el literal f) del artículo 10° del Decreto 714 de 1996 y artículo 12° del Decreto 372 de 2010, emitió concepto previo favorable a los Proyectos de Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 de los 20 Fondos de Desarrollo Local - FDL, por un monto de $3.337.008.373.000 conforme al siguiente detalle:
1. Proyecto de presupuesto 2024 - FDL
Consolidado Proyecto de Presupuesto 2025 Fondos de Desarrollo Local
(Cifras en pesos)
2. Ingresos
Proyecto de Presupuesto de Rentas e Ingresos 2025
Fondos de Desarrollo Local (Cifras en pesos)
1. INGRESOS
1.1 Disponibilidad Inicial
Se estiman recursos disponibles en la tesorería a 31 de diciembre de 2024 por un monto de $1.432.282.165.000 para financiar las obligaciones por pagar de años anteriores y las que se proyectan constituir al cierre de la vigencia fiscal 2024.
1.2 Ingresos Corrientes
Los ingresos corrientes programados ascienden a $1.892.391.126.000, correspondiendo principalmente a las transferencias de la Administración Central por $1.890.111 millones, y $2.280 millones por ingresos propios reportados por los FDL como multas (ocupación del espacio público, establecimientos de comercio, urbanísticas), sanciones contractuales, servicio de fotocopiado al público, arrendamientos, entre otros.
Transferencias de la Administración Central
Conforme con lo establecido en el artículo 12° de la Ley 2116 de 2021 modificatorio del artículo 89 del Decreto Ley 1421 de 1993, la transferencia corresponde al 12% de los Ingresos Corrientes de la Administración Central, distribuida de acuerdo con el Plan Financiero de la Administración Central y los Establecimientos Públicos 2025 y el Anteproyecto de Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá D.C. 2025 aprobado por el CONFIS Distrital, en sesión ordinaria No 16 del 23 de octubre de 2024 y sesión extraordinaria No 14 del 26 y 27 de octubre de 2024, así como los índices de distribución determinados por el CONFIS Distrital en el Acta No.08 del 27 de junio de 2024.
En este contexto, la transferencia correspondiente a la vigencia 2025 asciende a $1.890.111 millones de pesos, desglosados de la siguiente manera:
- $1.764.806 millones, provenientes de la proyección de ingresos corrientes de la administración central de libre destinación para 2025, incluyendo $58.030 millones correspondientes a la sobretasa a la gasolina, de destinación especifica.
- $125.305 millones, originados por el mayor recaudo de ingresos corrientes de la administración central de libre destinación durante la vigencia 2023, incluyendo $1.540 millones corresponden a la sobretasa a la gasolina de destinación especifica.
A continuación, se presenta el detalle por Fondo de Desarrollo Local:
Consolidado Transferencias Administración Central 2025
(Cifras en pesos)
Fuente: SDH- DDP programación 2025
1.3 Recursos de Capital
El agregado está programado en $12.335 millones y corresponde a ingresos por rendimientos financieros y reintegros de recursos registrados hasta septiembre de 2024, los cuales superan las cifras inicialmente apropiadas.
2. GASTOS
Proyecto de Presupuesto de Gastos e Inversiones - FDL 2025
(Cifras en pesos)
Fuente: Proyectos de presupuesto -FDL /1 Las Obligaciones por Pagar corresponden al valor de compromisos que se estiman no se pagarán a 31 de diciembre de 2024 y de años anteriores
Proyecto de Presupuesto de Gastos e Inversiones 2025
Fondos de Desarrollo Local
(Cifras en pesos)
Fuente: Anteproyectos FDL- radicados en SDH-DDP
2.1 Funcionamiento
Gastos de personal y Adquisición de bienes y servicios
Se programan recursos por $24.897 millones para financiar el pago de los honorarios de ediles y $53.734 millones para la adquisición de bienes y servicios, con los cuales se atenderá el normal funcionamiento de los FDL.
Obligaciones por Pagar
A partir de la vigencia 2011, con los establecido en el Decreto 372 de 2010, se refleja la constitución de las obligaciones por pagar[1] en los gastos de funcionamiento, según la estructura presupuestal de los F.D.L. quienes proyectan constituir por este concepto $27.208 millones al cierre de 2024.
2.2 Inversión
Directa
En este agregado se programan recursos por $1.826.095 millones para inversión directa. Para la distribución de estos recursos, entre las distintas líneas de inversión, se tuvo en cuenta lo establecido en la Circular Confis No. 004 de 2024.
Las líneas de inversión se agrupan en dos componentes: Gestión Pública Local y Presupuestos Participativos
i) Inversiones del componente de Gestión Pública Local (50%): para garantizar la adecuada gestión institucional, permitiendo la continuidad en la prestación de bienes y servicios necesarios para apoyar la gestión local y mejorar las condiciones de vida de la población en los territorios.
Incluye los gastos asociados iniciativas de interés cultural, - artístico, patrimonial y de cultura ciudadana, apoyo a educación superior, dotación de equipamientos para instituciones educativas públicas del Distrito, fortalecimiento institucional, infraestructura local, inspección, vigilancia y control, fortalecimiento a organizaciones comunales y apoyo económico para persona mayor Tipo C., manejo de emergencias y mitigación del riesgo resiliencia al cambio PDL de desastres y asignación del subsidio de mejoramiento, entre otros.
ii) Inversiones del componente Presupuesto Participativo (50%) del total de la inversión de la localidad. Representan los recursos de inversión que las Alcaldías Locales deberán ejecutar con el fin de complementar y fortalecer las inversiones estratégicas de la administración distrital.
La totalidad de los recursos de inversión de este componente deberán ser priorizados a través de ejercicios de presupuestos participativos. De esta forma se da cumplimiento con lo establecido en el artículo 4° del Acuerdo 740 de 2019[2] y los decretos reglamentarios.
A continuación, se relacionan los recursos 2025 distribuidos en las líneas de inversión por componente:
Matriz de Inversión Directa
Consolidado por Líneas de Inversión FDL – 2025
(Cifras en millones de pesos)
Fuente: SDP- Matriz POAI y Proyecto de Presupuesto FDL
De los tres primeros se señala las siguientes inversiones:
- Infraestructura segura e incluyente, lo componen las inversiones en Diseño, construcción y conservación (mantenimiento y rehabilitación) de la malla vial local e intermedia urbana o rural por $275.829 millones, y en construcción y/o conservación de elementos del sistema de espacio público por $33.431 millones.
- Gobierno confiable, se destacan inversiones significativas por $175.643 millones en el componente de fortalecimiento institucional, y $118.848 millones destinados a infraestructura local, fortalecimiento de medios comunitarios y alternativos, creación de laboratorios de innovación social, y promoción de la transparencia y la bogotaneidad.
Menos pobreza, se asignan $128.906 millones para el apoyo económico a mayores (Tipo C), $68.868 millones para otras transferencias monetarias, $29.566 millones para
Obligaciones por Pagar: Se proyectan $1.405 millones en obligaciones por pagar de inversión
3. Disponibilidad Final
Corresponde al saldo resultante de sumar la disponibilidad inicial y el total de ingresos, menos el total de gastos. En el marco del proceso de programación presupuestal, este saldo se proyecta en cero.
El concepto previo y favorable se emite con base en los documentos enviados por cada Alcaldía Local a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, la recomendación emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, la revisión de la Secretaría Distrital de Planeación - Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local y las orientaciones que sobre la inversión local definió el CONFIS. Por lo tanto, el Proyecto de Presupuesto que se presente a la respectiva Junta Administradora Local (JAL) deberá soportarse en la misma información sobre la cual el CONFIS Distrital emitió concepto favorable. La observancia de los procedimientos legales y presupuestales a los que haya lugar son responsabilidad y competencia exclusiva de las autoridades locales correspondientes.
Cordial saludo,
ÚRSULA ABLANQUE MEJÍA
Secretaria Técnica CONFIS Distrital
Aprobó: Julio Alejandro Abril Tabares. Subsecretario de Planeación de la Inversión – SDP Andrés Felipe Uribe Medina. Subsecretario Técnico – Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Maria Alejandra Botiva León. Directora de Inversiones Estratégicas – SDP Elaboró: Maria Teresa Bustos Arias. Profesional Especializada – Dirección Inversiones Estratégicas – SDP
Nota: ver norma original en Anexos
NOTAS DE PIE DE PAGINA: [1] Decreto 372 de 2010- Artículo 28: Los gastos causados y debidamente registrados con cargo a los presupuestos de los F.D.L. que no se paguen en la vigencia respectiva deberán incluirse en el presupuesto del año siguiente como obligaciones por pagar. Toda Obligación por Pagar que no sea incluida en el presupuesto deberá ser financiada con cargo al proyecto o rubro que le dio origen, o en el evento en que cambiaran los proyectos incluidos en el POAI, a un proyecto o rubro con el que guarde afinidad. [2] Por el cual se dictan normas en relación con la organización y el funcionamiento de las localidades de Bogotá. D.C. |