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Acuerdo 001 de 2025 Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático - FONDIGER - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
27/01/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8272 del 28 de febrero de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 001 DE 2025

 

(Enero 27)

 

Por medio del cual se aprueba, incorpora, distribuye y se realiza asignación y reasignación de recursos en el Presupuesto del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. - FONDIGER 2025

 

LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DISTRITAL PARA LA GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO DE BOGOTÁ, D. C. - FONDIGER

 

En ejercicio de sus facultades en especial las conferidas en los Numerales 3° y 6° del Artículo 8 del Decreto 174 de 2014, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el Parágrafo 1° del Artículo 1 de la Ley 1523 de 2012 "Por el cual se adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se establece el sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones", se prevé que la gestión del riesgo se constituye en una política de desarrollo indispensable para asegurar la sostenibilidad, la seguridad territorial, los derechos e intereses colectivos, mejorar la calidad de vida de las poblaciones y las comunidades en riesgo.

 

Que el Artículo 12 del Acuerdo 546 de 2013 crea el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático - FONDIGER como una cuenta especial del Distrito Capital con independencia patrimonial, administrativa, financiera, contable y estadística, como lo establece el Decreto Ley 1421 de 1993, administrado por el IDIGER, sin personería jurídica para el cumplimiento del objeto y alcance del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - SDGR-CC.

 

Que el Artículo 2 del Decreto 174 de 2014 “Por medio del cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá, D.C, - FONDIGER”, establece que éste, tendrá como objeto general obtener, recaudar, administrar, invertir, gestionar y distribuir los recursos necesarios para la operación del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, bajo esquemas interinstitucionales de cofinanciación, y subsidiariedad, para el desarrollo de los procesos de gestión de riesgos y cambio climático, conforme al artículo 13 del Acuerdo 546 de 2013.

 

Que el Artículo 4 del precitado Decreto, en su Numeral 3° relaciona como función del Director del IDIGER: “Presentar. para aprobación de la Junta Directiva del FONDIGER, el proyecto de presupuesto del Fondo, los objetos generales de gastos y sus modificaciones, de acuerdo con las directrices del Consejo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático - CDGR-CC”, y en los Numerales 3° y 6° de su Artículo 8, facultó a la Junta Directiva para “Autorizar la distribución y movimientos de los recursos en las subcuentas, con base en la disponibilidad de recursos existentes en el Fondo”, así como para "Aprobar el Proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo, y sus modificaciones, de acuerdo con las orientaciones del Consejo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático - CDGR-CC y con los instrumentos de Gestión de Riesgos y Cambio Climático".

 

Incorporación de recursos y rendimientos financieros

 

Que la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante radicado 2024ER20786 de fecha de 24 de octubre de 2024, comunicó el valor de la transferencia de inversión de Bogotá Distrito Capital al FONDIGER para la vigencia 2025, conforme con las decisiones del CONFIS y con lo establecido en 16 del Acuerdo Distrital 546 de 2013, por valor de SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCO MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL PESOS MCTE ($73.305.045.000), los cuales se hace necesario incorporar, distribuir y asignar en el presupuesto del FONDIGER 2025.

 

Que en las cuentas bancarias del FONDIGER se cuenta con recursos para ser incorporados por valor de OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS DIEZ PESOS MCTE ($8.634.999.710), los cuales se hace necesario incorporar, distribuir y asignar en el presupuesto del FONDIGER 2025.

 

Necesidades de asignación de recursos

 

- Que, el Jardín Botánico de Bogotá - JBB, presentó solicitud de recursos para el desarrollo de actividades de poda, tala y trozado de árboles en riesgo en el marco del Decreto 383 de 2018, de SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA PESOS MCTE. ($6.584.848.170)

 

- Que, la Secretaría Distrital de Hábitat - SDHT presentó solicitud de recursos, para la ejecución del proyecto “Aprovechamiento de agua lluvia en Bogotá, desde las edificaciones y el entorno - Cambio Climático”, por valor de SEIS MIL TRESCIENTOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SESENTA PESOS M/CTE. ($6.307.899.060).

 

- Que, el IDIGER presentó los siguientes proyectos, para contar con la financiación con cargo a los recursos FONDIGER, así:

 

“Estudios detallados de riesgo por movimientos en masa en laderas priorizadas en corto plazo, para la definición de medidas de reducción del riesgo.”, por valor de SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE. ($7.936.000.000).

 

“Generación de conocimiento a partir del seguimiento de los datos de la red de monitoreo hidroclimatológica de Bogotá, así como la ejecución de acciones para elaboración de insumos de análisis para la gestión del riesgo en Bogotá.”, por valor de CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE. ($5.844.196.000).

 

“Establecimiento de condiciones de amenaza y riesgo para actividades de carácter tecnológico y antrópico no intencional que conlleven a riesgo público en el Distrito Capital.”, por valor de NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($965.400.000).

 

- Que el parágrafo No. 1 del Artículo 7 del Acuerdo No. 004 de 2023 “Por medio del cual se deroga el Acuerdo 002 de 2019 y el Acuerdo 002 de 2022 y se expide el Reglamento Operativo, de Administración y Manejo de los recursos del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. - FONDIGER”, establece: “El FONDIGER priorizará la atención de emergencias sobre cualquier otra situación, razón por la cual, de la asignación de que trata el Literal C del Artículo 16 del Acuerdo 546 de 2013, se distribuirá como mínimo el 20% al programa “Atención Integral , Oportuna, Eficiente y Eficaz de las situaciones de Emergencia, calamidad o Desastre a través de la estrategia distrital de respuesta” de la Subcuenta de Manejo de Emergencias, Calamidades y Desastres y mínimo el 10% al programa “Preparación para facilitar la recuperación” de la Subcuenta de Recuperación; recursos que serán invertidos Únicamente en el financiamiento de lo establecido en los Planes de Acción Específicos para la Respuesta y la Recuperación que s6 suscriban en el marco de las declaratorias de situaciones de emergencia, calamidad o desastre, Estos recursos, solo podrán ser utilizados para tal fin y quedarán asignados al IDIGER”.

 

Que conforme con lo anterior, la Junta Directiva de FONDIGER realiza la asignación de recursos en la Subcuenta de Manejo de Emergencias, Calamidades y Desastres, Línea de Inversión “Atención Integral, Oportuna, Eficiente y Eficaz de las situaciones de Emergencia, Calamidad o Desastre a través de la estrategia Distrital de Respuesta”, Programa “Atención Integral, Oportuna, Eficiente y Eficaz de las situaciones de Emergencia, calamidad o Desastres a través de la estrategia distrital de respuesta" por valor de DIECISEIS MIL MILLONES DE PESOS MCTE ($16.000.000.000) y en la Subcuenta de Recuperación, Línea de inversión “Estar preparados para la respuesta a emergencias y desastres”, programa “Preparación para facilitar la recuperación” por valor de OCHO MIL CIEN MILLONES DE PESOS MCTE (8.100.000.000), correspondientes al 20% y 10% de la asignación recurrente efectuada por la SDH, respectivamente.

 

Que, la Junta Directiva de FONDIGER realiza la incorporación de recursos a la subcuenta de Conocimiento del Riesgo y de los efectos del cambio climático, línea de inversión “Sin Asignar", Programa “Sin Asignar” por valor de CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS PESOS MCTE. ($4.530.255.222).

 

- Que, la Junta Directiva de FONDIGER realiza la incorporación de recursos a la subcuenta de Manejo de Emergencias, Calamidades y Desastres, Línea de Inversión “Sin Asignar”, Programa “Sin Asignar" por valor de SEIS MIL CUARENTA MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS MCTE. ($6.040.340.296).

 

- Que, la Junta Directiva de FONDIGER realiza la incorporación de recursos a la Subcuenta de por valor de Adaptación al Cambio Climático, Línea de Inversión “Sin Asignar", Programa “Sin Asignar" NUEVE MIL SESENTA MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS MCTE. ($9.060.510.444).

 

- Que, la Junta Directiva de FONDIGER realiza la incorporación de recursos a la Subcuenta de Reducción del Riesgo, Línea de Inversión “Sin Asignar”, Programa “Sin Asignar” por valor de CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS PESOS MCTE. ($4.530.255.222).

 

- Que, la Junta Directiva de FONDIGER realiza la incorporación de recursos a la Subcuenta de Protección Financiera, Línea de Inversión “Sin Asignar”, Programa “Sin Asignar” por valor de TRES MIL VEINTE MILLONES CIENTO SETENTA MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO PESOS MCTE. ($3.020.170.148).

 

- Que, la Junta Directiva de FONDIGER realiza la incorporación de recursos a la Subcuenta de Recuperación, Línea de Inversión “Sin Asignar”, Programa “Sin Asignar” por valor de TRES MIL VEINTE MILLONES CIENTO SETENTA MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO PESOS MCTE. ($3.020.170.148).

 

Reasignación de recursos

 

- Que la Junta Directiva del FONDIGER aprobó la asignación de recursos para que de manera subsidiaria y complementaria se realizara el apalancamiento financiero del “Plan de Acción Específico del Decreto 513 de 2022", y frente a los cuales existen recursos no ejecutados por la entidad beneficiaria de la asignación, razón por la cual, son dispuestos para ser reasignados por la suma de MIL NOVECIENTOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS MCTE. OCHO ($1.908.420.593).

 

- Que en razón a lo anterior, se hace necesario realizar la reasignación de los recursos no ejecutados por la empresa Aguas de Bogotá, con la finalidad de que estén disponibles en el FONDIGER, sin asignar, en la Subcuenta de Manejo de emergencias, Línea de Inversión “Atención integral, oportuna, eficiente y eficaz de las situaciones de emergencia, calamidad o eficiente y desastre a través de la estrategia distrital de respuesta”, programa “Atención integral, oportuna, eficaz de las situaciones de emergencia”, por valor de MIL NOVECIENTOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS MCTE. ($1.908.420.593).

 

- Que la Junta Directiva del FONDIGER aprobó la asignación de recursos para que de manera subsidiaria y complementaria se realizara el apalancamiento financiero del “Plan de Acción Específico del Decreto 186 de 2023”, y frente a los cuales de conformidad a la información reportada por las entidades beneficiarias de la asignación, existen recursos no ejecutados, los cuales son dispuestos para ser reasignados por la suma CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA de Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE PESOS MCTE. ($4.858.352.619).

 

Que, en razón a lo anterior, se hace necesario realizar la reasignación de los recursos no ejecutados de la siguiente manera:

 

- Recursos asignados a la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-con la finalidad de que estén disponibles en el FONDIGER, sin asignar, en la Subcuenta de Recuperación, Línea de Inversión “Estar preparados para la respuesta a emergencias y desastres”, programa “Preparación para facilitar la recuperación”, por valor de CUATRO MIL TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE. ($4.300.000.000).

 

- Recursos asignados a la Empresa Aguas Bogotá, con la finalidad de que estén disponibles en FONDIGER, sin asignar, en la Subcuenta de Recuperación, Línea de Inversión “Estar preparados para la respuesta a emergencias y desastres”, programa “Preparación para facilitar la recuperación”, por valor de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE ($500.000.000).

 

- Recursos asignados al Jardín Botánico de Bogotá, con la finalidad de que estén disponibles en la FONDIGER, sin asignar, en la Subcuenta de Recuperación, Línea de Inversión “Estar preparados para la respuesta a emergencias y desastres”, programa “Preparación para facilitar recuperación”, por valor de CINCUENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE PESOS MCTE ($58.352.619).

 

Que, conforme a lo anterior, el Director General del IDIGER en la Junta Directiva de FONDIGER que diciembre de 2024, con continuidad el 22 de enero de 2025 y finalización mediante sesión sincrónica el 27 de enero de 2025, presentó para aprobación el proyecto de acuerdo “Por medio del cual se aprueba, incorpora, distribuye y se realiza asignación y reasignación de recursos en el Presupuesto del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. - FONDIGER 2025".

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1° - Aprobar la incorporación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. - FONDIGER 2025, la suma de OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIEZ PESOS ($81.940.044.710), de la siguiente manera:

 

 

Artículo 2°- Aprobar la distribución y asignación de recursos en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. - a FONDIGER 2025, por valor de OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIEZ PESOS ($81.940.044.710), como se muestra continuación:

 

 

Artículo 3° - Aprobar la reasignación de recursos por valor de SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DOCE PESOS MICTE ($6.776.773.212) para que estén disponibles en el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. - FONDIGER, como se muestra a continuación:

 

 

Artículo 4°- Comunicar a la Secretaría Distrital de Hábitat - SDHT, Jardín Botánico De Bogotá - JBB, Aguas de Bogotá, Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y a las dependencias del IDIGER relacionadas con los procesos financieros con el fin de atender las decisiones adoptadas por la Junta Directiva.

 

Artículo 5°- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación.

 

Artículo 6°- Publíquese en la gaceta de la Imprenta Distrital.

 

Dado en Bogotá, Distrito Capital, a los 27 días del mes de enero del año 2027(sic).

 

ADRIANA SOTO CARREÑO

 

Delegada Alcalde Mayor

 

Presidenta

 

GUILLERMO ESCOBAR CASTRO

 

Director General IDIGER

 

Secretario Técnico

 

Nota: Ver norma original en Anexos.