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ACUERDO 214 DE 2025
(Marzo 26)
Por medio del cual se emite aprobación de la Junta Directiva de la EAAB-ESP, por delegación del CONFIS Distrital, para efectuar un traslado presupuestal entre Gastos de Funcionamiento y Gastos de Operación Comercial del Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal 2025 de la EAAB-ESP
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA-ESP
en ejercicio de sus facultades legales y estatuarias consagradas en el numeral 1, literal d, del artículo 11 del acuerdo 05 de 2019; el artículo 2º y 3º del decreto 191; la resolución 15 de 2021 y,
CONSIDERANDO:
Que es función de la Junta Directiva, por disposición del numeral 1 del literal D del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019, emitir concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto de la Empresa para la siguiente vigencia fiscal y a las modificaciones del presupuesto aprobado, cuando éstas afecten el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de Operación, servicio de la deuda y gastos de inversión.
Que el CONFIS Distrital mediante la Resolución 015 de 2021 "Por la cual se delega en las Juntas o Consejos Directivos de las Empresas Distritales no financieras a las que hace referencia el artículo 1º del Decreto Distrital 662 de 2018, la facultad para aprobar y modificar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones", en su artículo 3° delega en las juntas o consejos directivos la aprobación mediante acto administrativo, de las modificaciones que afecten el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de operación, servicio de la deuda y gastos de inversión del Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Acuerdo 11 de 2013, es responsabilidad de la Dirección de Planeación y Control de Rentabilidad, Gastos y Costos formular y coordinar estrategias orientadas a maximizar la rentabilidad y optimizar los costos y gastos de la Empresa. Este mandato debe armonizarse con la necesidad de garantizar los recursos requeridos para la operación de la Empresa, asegurando condiciones de calidad, oportunidad y continuidad en el servicio.
Que en la vigencia 2024 fue necesario adicionar y prorrogar el contrato destinado al suministro de energía para la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP como cliente no regulado en las estaciones de bombeo y algunas sedes administrativas, teniendo en cuenta la propuesta que Enel Colombia realizó a la Empresa de migrar a un esquema de precio de bolsa, manteniéndose en el mercado no regulado con la opción de fijar un precio fijo en caso de estabilización de la oferta energética. Dicha propuesta se basó en las condiciones del mercado energético de su momento, caracterizado por la escasez de recurso hídrico y una oferta limitada de energía. Así, con el objetivo de cubrir la necesidad de adicionar el contrato mencionado, se procedió a la recomposición de la planificación para 2025, afectando recursos de las siguientes posiciones financieras (rubros) de operación Productos Químicos, Servicios Profesionales, Técnicos y Empresariales, Medidores y Materiales Accesorios De Acueducto y Alcantarillado.
Que tras un análisis detallado de costos y gastos de la Empresa se identificaron recursos susceptibles de ser liberados en el concepto de gasto servicio de salud (Plan Adicional y Plan Complementario), dentro de Gastos de Funcionamiento, como resultado de una negociación de tarifas más favorable. Así, respetando la planificación 2025 y con el fin de garantizar el cumplimiento de las metas operativas y asegurar el adecuado desarrollo de las actividades estratégicas de la Empresa, se hace necesario reasignar los recursos a los rubros que fueron afectados en Gastos de Operación Comercial, producto de adicionar y prorrogar el contrato destinado al suministro de energía para la EAAB-ESP.
Que por lo anterior y con el propósito de garantizar la continuidad de las actividades operativas y estratégicas de la Empresa, preservando el equilibrio financiero y optimizando el uso de los recursos, se hace necesario efectuar un traslado presupuestal entre agregados por valor de $44.997.337.798, contracreditando Gastos de Funcionamiento y acreditando Gastos de Operación Comercial, sin que se afecte el valor total del Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la vigencia 2025, aprobado para la EAAB ESP.
Que en sesión No. 2685 de la Junta Directiva de la EAAB-ESP, llevada a cabo el 26 de marzo de 2025, por unanimidad los miembros de Junta Directiva aprobaron la realización del traslado presupuestal por valor de CUARENTA Y CUATRO MIL NOVEIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($44.997.337.798) М/СТE, contracreditando Gastos de Funcionamiento y acreditando Gastos de Operación Comercial. En consecuencia, el traslado propuesto al presupuesto quedaría conformado, así:
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar un traslado presupuestal, al interior del Presupuesto Gastos e Inversiones de la vigencia fiscal 2025, por valor de CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($44.997.337.798) M/CTE, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 26 días del mes marzo del año 2025.
VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL
Presidente
HEYBY POVEDA FERRO
Secretaria
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