| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 455 DE 2025
(Junio 13)
Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Noche de Museos 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
LA SECRETARIA DE DESPACHO (E)
De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022, y el Decreto 245 de 2025
CONSIDERANDO
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que:
“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.
Que el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto:
“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.
Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.
Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que en el marco del Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Camina Segura 2024-2027” y su Objetivo No. 3 “Bogotá confía en su potencial”, la ciudad impulsa una Bogotá 24 horas con entornos activos, seguros y culturalmente diversos. Bajo este objetivo, la SCRD, a través de la Dirección de Economía, Estudios y Política (DEEP), ha diseñado una apuesta cultural que acompaña la estrategia Bogotá 24/7. Esta iniciativa busca expandir la oferta en horarios no convencionales, garantizando el acceso y el ejercicio de los derechos culturales de la ciudadanía. De esta manera, los procesos desarrollados por el ecosistema museal de Bogotá en horarios extendidos se alinean directamente con los objetivos de las apuestas culturales de Bogotá 24/7 y el Plan de Desarrollo, contribuyendo a una ciudad más viva, inclusiva y culturalmente rica.
Que bajo esta orientación, se destaca “La Noche de Museos de Bogotá”, como una iniciativa, impulsada por la Mesa Temática de Museos, la cual se ha consolidado como un catalizador significativo desde su primera versión en 2021. Es así como los procesos culturales realizados por el ecosistema museal y la Noche de Museos se distinguen por su impacto al dinamizar la economía nocturna de la ciudad, fomentar el turismo y por ofrecer una experiencia cultural abierta a las diversas ciudadanías en horario extendido. Además, promueve activamente la apropiación ciudadana de los espacios culturales, fortaleciendo la accesibilidad, la diversidad y la participación activa de los habitantes en la vida cultural de la ciudad.
Que la en cumplimiento a los objetivos misionales de la SCRD, la “Invitación Cultural Noche de Museos 2025” tiene como objeto: “Fomentar el acceso y la participación ciudadana en la oferta cultural promovida por las entidades museales de Bogotá y la dinamización de la Noche de Museos de Bogotá, mediante la implementación de iniciativas interdisciplinarias propuestas por entidades museales, con el propósito de desarrollar una agenda cultural y creativa en horarios no convencionales”.
Que en este sentido, la SCRD a través de la Dirección de Economía Estudios y Política, invita a personas jurídicas museales sin ánimo de lucro con domicilio principal o una de sus sedes en Bogotá, a presentar iniciativas que tendrán como objetivo acercar a la ciudadanía a los museos mediante procesos que dinamicen su oferta cultural, fortalezcan los vínculos con las comunidades y promuevan la participación activa del público en experiencias creativas.
Que las iniciativas deberán alinearse con los objetivos de la estrategia Bogotá 24/7, que busca impulsar la dinamización económica, cultural y creativa de la ciudad, a través de la promoción del turismo cultural y la creación de entornos seguros y de convivencia ciudadana. Se espera que las propuestas museales brinden experiencias creativas, fomentando un acceso permanente, inclusivo y diverso a la cultura de Bogotá en horarios no convencionales.
Que para amparar los incentivos económicos que se detallan en la presente invitación cultural, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:
Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura a la “Invitación Cultural Noche de Museos 2025”
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la “Invitación Cultural Noche de Museos 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.
PARÁGRAFO: Los incentivos económicos a que hace referencia la invitación cultural que se apertura, se encuentran amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal con No. 1167 del 05 de mayo del 2025, relacionado en la parte motiva del presente acto administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la referida invitación cultural serán publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
PARÁGRAFO: Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la SCRD (https://invitaciones.scrd.gov.co/), con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.
ARTÍCULO TERCERO: Realizar por la Dirección de Economía, Estudios y Política de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en la citada invitación cultural de la cual es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.
ARTÍCULO CUARTO: Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la presente invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Economía, Estudios y Política, la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación, y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de junio del año 2025.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
BIBIANA ANDREA VICTORINO RAMÍREZ
Secretaria de Despacho (E)
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Nota: Ver norma original en Anexos. |