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ACUERDO 219 DE 2025
(Mayo 29)
Por medio del cual se emite concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital autorización para asumir obligaciones que afectan el presupuesto de vigencias futuras excepcionales con declaratoria de importancia estratégica 2026 a 2035 en gastos de operación comercial
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA ESP,
en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias consagradas en el literal d, numeral 3 del artículo 11 del acuerdo 05 de 2019 y,
CONSIDERANDO:
Que es función de la Junta Directiva, por disposición del literal D del numeral 3 del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019, evaluar las solicitudes de autorización para adquirir obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras y emitir concepto de acuerdo con los procedimientos legales y distritales.
Que conforme a lo establecido en el artículo 39° del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo 5º del Decreto Distrital 191 de 2021, que reglamenta y establece directrices y controles en el proceso presupuestal de las empresas distritales y dicta otras disposiciones:
"EI CONFIS Distrital, en casos excepcionales para obras de infraestructura y para gastos relacionados con la comercialización y producción que de no ejecutarse pueden causar inevitablemente la parálisis o afectación en la prestación de un servicio que se deba satisfacer y garantizar por mandato constitucional, para las garantías a las concesiones, así como para garantizar aportes sociales, en estas situaciones se podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras, sin que se requiera apropiación en el presupuesto del año en que se concede la autorización. Esta vigencia futura excepcional podrá concederse en último año de gobierno. El monto máximo de las mismas deberá ser consistente con el Plan Financiero Plurianual de la Empresa.
Parágrafo 1. En el caso que las Vigencias Futuras excepcionales tengan como fuente de financiación recursos de la Administración Central se deberá consultar el Marco Fiscal de Mediano Plazo.
Parágrafo 2.- Las operaciones de crédito público, sus asimiladas y conexas no requieren la autorización del CONFIS Distrital para asumir obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras Excepcionales. Estos contratos se regirán por las normas que regulan las operaciones de crédito público."
Que el artículo 6° del Decreto 191 de 2021, que modifica el artículo 41° del Decreto Distrital 662 de 2018, establece:
Artículo 6. - Modifíquese el artículo 41 del Decreto Distrital 662 de 2018, el cual quedará así:
"Artículo 41" Viabilidad Fiscal para Vigencias Futuras. Las vigencias futuras que excedan el periodo de gobierno o se soliciten en el último año de gobierno podrán concederse y deberán contar con el aval fiscal por parte del CONFIS Distrital antes de su declaratoria de importancia estratégica por parte del Consejo de Gobierno.
Las Empresas con avales fiscales otorgados deberán tramitar solicitud de autorización de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento.
No se requerirá de nuevo la solicitud aval fiscal o su actualización cuando las fuentes de financiación previstas y la consistencia fiscal con el Marco Fiscal de Mediano Plazo se mantengan."
Que artículo 43° del Decreto Distrital 662 de 2018, que reglamenta los requisitos que se deben cumplir para la solicitud de la declaratoria de importancia estratégica ante el Consejo de Gobierno, para el trámite de vigencias futuras ordinarias y excepcionales que excedan el periodo de mandato, establece en su inciso tercero que:
"Los requisitos establecidos en los numerales 1 y 2 no aplicarán para las actividades que requieran gastos de operación, que de no ejecutarse pueden causar inevitablemente la parálisis o afectación en la prestación de un servicio que se deba satisfacer o garantizar por mandato constitucional o legal.”
Que para las vigencias futuras en gastos de operación comercial no aplica la consulta a las metas del Plan de Desarrollo Distrital y la Empresa pretende desarrollar una actividad en gastos de operación comercial, para lo cual requiere vigencias futuras de carácter excepcional con declaratoria de importancia estratégica, con el objetivo de garantizar su continuidad. Por lo cual es necesario solicitar una autorización de vigencias futuras excepcionales con declaratoria de importancia estratégica, como se detalla a continuación:
Que las autorizaciones de vigencias futuras para gastos de operación comercial, objeto de esta solicitud, están cubiertas por los techos de gasto establecidos en el Plan Financiero Plurianual vigente, aprobado por la Junta Directiva el 27 de septiembre de 2024, el cual contempla los lineamientos de política económica y fiscal y el Marco Fiscal de Mediano Plazo, aplicables a las empresas industriales y comerciales del Distrito.
Que el total de las vigencias futuras aprobadas y en trámite de aprobación, incluyendo las correspondientes a la presente solicitud, en gastos de operación comercial, equivalen para la vigencia 2026 al 38%, 2027 al 31%, 2028 al 19%, 2029 al 19%, 2030 al 19%, 2031 al 20%, 2032 al 21%, 2033 al 19%, 2034 al 15% y 2035 al 15%, en cada vigencia, de los Gastos de Operación Comercial proyectados en el Plan Financiero sin incluir las cuentas por pagar. Las autorizaciones realizadas por el CONFIS Distrital, incluyendo la presente solicitud, equivalen al 35% de la vigencia 2026, al 28% de 2027, al 19% de 2028, al 19% de 2029, al 19% de 2030, al 20% de 2031, al 21% de 2032, al 19% de 2033, al 15% de 2034 y al 15% de 2035.
Que en sesión No. 2688 de la Junta Directiva de la EAAB-ESP, llevada a cabo el 29 de mayo de 2025, por unanimidad los miembros de Junta Directiva emiten concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital autorización para asumir compromisos que afectan el presupuesto de vigencias futuras excepcionales con declaratoria de importancia estratégica, para las vigencias 2026 a 2035, en gastos de operación comercial, por valor de UN BILLON QUINIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y UN PESOS ($1.511.338.257.041) M/СТЕ.
Que en mérito de lo expuesto.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Emitir concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital autorización para asumir compromisos que afecten el presupuesto de gastos de operación comercial, de vigencias futuras 2026 a 2035, de carácter de excepcional con declaratoria de importancia estratégica, por valor de UN BILLÓN QUINIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y UN PESOS ($1.511.338.257.041) M/CTE, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 29 días del mes mayo del año 2025.
VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL
Presidente
HEYBY POVEDA FERRO
Secretaria
Nota: Ver norma original en Anexos. |