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RESOLUCIÓN 09 DE 2025
(Junio 19)
Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio John F. Kennedy IED y se autoriza la ampliación del servicio educativo para jóvenes y adultos
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 310 de 2022, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, «la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión». En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.
Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que «La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura». Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.
Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 establece que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.
Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.
Que el literal l) del artículo 5 del Decreto 310 de 2022 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito «Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo».
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.
Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).
Que, en relación con el Colegio John F. Kennedy IED, la Resolución 911 de 1977 de la SED concedió licencia de funcionamiento a la unidad distrital de educación básica John F. Kennedy; posteriormente, la Resolución 155 de 1978 de la SED aclaró dicha licencia indicando que fue otorgada al Centro Distrital de Educación Básica John F. Kennedy; el Acuerdo 022 de 1980 legalizó el funcionamiento de dicha unidad educativa; la Resolución 19233 de 1980 del Ministerio de Educación Nacional (MEN) aprobó el nivel de básica secundaria y, la Resolución 13824 de 1985 del MEN ratificó lo aprobado en 1980 y, además, amplió el nivel de media.
Que la Resolución 5581 de 1997 de la SED reconoció a la institución John F. Kennedy para prestar el servicio de educación básica y, posteriormente, la Resolución 2556 de 2002 de la SED amplió esta autorización para incluir los niveles de preescolar (un grado), básica y media; la Resolución 2847 de 2002 de la SED precisó que la denominación de la institución es IED John F. Kennedy; y la Resolución 729 de 2003 de la SED aclaró que la denominación correcta es centro distrital de educación básica John F. Kennedy. Finalmente, la Resolución 874 de 2007 de la SED aclaró la Resolución 2556 de 2002, autorizando la prestación del servicio en todos los grados de primera infancia.
Que el rector del Colegio John F. Kennedy IED mediante comunicaciones con radicados I-2024-42381, I-2024-62312 e I-2024-91946, solicitó la modificación del RCO para ampliar la prestación del servicio educativo para jóvenes y adultos, para lo cual se requirió concepto a las direcciones correspondientes del nivel central de la SED, quienes emitieron su viabilidad así: (i) la Dirección de Cobertura, en comunicación con radicado I-2024-60297 indicó que es viable ampliar la oferta; (ii) la Dirección de Inclusión e Integración de Poblaciones, por medio del radicado I-2024-140050, emitió concepto técnico y pedagógico favorable para la ampliación de la oferta; (iii) la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos, según lo expuesto en el radicado I-2025-15371, indicó que el establecimiento cuenta con los espacios requeridos para la implementación de estas jornadas; (iv) la Dirección de Talento Humano, con base en lo informado en los radicados I-2024-50792 e I-2025-65084, emitió concepto favorable al no requerirse nuevos docentes para su cubrimiento; (v) la Dirección de Educación Preescolar y Básica, conforme al radicado I-2024-128145, señaló que dan viabilidad a la modificación del RCO y, (vi) la Dirección de Inspección y Vigilancia, de acuerdo con el radicado I-2025-74340, emitió concepto favorable.
Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las direcciones mencionadas, es viable y se procede a la autorización de la ampliación de la oferta educativa en el colegio John F. Kennedy IED para la población de jóvenes y adultos en la jornada fines de semana.
Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio John F. Kennedy, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase el carácter oficial del Colegio John F. Kennedy IED, con código DANE 111001026964, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:
(i) tres (3) grados de educación preescolar.
(ii) nueve (9) grados de educación básica.
(iii) dos (2) grados de educación media académica.
(iv) cuatro (4) ciclos lectivos especiales integrados correspondientes a la educación básica y dos (2) ciclos lectivos especiales integrados correspondientes a la educación media para jóvenes y adultos.
ARTÍCULO SEGUNDO. AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese las siguientes jornadas al Colegio John F. Kennedy IED:
(i) jornadas mañana y tarde: preescolar, básica y media.
(ii) jornada fines de semana: educación básica y media para jóvenes y adultos.
ARTÍCULO TERCERO. DENOMINACIÓN DE SEDE. Autorícese el cambio de nombre de la sede A «John F. Kennedy» del Colegio John F. Kennedy IED, la cual se denominará en adelante «Sede A - John F. Kennedy» con código DANE 111001026964.
ARTÍCULO CUARTO. RECONOCIMIENTO DE SEDES. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en la «Sede A – John F. Kennedy» con código DANE: 111001026964, ubicada en la carrera 74B #38A – 33 Sur en la localidad de Kennedy.
ARTÍCULO QUINTO. UNIFICACIÓN. Unifíquese por medio de la presente resolución los actos administrativos del Colegio John F. Kennedy IED, contenidos en la Resolución 911 de 1977, la Resolución 155 de 1978, el Acuerdo 022 de 1980, y las Resoluciones 19233 de 1980, 13824 de 1985, 5581 de 1997, 2556 de 2002, 2847 de 2002, 729 de 2003 y 874 de 2007.
ARTÍCULO SEXTO. NOTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo al Colegio John F. Kennedy IED y comuníquese a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.
ARTÍCULO SÉPTIMO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las Resoluciones 911 de 1977, 155 de 1978, 19233 de 1980, 13824 de 1985, 5581 de 1997, 2556 de 2002, 2847 de 2002, 729 de 2003, 874 de 2007 y las demás que sean contrarias.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de junio del año 2025.
DIEGO ESCALLON ARANGO
Subsecretario de Integración Interinstitucional
Nota: ver norma original en Anexos |