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Resolución 481 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
18/06/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8381 del 05 de agosto de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

GMC-MN-01-FR-05

RESOLUCIÓN 481 DE 2025

 

(Junio 18)

 

Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 037 de 2017

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006 en su artículo 90 establece para el Sector Cultura, Recreación y Deporte como misión garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.

 

Que el Decreto Distrital 340 de 2020 en concordancia con el artículo 94 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 señala como objeto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD el de “…orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.”

 

Que el artículo 25 del Decreto Distrital 714 de 1996 - Estatuto Orgánico de Presupuesto del Distrito Capital dispone que la Secretaría Distrital de Hacienda, con base en el Plan Financiero para la vigencia respectiva, determinará los límites de gastos globales para cada uno de los órganos, entidades y organismos que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital.

 

Que el Decreto Distrital 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dicta otras disposiciones” establece en el parágrafo del artículo 11 sobre la modificación de las apropiaciones lo siguiente: “Artículo 11°. Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada. Parágrafo. Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”

 

Que el 27 de diciembre de 2024, fue expedido el Decreto Distrital 470 “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 940 del 19 de diciembre de 2024”.

 

Que la Resolución SDH No 191 del 22 de septiembre de 2017, mediante la cual se adopta el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, en el numeral 3.2.1.3.1 establece los pasos para efectuar un ajuste por suscripción de convenios o contratos entre entidades distritales.

 

Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte suscribió el convenio interadministrativo No. 2025-2965 SDM – 611-2025 (SCRD) con la Secretaría Distrital de Movilidad, mediante el cual se aúnan esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre la Secretaría Distrital de Movilidad y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para el diseño, evaluación y monitoreo de estrategias en cultura ciudadana para la movilidad que incentiven el cambio comportamental, en concordancia con una línea base que articule los factores culturales de conocimientos, actitudes, valores, emociones, prácticas y creencias, con las líneas estratégicas de movilidad segura, sostenible e inclusiva y eficiente.

 

Que para la suscripción y perfeccionamiento del Convenio, la Secretaría Distrital de Movilidad expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1122 del 11 de abril de 2025, con cargo al rubro O230117240920240096 – Implementación de intervenciones integrales de cultura, comunicación y pedagogía, para la movilidad segura en Bogotá D.C. (fondo de financiación VA-Multas de tránsito) y el Registro Presupuestal No. 2580 del 29 de mayo de 2025.

 

Que el segundo comité técnico del convenio interadministrativo 740 de 2024 aprobó de forma unánime, la modificación No. 02 del Convenio Interadministrativo derivado No. 740 de 2024, cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros con el fin de desarrollar acciones articuladas entre la SCRD, el IDARTES y los Fondos de Desarrollo Local, orientadas a la estructuración, planeación y ejecución del programa Más Cultura Local 2024, con el propósito de fortalecer a los agentes artísticos y culturales e impulsar los procesos de transformación social y económica en las localidades de Bogotá", como consta en acta No. 2 del 27 de febrero de 2025.

 

Que la modificación No. 02 del Convenio Interadministrativo derivado No. 740 de 2024, contempla la adición de $39.722.728 al Componente A del programa Más Cultura Local 2024, que tiene como objetivo otorgar incentivos económicos a iniciativas culturales que han sido previamente priorizadas a nivel local a través de presupuestos participativos, acuerdos locales o concertaciones con grupos de interés de las localidades.

 

Que la adición respondió a una solicitud expresa del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos. Para ello el FDL expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 799 del 28 de marzo de 2025 con cargo al rubro O230117459920242631 - Unidos por las voces, arte y patrimonio (fondo de financiación: Ingresos Corrientes FDL) y al CRP No. 908 del 16 de mayo de 2025.

 

Que mediante comunicación No. 2-2025-33303, de fecha 17 de junio de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, conceptúa favorablemente sobre el ajuste de MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENDOS VEINTIOCHO PESOS M/CTE ($1.539.722.728) en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para la presente vigencia fiscal.

 

Que de conformidad con lo expuesto, se requiere ajustar el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en la suma de MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENDOS VEINTIOCHO PESOS M/CTE ($1.539.722.728), con el fin de dar una adecuada ejecución a los recursos de los convenios: i) convenio interadministrativo 2025-2965 SDM – 611-2025 (SCRD) con la Secretaría Distrital de Movilidad por valor de $1.500.000.000 los cuáles serán apropiados en el proyecto de inversión 7991 – Programa de Financiación: O23011733012024012210070 - Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C. en el fondo de financiación 1-100-I036 - VA-Convenios. ii) Convenio 740 de 2024 suscrito con el IDARTES y los Fondos de Desarrollo Local, por valor de $39.722.728 los cuáles serán apropiados en el proyecto de inversión 7965 – Programa de Financiación: O23011733012024015201128 - Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C. en el fondo de financiación 1-100-I036 - VA-Convenios.

 

Que, en mérito de lo anterior,

 

RESUELVE

 

Artículo 1. Adicionar al presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente y los documentos que la integran, como se indica a continuación:

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR EN PESOS

O2

GASTOS

$ 1.539.722.728

O23

Inversión

$ 1.539.722.728

O2301

DIRECTA

$ 1.539.722.728

O230117

Bogotá Camina Segura

$ 1.539.722.728

O23011733

Cultura

$ 1.539.722.728

O2301173301

Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos

$ 1.539.722.728

O230117330120240122

Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C.

$ 1.500.000.000

O23011733012024012210070

Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C.

$ 1.500.000.000

O230117330120240152

Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C.

$39.722.728

O23011733012024015201128

Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C.

$39.722.728

Total Créditos

$ 1.539.722.728

 

Artículo 2. Ordenar a la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte remitir copia de la presente resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Artículo 3. Ordenar al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera publicar la presente resolución en la Página Web de la entidad, en el sitio de presupuesto general del link de transparencia.

 

Artículo 4. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte publicar el presente acto administrativo en la Gaceta Distrital y en Régimen Legal de Bogotá.

 

Artículo 5. Publíquese el presente acto administrativo en la página web de la entidad y en el registro distrital.

 

Artículo 6. La presente Resolución rige a partir de la fecha de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y contra ella no proceden los recursos de Ley, de conformidad con el artículo 75 de la Ley No. 1437 de 2011.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de junio del año 2025.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte


Nota: Ver norma original en Anexos.