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Resolución 011 de 2025 Secretaría de Educación del Distrito - SED - Subsecretaría de Integración Interinstitucional

Fecha de Expedición:
25/06/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/07/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8357 del 02 de julio de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 011 DE 2025

 

(Junio 25)

 

Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Los Alpes IED, se autoriza el cambio de nombre de las sedes a y b, y la creación de la sede c

 

EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 310 de 2022, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, «la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión». En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.

 

Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que «La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura». Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.

 

Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.

 

Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.

 

Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.

 

Que el literal l) del artículo 5 del Decreto 310 de 2022 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito «Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo».

 

Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.

 

Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).

 

Que, en relación con el Colegio Los Alpes IED, la Resolución 7529 de 1998 autorizó la prestación del servicio educativo en los grados 6° a 11°; la Resolución 2499 de 2002 integró al Colegio Distrital Los Alpes y al CED Bellavista para ofrecer educación preescolar, básica, media y ciclos lectivos especiales para adultos; mediante la Resolución 4115 de 2002 se adoptó la denominación actual; la Resolución 04-0002 de 2008 autorizó la expedición del título de bachiller incluyendo la palabra “técnico”, modificada por la Resolución 04-0118 de 2009, que estableció la especialidad comercial; y la Resolución 4262 de 2023 autorizó jornada única para transición en la sede Los Alpes y para jardín y transición en la sede Bellavista.

 

Que la Dirección Local de Educación de San Cristóbal, mediante comunicación con radicado I-202377280, informó que la sede C del Colegio Los Alpes no cuenta con reconocimiento oficial, por lo que se solicita modificar el RCO para incluirla, para lo cual se requirió concepto a las direcciones correspondientes del nivel central de la SED, las cuales emitieron su viabilidad de la siguiente forma: (i) la Dirección de Cobertura, a través de la comunicación con radicado I-2025-9199, emitió concepto favorable para el reconocimiento de la sede C la cual cuenta con una capacidad de 100 cupos para el grado de jardín, beneficiando actualmente a 96 estudiantes en la jornada mañana; (ii) la Dirección de Educación Preescolar y Básica, en comunicaciones con radicados I-2024-83191 y I-2025-7078, señaló que el PEI cumple con los requisitos establecidos; (iii) la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos, según lo expuesto en la comunicación con radicado I-2025-38, indicó que la sede C cumple con lo dispuesto en la Resolución 1326 de 2013 y la infraestructura cuenta con la capacidad para atender los grados prejardín y jardín; (iv) la Dirección de Talento Humano, en concepto radicado bajo el número I-2025-31870, informó que da viabilidad para la modificación del RCO, incluyendo la sede C y, (v) la Dirección de Inspección y Vigilancia, emitió concepto favorable en comunicación radicada con número I-2025-56106.

 

Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las direcciones mencionadas, es viable y se procede a la autorización de la «Sede C – Los Alpes» del Colegio Los Alpes IED.

 

Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio Los Alpes IED, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio Los Alpes IED, con código DANE 111001015911, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:

 

(i) tres (3) grados de educación preescolar.

 

(ii) nueve (9) grados de educación básica.

 

(iii) dos (2) grados de educación media técnica comercial.

 

(iv) cuatro (4) ciclos lectivos especiales integrados correspondientes a la educación básica y dos (2) ciclos lectivos especiales integrados correspondientes a la educación media para jóvenes y adultos.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese las siguientes jornadas al Colegio Los Alpes IED:

 

(i) jornada única: jardín y transición.

 

(ii) jornadas mañana y tarde: educación básica y media.

 

(iii) jornada nocturna y fines de semana: educación básica y media para jóvenes y adultos.

 

ARTÍCULO TERCERO. DENOMINACIÓN DE SEDES. Autorícese el cambio de nombre de las sedes A «Los Alpes» y B «Bellavista» del Colegio Los Alpes IED, las cuales se denominarán en adelante «Sede A – Los Alpes» con código DANE 111001015911 y «Sede B – Los Alpes» con código DANE 111001015920.

 

ARTÍCULO CUARTO. AUTORIZACIÓN DE SEDE. Autorícese la creación de la «Sede C – Los Alpes» con código DANE 111001801454 ubicada en la calle 36C Sur #11 - 53 Este.

 

ARTÍCULO QUINTO. RECONOCIMIENTO DE SEDES. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en las siguientes plantas físicas ubicadas en la localidad de San Cristóbal:

 

«Sede A – Los Alpes» – Código DANE: 111001015911 ubicada en la carrera 9 Este # 36G - 80 Sur.

 

«Sede B – Los Alpes» – Código DANE: 111001015920 ubicada en la calle 38 Bis Sur # 8A - 90 Este.

 

«Sede C – Los Alpes» – Código DANE 111001801454 ubicada en la calle 36C Sur #11 - 53 Este.

 

ARTÍCULO SEXTO. UNIFICACIÓN. Unifíquese por medio de la presente resolución los actos administrativos del Colegio Los Alpes IED contenidos en las Resoluciones 7529 de 1998, 2499 de 2002, 4115 de 2002, 04-0002 de 2008, 04-0118 de 2009 y 4262 de 2023.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO. NOTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo al Colegio Los Alpes IED y comuníquese a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.

 

ARTÍCULO OCTAVO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente las Resoluciones 7529 de 1998, 2499 de 2002, 4115 de 2002, 04-0002 de 2008, 04-0118 de 2009 y todas las demás que sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 25 días del mes de junio del año 2025.

 

DIEGO ESCALLÓN ARANGO

 

Subsecretario de Integración Interinstitucional

 

Nota: ver norma original en Anexos.