Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 608 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
17/07/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/07/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8374 del 25 de julio de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 608 DE 2025

 

(Julio 17)

 

Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

 

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, señala que:

 

“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

 

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

 

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.

 

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece: 

 

" (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”

 

Que el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto: 

 

“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.

 

Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que, dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.

 

Que el artículo 17, literal a del Decreto Distrital 340 de 2020, contempla como funciones de la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento la de: “Liderar la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación participativa de las políticas distritales de cultura ciudadana y de transformación cultural. (…)”.

 

Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales. 

 

Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de convocatorias que se adapten a las necesidades particulares o concertaciones con las poblaciones, sectores sociales o agentes de la ciudad, y les permita a las organizaciones, colectivos o personas, encontrar otros medios a través de los cuales acceder a recursos económicos o en especie; así como a espacios que les facilite iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

 

Que la SCRD, a través de la Dirección de  Redes y Acción Colectiva y el Centro de Felicidad Chapinero, estructuró la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE” mediante la cual se invita a personas naturales y personas jurídicas del sector gastronómico que inscribieron sus iniciativas de manera exitosa en la Invitación Cultural Sabor Bogotá en las ediciones 2024 y 2025 a inscribir sus iniciativas para activar uno de los módulos disponibles en el Piso 11 del edificio CEFE Chapinero, con el propósito de exaltar y destacar la diversidad cultural de nuestra ciudad, así como reconocer, impulsar y reactivar la gastronomía local como un atractivo turístico en la capital; de esta manera se busca fortalecer el tejido social a través de la gastronomía en la identidad cultural bogotana, fomentando comportamientos cívicos que promuevan el orgullo, la identidad cultural y confianza entre los ciudadanos.

 

Que la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE” tiene como finalidad fortalecer y visibilizar emprendimientos gastronómicos innovadores, sostenibles y accesibles, mediante la cesión temporal de espacio físico, en articulación con la oferta cultural del centro, para lo cual los participantes se podrán inscribir su iniciativa en la Isla de Café en la Terraza Galerías Piso 11.

 

Que para la ejecución de la presente invitación cultural, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte estableció la siguiente caracterización general:

 

Invitación

Tipo del incentivo

No. de incentivos

Descripción del incentivo en especie

Dependencia encargada de la invitación

Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE

En especie

Uno (1)

Cesión temporal del espacio físico, Isla de Café en la Terraza Galerías Piso 11, espacio con vista privilegiada y atmósfera al aire libre, ideal para experiencias gastronómicas más contemplativas y diferenciadas. Este punto se activa especialmente durante eventos, ferias y actividades al aire libre, lo que permite una interacción cercana con públicos diversos.

Dirección de Redes y Acción Colectiva - Centro Felicidad Chapinero

 

Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE”, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.


Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura a la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura a la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo al cronograma establecido para tal fin.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE” se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

PARÁGRAFO: Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.

 

ARTÍCULO TERCERO: Realizar por la Dirección de Redes y Acción Colectiva y el Centro Felicidad Chapinero las acciones y trámites correspondientes para ejecutar el incentivo en especie descrito en las condiciones específicas de participación de la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE”, de la cual son responsables.

 

ARTÍCULO CUARTO: Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Redes y Acción Colectiva, al Centro Felicidad Chapinero y a la Dirección de Fomento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

 

ARTÍCULO SEXTO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de julio del año 2025.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

Nota: Ver norma original en Anexos.