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CIRCULAR EXTERNA DDP-000010 DE 2024
(Julio 31)
PARA: Representantes legales, subgerentes financieros, subgerentes administrativos, responsables de presupuesto, tesoreros y jefes de planeación de las Subredes Integradas de Servicios de Salud- Empresas Sociales del Estado del Orden Distrital - E.S.E.
DE: Directora Distrital de Presupuesto- Secretaría Distrital de Hacienda y Subsecretaria de Planeación y Gestión Sectorial - Secretaría Distrital de Salud.
ASUNTO: Guía de ejecución, seguimiento y cierre presupuestal 2024 y programación presupuestal vigencia 2025 de las Subredes Integradas de Servicios de Salud - Empresas Sociales del Estado del Orden Distrital - E.S.E.
En el marco de lo dispuesto en el artículo 45 del Decreto Distrital 662 de 2018[1] y como complemento de los lineamientos de política presupuestal impartidos por el Alcalde Mayor en la Directiva 001 del 27 de marzo de 2024[2], se expide la presente circular que da a conocer las directrices y el cronograma de actividades para las etapas de ejecución, seguimiento y cierre presupuestal 2024, así como para el proceso de programación presupuestal de la vigencia 2025 en las Empresas Sociales del Estado.
I. DOCUMENTOS DE CONSULTA
El detalle con las actividades, requisitos y aspectos para tener en cuenta en el proceso de programación presupuestal, se deben consultar previamente en los siguientes documentos publicados en la sede electrónica de la Secretaría Distrital de Hacienda https://www.haciendabogota.gov.co:
- Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital:
Transparencia y acceso a información pública / 1. Información de la entidad / 1.16 Publicaciones / Presupuestales y financieras / Manuales y otras publicaciones, enlace: https://www.haciendabogota.gov.co/es/sdh/manuales-y-otras-publicaciones-0
- Supuestos Macroeconómicos
Hacienda pública y economía / Marco Fiscal de Mediano Plazo / Supuestos Macroeconómicos, enlace: https://www.haciendabogota.gov.co/es/sdh/supuestosmacroeconomicos-1
- Directiva 001 de 2024 Lineamientos de política para el presupuesto anual 2025:
Hacienda pública y economía / Presupuesto y ejecución del distrito / Aspectos generales del presupuesto, enlace: https://www.haciendabogota.gov.co/es/sdh/aspectos-generalesdel-presupuesto
- Guía Productos Metas y Resultados – PMR_Versión 3
Hacienda pública y economía / Presupuesto y ejecución del distrito / Calidad del Gasto, enlace: https://www.haciendabogota.gov.co/es/sdh/calidad-del-gasto
- Guías bogdata
Hacienda pública y economía / Presupuesto y ejecución del distrito / Aspectos generales del Presupuesto / Hacer filtro en Tipo de Documento “Documentos bogdata”, enlace: https://www.haciendabogota.gov.co/es/sdh/aspectos-generales-del-presupuesto
- Videos tutoriales bogdata
En el canal youtube de la SDH se pueden consultar los videos tutoriales para el registro de información en el Sistema de Información Presupuestal bogdata, enlace: https://www.youtube.com/watch?v=AfvtMguf6Gk&list=PLfrNXHv0RCpoQR2r7iBjW84h4twO5Sx8F&index=2
- Trazadores presupuestales
Las guías e informes se encuentran publicados en la sede electrónica de la Secretaría Distrital de Planeación: https://www.sdp.gov.co/gestion-a-la-inversion/programacion-yseguimiento-a-la-inversion/trazadores-presupuestales
La guía rápida para la programación de los trazadores en el sistema de información bogdata se encuentra publicada en: Hacienda pública y economía / Presupuesto y ejecución del distrito / Calidad del Gasto, enlace: https://www.haciendabogota.gov.co/es/sdh/calidad-delgasto
- Catálogos de clasificación presupuestal
Los catálogos y sus actualizaciones se pueden consultar en página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Contraloría General de la República, el DNP y el DANE, en los siguientes vínculos:
https://www.minhacienda.gov.co/webcenter/portal/EntidadesdeOrdenTerritorial
https://www.contraloria.gov.co/web/finanzas-publicas https://2022.dnp.gov.co/DNPN/Paginas/Buscador.aspx?q=CATALOGO%20DE%20PRODUCTOS%20MGA https://clasificaciones.dane.gov.co/cpc/cpc_descripcion
El detalle con las actividades, requisitos y aspectos para tener en cuenta en los procesos de programación, ejecución, seguimiento y cierre presupuestal se deben consultar previamente en el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, al que se puede acceder en la sede electrónica: www.haciendabogota.gov.co, en la siguiente ruta:
Transparencia y acceso a información pública / 1. Información de la entidad / 1.16 Publicaciones / Presupuestales y financieras / Manuales y otras publicaciones. Link: https://back.haciendabogota.gov.co/sites/default/files/documentos/MANUAL_OPERATIVO_ Modulo2.pdf
II. DIRECTRICES PARA LA EJECUCIÓN, SEGUIMIENTO Y CIERRE PRESUPUESTAL
CONSIDERACIONES GENERALES
- Atendiendo los lineamientos de política presupuestal establecidos en la Directiva 001 de 2024 y las medidas de austeridad que ordena el Decreto Distrital 062 de 2024[3] , se insta a las empresas sociales a fortalecer su gestión presupuestal para el uso eficiente y mesurado de los recursos públicos y a utilizar el mecanismo de vigencias futuras a fin de reducir la constitución de cuentas por pagar y optimizar procesos que conlleven a mejorar los indicadores de ejecución presupuestal a nivel de giros como evidencia de la entrega real y efectiva de los servicios que prestan las Subredes.
- Las solicitudes de vigencias futuras deberán acatar lo dispuesto en los Decretos Distritales 662 de 2018[4] y 191 de 2021[5], o las normas que los modifiquen, sustituyan o reemplacen y la Circular N° 06 de 2023[6] del Confis.
- Cuando se presente un mayor recaudo derivado de la suscripción o adición de un contrato interadministrativo, se deberá tramitar una adición al presupuesto ante el Confis Distrital para su aprobación y ante la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto para la emisión del concepto, previa evaluación de la información del convenio en relación con el objeto, alcance, forma y condiciones de pago, duración y obligaciones a cargo de los intervinientes. Es importante tener en cuenta que, una vez radicada la totalidad de la información requerida por Dirección Distrital de Presupuesto, esta emitirá el respectivo documento de recomendación al CONFIS dentro de los 5 días hábiles siguientes.
- Los procesos de contratación cuya apertura se haya formalizado debidamente mediante acto administrativo o mecanismo que señale la normatividad de contratación vigente y que no se alcancen a suscribir ni perfeccionar al final de esta vigencia, no deben ser objeto de registro presupuestal, por lo tanto, no pueden constituirse como cuentas por pagar. En estos casos, se debe anular a más tardar el 31 de diciembre de 2024 los Certificados de Disponibilidad Presupuestal (CDP) expedidos, y proceder a generar el primer día del año 2025 los CDP que respalden estos procesos, indicando además de los datos básicos, el número del CDP de la vigencia anterior que se reemplaza.
- Las Subredes Integradas de Servicios de Salud deberán realizar un ejercicio de priorización y ejecución responsable del Presupuesto de Gastos e Inversión 2024, para garantizar la adecuada prestación de los servicios en lo que resta de la vigencia fiscal.
- La incorporación de la información en el Sistema de Información Presupuestal Distrital administrado por la Secretaría Distrital de Hacienda es competencia de cada Subred, quien deberá responder ante las diferentes instancias de control por la exactitud, oportunidad y completitud de los datos reportados.
- El reporte de la ejecución presupuestal del mes anterior, se debe hacer a más tardar el séptimo día hábil en el Sistema de Información Presupuestal bogdata, de conformidad con el artículo 25 del Decreto 662 de 2018. La información allí registrada se considera de carácter oficial y con base en esta cada entidad debe publicar de manera mensual sus informes de ejecución presupuestal en su portal web, máximo el décimo día hábil del mes siguiente de conformidad con la Ley 1712 de 2014[7].
- Así mismo, el artículo 25 del Decreto 662 de 2018 establece que cada trimestre las Empresas, deben presentar un informe detallado de las acciones adelantadas para la entrega de los productos y el cumplimiento de las metas anuales y su avance en el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo Distrital. Estos informes deberán ser remitidos a la Secretaría Distrital de Salud, en lo correspondiente a Empresas Sociales del Estado.
Las ejecuciones presupuestales reportadas a la Secretaría Distrital de Hacienda deben corresponder a las generadas desde el Sistema de Información Presupuestal bogdata y deben estar debidamente suscritas tanto por el responsable del presupuesto como por el ordenador del gasto y presentarse dentro de los plazos correspondientes.
- A más tardar el décimo séptimo (17) día hábil del mes siguiente a la finalización de cada trimestre, las Subredes deberán reportar el avance cuantitativo y cualitativo de los indicadores de objetivo y de producto vigentes del PMR, en los instrumentos dispuestos por la SDH.
- Se debe realizar el análisis detallado de la ejecución de los compromisos adquiridos durante la vigencia, con el fin de evidenciar la existencia de saldos que no se van a ejecutar por efecto de la liquidación o modificación de los contratos, para ser liberados antes del 31 de diciembre de 2024.
III. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL 2025
CONSIDERACIONES GENERALES
La programación presupuestal es el proceso mediante el cual se definen los criterios, lineamientos, procedimientos y metodologías para el cálculo de los ingresos y gastos; así como para la elaboración, presentación, estudio y aprobación del presupuesto de las Subredes Integradas de Servicios de Salud. En este sentido, la programación presupuestal se desarrolla de manera permanente y continua, dando cumplimiento al cronograma presupuestal, establecido bajo la coordinación de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Salud - Subsecretaria de Planeación y Gestión Sectorial.
De acuerdo con lo establecido en el numeral 2.11 Empresas Sociales del Estado – Subredes Integradas de Servicios de Salud – E.S.E. de los “Lineamientos de política para la programación presupuestal 2025”, es necesario recalcar algunos aspectos importantes para esta etapa:
- Para la actual Administración es de gran importancia realizar una responsable y cuidadosa programación presupuestal, que permita cumplir con los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo, incluyendo los recursos requeridos para la sostenibilidad de los programas y proyectos sociales planteados por la administración, por lo cual las Empresas Sociales deben hacer su programación buscando optimizar al máximo los recursos en un marco de austeridad y uso eficiente de los mismos.
- El proceso de programación presupuestal de las Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E. adscritas a la Secretaría Distrital de Salud, debe estar acorde con la Política Pública de Salud, el Plan Decenal de Salud y el Plan Distrital de Desarrollo, con la correspondiente proyección anual priorizando los recursos necesarios para adelantar los proyectos formulados y garantizar el cumplimiento del objeto misional.
Los ingresos, se proyectarán conforme a lo establecido en los numerales 3.1, 3.2, 3.3, 3.4 y parágrafo primero del artículo 3 de la Resolución 2794 de 2021[8].
- Los gastos deben programarse atendiendo los criterios de sostenibilidad fiscal, disponibilidad de recursos, fuentes de financiamiento y austeridad, con un incremento máximo equivalente a la variación del IPC sobre la apropiación vigente y atendiendo el principio de anualidad.
- Todos los datos para la programación presupuestal deberán registrarse en miles de pesos, redondeando los últimos tres dígitos a miles, por lo cual los valores menores a $500 se ajustarán al valor inferior y los mayores o iguales a $500 al valor superior. En consecuencia, todos los actos administrativos generados en el proceso de programación presupuestal 2025 deben presentarse, conforme a lo señalado anteriormente.
- Los gastos de seguros, servicios públicos y tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, deberán estar cubiertos en su totalidad y en lo posible no deberán contracreditarse durante la vigencia. En caso de requerirse el contracrédito, la Subred deberá certificar a la Junta Directiva, que se encuentran cubiertos estos gastos para la totalidad de la vigencia.
- Cuando quiera que se encuentre en trámite una licitación, concurso de méritos o cualquier otro proceso de selección del contratista con todos los requerimientos legales, incluida la disponibilidad presupuestal, pero la celebración y perfeccionamiento del respectivo contrato se efectúe en la vigencia fiscal siguiente, éste se ejecutará con cargo al presupuesto de esta última vigencia, para ello, los recursos que los respaldaran deberán programarse en el proyecto de presupuesto 2025 de la Subred.
- Con el fin de reducir trámites presupuestales durante la vigencia y darle mayor agilidad a la ejecución de los recursos de inversión, se recomienda que desde el proceso de programación se prevea la incorporación de las apropiaciones presupuestales referentes a convenios interadministrativos que se tengan provistos ejecutar en la vigencia siguiente.
Frente a los convenios celebrados con entidades distritales e incorporados por ajuste presupuestal en la vigencia 2024, cuya apropiación no se comprometió, pero los recursos que los respaldan ingresaron en su totalidad, deberá proyectarse la diferencia entre lo recaudado y lo comprometido e incorporarse en el Plan Financiero, siempre y cuando el convenio continúe vigente en 2025.
- La proyección de la Inversión se debe efectuar sobre los proyectos inscritos en el Banco de Proyectos de Inversión de la Secretaría Distrital de Salud, incluyendo los aprobados en el Plan Bienal de Inversiones 2024-2025.
- Para los gastos que generen formación bruta de capital, la Subred deberá programarlos y ejecutarlos con cargo al presupuesto de inversión.
- Programar los recursos que garanticen el cumplimiento de los compromisos previamente adquiridos a través de vigencias futuras.
- A iniciativa de las Subredes y en casos excepcionales se podrán realizar ajustes en los componentes del PMR, siempre y cuando estos garanticen la relación secuencial y lógica (cadena de valor) entre cada uno de sus componentes y respeten la metodología establecida. Estas solicitudes solamente deben efectuarse por el responsable de las Oficinas de Planeación o quien haga sus veces. Para el ajuste de los Productos y sus Indicadores, se sugiere consultar el catálogo de productos de la MGA en el siguiente enlace: https://mgaayuda.dnp.gov.co/Recursos/CATALOGO_DE_PRODUCTOS.xlsx
- Para la presentación de la información de Programación Presupuestal 2025, se deberán tener en cuenta los formatos que ha establecido la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, los cuales se encuentran publicados en la sede electrónica de la Secretaría Distrital de Hacienda en el link Economía y Finanzas / Presupuesto y ejecución / Formatos e Instructivos o se pueden consultar con el profesional de la Dirección que asesora a la Subred, quien informará lo pertinente.
- Una vez diligenciados los formatos, deben ser enviados por correo electrónico a los funcionarios de las Secretarías Distritales de Hacienda y de Salud, encargados de asesorar a las Subredes.
IV. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES EJECUCIÓN, SEGUIMIENTO Y CIERRE 2024 Y PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL 2025.
En caso de presentarse modificaciones en los cronogramas previstos en la presente Circular Conjunta, serán comunicadas por correo electrónico oportunamente por ambas Secretarías Distritales.
Es conveniente señalar, que el contenido de la información remitida es responsabilidad y competencia exclusiva de la entidad.
CONTACTOS
- Cualquier inquietud o duda en el proceso de Ejecución, Seguimiento y Cierre Presupuestal 2024 y Programación Presupuestal 2025 debe dirigirse a los profesionales: Harold Jurado Ballesteros, correo electrónico hjurado@shd.gov.co, Viviana Rincón yrincon@sdh.gov. Electrónico y Alexander Ceballos electrónico aceballos@shd.gov.co de la Secretaría Distrital de Hacienda, nmmanjarrez@saludcapital.gov.co y a Diana Cristina Vargas Velez dcvargas@saludcapital.gov.co, teléfono 6013649090 ext. 9436 y 9668 de la Secretaría Distrital de Salud.
- Las inquietudes frente a la herramienta de Productos, Metas y Resultados – PMR, puede ser consultada en la Dirección Distrital de Presupuesto-Subdirección de Análisis y Sostenibilidad Presupuestal, al correo electrónico PMR_bogdata@shd.gov.co.
- Los temas relacionados con la funcionalidad del sistema de información presupuestal, se deben gestionar a través de la Subdirección de Gestión de la Información Presupuestal, al correo electrónico presupuesto_bogdata@shd.gov.co.
- En caso de requerirse apoyo con el sistema de información presupuestal, al respecto de la conectividad y restablecimiento de contraseña de usuario, favor informar al correo soporte_tecnico@shd.gov.co de la Dirección de Informática y Tecnología – TIC.
- La atención y asesoría en el Sistema de Información Presupuestal se prestará hasta el medio día del 31 de diciembre de 2024.
De manera especial agradecemos el cumplimiento de los tiempos establecidos en la presente circular, que permitirán cumplir efectivamente cada una de las etapas del proceso presupuestal; como siempre estaremos prestos a solucionar con diligencia las dudas que se les pueda presentar.
CLAUDIA MARCELA NUMA PAEZ
Director a Distrital de Presupuesto - SDH
LILIANA SOFIA CEPEDA AMARIS
Subsecretaria de Planeación y Gestión Sectorial - SDS
Nota: Ver norma original en Anexos.
NOTAS AL PIE DE PÁGINA: [1] Decreto Distrital 662 de 2018 2Por el cual se reglamenta y se establecen directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales” [2] Directiva Distrital 001 de 2024 “Lineamientos de política para el presupuesto anual 2025”. [3] Decreto Distrital 062 de 2024 “Por el cual se ordena implementar medidas de austeridad y eficiencia del gasto público en las entidades y organismos de la administración distrital”. [4]Decreto Distrital 662 de 2018 “Por el cual se reglamenta y se establecen directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales”. [5] Decreto Distrital 191 de 2021 “Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto Distrital 662 de 2018, que reglamenta y establece directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales y dicta otras disposiciones” [6] Circular Confis No 06 de 2023 “Guía básica sobre vigencias futuras y procedimiento para su solicitud ante el CONFIS distrital o ante las juntas o consejos directivos de empresas distritales delegadas según resolución CONFIS No 13 de 2021” [7] Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones.” [8] Resolución conjunta Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Salud y Protección Social “Por la cual se imparten instrucciones para la programación, elaboración y ejecución de los presupuestos de las Empresas Sociales del Estado que no se encuentren catalogadas en riesgo financiero, o que no sean objeto de planes o medidas de saneamiento fiscal y financiero”. |
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