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DECRETO LOCAL 007 DE 2025
(Agosto 11)
Por el cual se efectúa una adición por excedentes financieros, al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal de 2025
EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 y el artículo 32 del Decreto 158 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que haga el respectivo Alcalde Local, evento en el cual sesionará por el término que éste le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que él mismo someta a su consideración.
Que el Decreto 158 de 2025, en el Título 4. DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTALES en su artículo 32, establece: Modificaciones Presupuestales. “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones …(..) c) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS Distrital, quien para el efecto consultará los conceptos de los alcaldes locales correspondientes.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal-CONFIS en su sesión No. 15 celebrada el 27 de junio de 2025, conforme a lo establecido en el literal h) del artículo 10º y en el artículo 78º del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos 41 y 42 del Decreto 158 de 2025 y el Acuerdo 740 de 2019, resolvió en el punto No. 1. Modificar el valor determinado de excedentes aprobados por el CONFIS Distrital en sesión No. 05 del 18 de marzo de 2025 y, en el punto No. 2 efectuó una Distribución parcial de los excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2024, por valor de $48.241.044.245, conforme a las solicitudes de la Secretaría Distrital de Gobierno y la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia – SSCJ, asignando a la Localidad de Sumapaz el monto de Mil Millones de Pesos ($1.000.000.000), los cuales quedan distribuidos de la siguiente manera:
Que mediante radicado No. 2-2025-37309 del 9 de julio de 2025, la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación, emitió CONCEPTO FAVORABLE, sobre la asignación de los excedentes financieros asignados al Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la destinación anteriormente determinada por el CONFIS.
Que el Alcalde Local, solicitó a la Junta Administradora Local, mediante radicado No. 20257020015791, del 25 de julio de 2025, el estudio y aprobación de estos recursos en sesiones extraordinarias de la Corporación.
Que la Junta Administradora Local de Sumapaz, en sesión realizada el 31 de julio de 2025, sometió a segundo debate, discusión y votación el Proyecto de Acuerdo, “Por el cual se adicionan excedentes financieros al presupuesto del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la vigencia 2025”, el cual conforme al Acta No. 02, de esa misma fecha, se dio aprobación unánime con un total de cinco votos a favor, por lo cual se procedió a remitir el Acuerdo Local 001 de 2025, mediante el cual aprobó la adición de excedentes financieros para el presupuesto de la vigencia 2025, sancionado por el Alcalde local.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Adicionar el presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, en la cuantía de MIL MILLONES DE PESOS M/CTE. ($1.000.000.000), para la vigencia fiscal de dos mil veinticinco (2025), conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Adicionar el presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, en la cuantía de MIL MILLONES DE PESOS M/CTE. ($1.000.000.000), para la vigencia fiscal de dos mil veinticinco (2025), conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO (sic): Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites de su competencia.
ARTÍCULO TERCERO: Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO: El presente Decreto rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de agosto del año 2025.
DIEGO RAMIRO GARCÍA BEJARANO
Alcalde Local de Sumapaz
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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